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Se valida el uso obliglatorio de cubrebocas; SCJN

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que las autoridades sanitarias estatales puedan ordenar el uso obligatorio de cubrebocas a los ciudadanos como medida de prevención de contagio de Covid-19.

Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de modificaciones a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León para hacer obligatorio el uso de cubrebocas a sus ciudadanos y emitir sanciones, por mayoría de ocho ministros, el pleno del máximo tribunal determinó que el Consejo General de Salubridad, el Presidente de la República y la Secretaría de Salud federal, son las autoridades responsables de emitir emergencia sanitaria nacional, así como de las medidas de la prevención y control de enfermedades transmisibles graves.

Sin embargo, estableció que mientras dichas autoridades no dicten una regulación específica sobre el uso de cubrebocas, los gobiernos estatales pueden adoptar medidas adicionales siempre que no vayan en contra de las normas generales dictadas por la Federación.

El pleno de la SCJN declaró la validez de la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León que establecen que durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria provocada por una enfermedad contagiosa, la autoridad sanitaria estatal podrá declarar obligatorio el uso del cubrebocas para todas las personas, excepto para los menores de dos años, y permanecerá vigente hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión. El uso de cubrebocas es obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo.

“Si bien el Consejo General de Salubridad y la Secretaría de Salud tienen facultades constitucionales para atender emergencias sanitarias, de ello no se sigue que la actuación de las entidades federativas relacionada con la atención de emergencias sanitarias esté acotada a las actividades que la Secretaría de Salud (federal) les encomiende, especialmente si tales emergencias se originaron a partir de una enfermedad transmisible”, expuso el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

“Esto tiene sentido, si además se considera que las autoridades locales son las más aptas para identificar las necesidades de cada entidad federativa”, añadió.

El ministro Luis María Aguilar Morales dijo que la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León no invade ni genera inseguridad jurídica hacia las directrices de manejo de la pandemia determinadas por la Federación.

En el mismo sentido, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat expuso que si bien el Consejo General de Salubridad y la Secretaría de Salud son las autoridades encargadas de emitir la emergencia sanitaria por enfermedad grave o epidemia, pero “de ello no se deduce que quede cancelada la facultad de las autoridades sanitarias estatales para dictar medidas de seguridad sanitaria. No existe disposición alguna en la Constitución ni en la Ley General de Salud que establezca que las medidas de seguridad sanitarias dictadas por las autoridades estatales queden sin efecto en el contexto de una acción extraordinaria de salubridad general, o que solo la autoridad sanitaria federal podrá adoptar esas medidas en este contexto”.

En la próxima sesión el pleno de la Suprema Corte deberá analizar otro apartado de dichas reformas, referentes a que las personas de 2 a 18 años de edad y con discapacidad intelectual en Nuevo León no serán sujetos de sanción, pero la falta de uso del cubrebocas será responsabilidad de los padres de familia, tutores, representantes legales o de quienes tengan a su cargo su guarda y custodia.

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Temblor de 4.7 grados sacude Oaxaca en la mañana del 15 de septiembre

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Un sismo se registró en Oaxaca la mañana de este lunes 15 de septiembre, sorprendiendo a habitantes durante las primeras horas del Día del Grito de Independencia. 

Según el Servicio Sismológico Nacional (SSN), el movimiento ocurrió a las 06:36:30 horas con una magnitud de 4.7 en la escala de Richter. El epicentro se ubicó a cinco kilómetros al noroeste de Salina Cruz.
El organismo detalló que el temblor tuvo una profundidad de 31 kilómetros, con coordenadas de latitud 16.20 y longitud -95.23. Aunque no se trata de un sismo de gran intensidad, fue perceptible en varias localidades del Istmo de Tehuantepec y en zonas cercanas, generando alarma entre quienes aún descansaban.

Protección Civil y autoridades locales informaron que no se han registrado daños materiales ni personas heridas. Sin embargo, recomendaron a la población revisar sus viviendas y extremar precauciones, especialmente en construcciones antiguas o con grietas visibles, para evitar riesgos adicionales.

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Estas personas cobran la Pensión Bienestar del 15 al 19 de septiembre

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Aunque el pago de la Pensión Bienestar y de Mujeres Trabajadoras ya está en marcha, correspondiente al bimestre septiembre-octubre, pon mucha atención esta semana porque se presentarán algunas modificaciones.

La Secretaría de Bienestar realiza el depósito conforme a la letra inicial del primer apellido, las pensiones a pagar son para adultos mayores, personas con discapacidad, madres trabajadoras y mujeres bienestar.

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Fue asegurado 1.5 toneladas de metanfetaminas en Mazatlán

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Efectivos de la Secretaría de Marina (Semar) aseguraron un tractocamión que transportaba paquetes con metanfetamina con un peso aproximado de 1.5 toneladas en la terminal de Transbordadores del puerto de Mazatlán, Sinaloa.

Resultado de labores de vigilancia, verificación y control, en la terminal de Transbordadores del Puerto de Mazatlán, Sinaloa, elementos de la Secretaría de Marina (Semar) en coordinación con la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa), Guardia Nacional (GN), Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y Fiscalía General de la República (FGR) aseguraron un tractocamión acoplado a una caja que transportaba oculto en un doble fondo paquetes con posible metanfetamina, con un peso aproximado de 1.5 toneladas.

Efectivos de la Unidad Naval de Protección Portuaria de Mazatlán, al inspeccionar un tractocamión con equipo de rayos “X” y con apoyo de tres binomios caninos, detectaron un doble fondo donde se encontraron 494 paquetes y seis bolsas que contenían una sustancia con las características de la metanfetamina, con un peso aproximado de 1.5 toneladas.

Por lo anterior, lo asegurado fue puesto a disposición del agente del Ministerio Público correspondiente, quien integrará la carpeta de investigación del caso.

Este aseguramiento representa una afectación económica a la delincuencia organizada de 426 millones 496 mil pesos, además, se evitó que más de 1.5 millones de dosis llegaran a manos de los jóvenes.

Con estas acciones, las instituciones del Gabinete de Seguridad refrendan su compromiso de trabajar de manera coordinada para impedir que sustancias ilícitas lleguen a las calles.

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