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Nacional

Se extienden aranceles de importación a la carne, papas y otros productos

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Un decreto que se extiende a varios productos del pago de aranceles de importación.

Esto forma parte de las medidas del Paquete contra la Inflación y la Carestía PACIC presentado el pasado 4 de mayo.

El decreto publicado este lunes explica que la finalidad de eliminar este gravamen es contrarrestar los efectos que la tendencia inflacionaria tiene sobre los precios de diversas mercancías. La exención es temporal.

Los aranceles que serán modificados corresponden a los siguientes productos:

  • Carne de animales de la especie boviva, fresca o refrigerada
  • Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada
  • Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigedada o congelada
  • Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados.
  • Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.
  • Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.
  • Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
  • Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
  • Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos
  • Papas (patatas) frescas o refrigeradas
  • Tomates frescos o refrigerados
  • Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados
  • Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, apionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerado
  • Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas
  • Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas
  • Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación
  • Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas
  • Agrios (cítricos) frescos o secos
  • Manzanas, peras y membrillos, frescos
  • Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo
  • Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados
  • Trigo y morcajo (tranquillón)
  • Maíz
  • Arroz
  • Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)
  • Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón)
  • Las demás grasas y aceites vegetales fijos (incluido el aceite de jojoba), y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente
  • Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado
  • Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado
  • Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares
  • Tomates preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético)
  • Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), congeladas, excepto los productos de la partida 20.0
  • Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06
  • Jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos usados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes

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Sheinbaum descarta venta clandestina de bebidas azucaradas tras alza al IEPS

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Durante la conferencia de prensa de este 9 de octubre, la presidenta Claudia Sheinbaum negó que el incremento al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicado a las bebidas azucaradas genere un mercado informal o clandestino para su venta, como han señalado algunos medios de comunicación.

Sheinbaum subrayó que la medida tiene un fundamento científico, ya que el consumo excesivo de estos productos provoca serios daños a la salud, especialmente relacionados con enfermedades como diabetes e hipertensión.

La mandataria explicó que los impuestos a refrescos y sueros orales se mantienen, y que los recursos obtenidos por esta vía serán destinados directamente a programas de atención y prevención de enfermedades crónicas.

Asimismo, la presidenta hizo referencia a una encuesta de ENKOLL, en la que la mayoría de los consultados expresó apoyo a la política de salud pública impulsada por el gobierno respecto al consumo de bebidas azucaradas.

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Nacional

Catrina del organillero: tributo a la música y la tradición en el valle de catrinas en Atlixco

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Durante el Festival Internacional Valle de Catrinas 2025, impulsado por la presidenta de Atlixco, Ariadna Ayala, una de las figuras más emblemáticas es “La Catrina del Organillero”, una escultura que rinde homenaje a uno de los oficios más entrañables y nostálgicos de México.

La pieza fue creada por Daniel López Méndez, pintor y muralista atlixquense que desde niño encontró en el arte una forma de expresar sus emociones y su amor por las tradiciones mexicanas.

Gracias al impulso de la presidenta Ariadna Ayala, el Valle de Catrinas se consolida como un espacio donde el arte, la cultura y la identidad mexicana cobran vida, fortaleciendo el orgullo y la proyección de Atlixco como la Capital del Día de Muertos.

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Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley Aduanera

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La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera, relativo a fortalecer y modernizar la legislación, mejorar la competitividad y combatir la evasión y elusión fiscal.

En lo particular, fue avalado con 324 votos a favor, 113 en contra y cero abstenciones, en términos del dictamen que deriva de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, y a la que la Comisión de Hacienda y Crédito Público le hizo modificaciones.

Diputadas y diputados de los grupos parlamentarios de Morena, PAN, PVEM, PT, PRI y MC presentaron reservas, mismas que fueron retiradas o no fueron aceptadas por el Pleno, por lo que se desecharon.

Los artículos propuestos de modificación fueron: 1, 2, 6, 10, 14, 14-B, 15, 17, 32, 36-A, 37-A, 49 Bis, 52, 53, 54, 59, 61, 79, 86-A, 87, 88 Bis, 88 Ter, 89, 89 Bis, 92, 94, 100-A, 100-C, 106, 107, 127, 129, 135, 135-A, 135-B, 144-A, 146, 150, 151, 152, 153, 155, 157, 158, 159, 159 Bis, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167-D, 167-J, 176, 178, 182, 183, 183-A, 184-B, 184-D, 185 y 187 del proyecto de decreto.

De igual modo, los artículos transitorios Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto, Séptimo y Octavo.

El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, agrega requisitos de control y vigilancia digital para obtener la autorización de recintos fiscales, fiscalizados y estratégicos; señala que la patente de Agente Aduanal tendrá una vigencia de 20 años y deberá certificarse cada 3 años.

Crea el Consejo Aduanero, presidido por la persona titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El Consejo conocerá y resolverá respecto al otorgamiento, suspensión, cancelación y extinción de la patente, así como de la inhabilitación del agente aduanal y de la autorización, inhabilitación y cancelación de la agencia aduanal, y de sus prórrogas.

Establece un procedimiento simplificado para empresas de mensajería y paquetería que realicen despacho aduanero. Añade supuestos por los cuales se considera cometida una infracción, e impone sanciones más severas para los recintos fiscalizados estratégicos cuando permitan la salida de mercancías sin que para ello se cumplan las formalidades para su retorno al extranjero.

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