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Se valida el uso obliglatorio de cubrebocas; SCJN

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que las autoridades sanitarias estatales puedan ordenar el uso obligatorio de cubrebocas a los ciudadanos como medida de prevención de contagio de Covid-19.

Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de modificaciones a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León para hacer obligatorio el uso de cubrebocas a sus ciudadanos y emitir sanciones, por mayoría de ocho ministros, el pleno del máximo tribunal determinó que el Consejo General de Salubridad, el Presidente de la República y la Secretaría de Salud federal, son las autoridades responsables de emitir emergencia sanitaria nacional, así como de las medidas de la prevención y control de enfermedades transmisibles graves.

Sin embargo, estableció que mientras dichas autoridades no dicten una regulación específica sobre el uso de cubrebocas, los gobiernos estatales pueden adoptar medidas adicionales siempre que no vayan en contra de las normas generales dictadas por la Federación.

El pleno de la SCJN declaró la validez de la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León que establecen que durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria provocada por una enfermedad contagiosa, la autoridad sanitaria estatal podrá declarar obligatorio el uso del cubrebocas para todas las personas, excepto para los menores de dos años, y permanecerá vigente hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión. El uso de cubrebocas es obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo.

“Si bien el Consejo General de Salubridad y la Secretaría de Salud tienen facultades constitucionales para atender emergencias sanitarias, de ello no se sigue que la actuación de las entidades federativas relacionada con la atención de emergencias sanitarias esté acotada a las actividades que la Secretaría de Salud (federal) les encomiende, especialmente si tales emergencias se originaron a partir de una enfermedad transmisible”, expuso el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

“Esto tiene sentido, si además se considera que las autoridades locales son las más aptas para identificar las necesidades de cada entidad federativa”, añadió.

El ministro Luis María Aguilar Morales dijo que la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León no invade ni genera inseguridad jurídica hacia las directrices de manejo de la pandemia determinadas por la Federación.

En el mismo sentido, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat expuso que si bien el Consejo General de Salubridad y la Secretaría de Salud son las autoridades encargadas de emitir la emergencia sanitaria por enfermedad grave o epidemia, pero “de ello no se deduce que quede cancelada la facultad de las autoridades sanitarias estatales para dictar medidas de seguridad sanitaria. No existe disposición alguna en la Constitución ni en la Ley General de Salud que establezca que las medidas de seguridad sanitarias dictadas por las autoridades estatales queden sin efecto en el contexto de una acción extraordinaria de salubridad general, o que solo la autoridad sanitaria federal podrá adoptar esas medidas en este contexto”.

En la próxima sesión el pleno de la Suprema Corte deberá analizar otro apartado de dichas reformas, referentes a que las personas de 2 a 18 años de edad y con discapacidad intelectual en Nuevo León no serán sujetos de sanción, pero la falta de uso del cubrebocas será responsabilidad de los padres de familia, tutores, representantes legales o de quienes tengan a su cargo su guarda y custodia.

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Detienen en México a exgobernador de Baja California acusado de contrabando de combustible

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Autoridades de seguridad de México detuvieron este jueves a Ernesto Ruffo Appel, exgobernador del estado fronterizo de Baja California, quien está acusado de delincuencia organizada y contrabando de combustible, informó la Fiscalía General de la República (FGR) en su cuenta de X.

La detención se produjo a partir de una investigación relacionada con “grandes operaciones” para contrabandear hidrocarburos presuntamente realizadas por una empresa fundada por Ruffo, dijo la FGR.

Funcionarios de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) llevaron a cabo el arresto en el municipio de Ensenada, agregó la institución.

Ruffo, de 74 años, es un político conocido en México. En 1989, cuando el Partido Revolucionario Institucional (PRI) tenía en sus manos la presidencia y todos los gobiernos estatales, se convirtió en el primer gobernador de oposición tras ganar el cargo postulado por el Partido Acción Nacional (PAN).

Gobernó Baja California hasta 1995 y después ocupó otros cargos públicos, como senador y diputado federal. Antes, entre 1986 y 1989, fue alcalde de Ensenada.

Administrador de formación y empresario del sector pesquero, todos los puestos de elección popular que ha ganado los ha obtenido bajo las siglas del PAN. Milita en esa fuerza política desde 1985, según su semblanza publicada en el Sistema de Información Legislativa (SIL).

La detención de Ruffo se produce en medio de la estrategia del Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum para combatir el robo y contrabando de combustible, un delito popularmente conocido como “huachicol” y que representa pérdidas millonarias para las arcas públicas, según autoridades federales.

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Sheinbaum ordena revisar el caso de Brenda Quevedo, acusada en el caso Wallace

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La presidenta Claudia Sheinbaum se comprometió a revisar el proceso judicial de Brenda Quevedo Cruz, quien lleva cerca de dos décadas privada de la libertad y sin recibir una sentencia definitiva por su presunta participación en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace.

Durante su conferencia matutina de este jueves 16 de julio, la mandataria anunció tres acciones para atender el caso: solicitar una revisión jurídica en coordinación con la Secretaría de Gobernación y las áreas federales de derechos humanos; gestionar que la Fiscalía General de la República reciba a las abogadas de Quevedo Cruz, y hacer un llamado al Tribunal de Disciplina Judicial para analizar las posibles irregularidades y demoras en el proceso.
“Me comprometo a tres cosas”, expresó Sheinbaum al responder a un planteamiento sobre la situación jurídica de Brenda Quevedo. La presidenta señaló que las instituciones correspondientes deberán estudiar el expediente y escuchar directamente a su equipo de defensa.

¿Quién es Brenda Quevedo y por qué está detenida?

Brenda Quevedo Cruz fue acusada de participar en el secuestro y asesinato de Hugo Alberto Wallace, reportado como desaparecido en 2005. Fue detenida en Estados Unidos en noviembre de 2007 y posteriormente extraditada a México, donde quedó sujeta al proceso penal iniciado por el llamado caso Wallace.

Su defensa sostiene que no existen pruebas válidas que demuestren su participación y que la investigación se construyó a partir de declaraciones obtenidas mediante tortura. Quevedo también ha denunciado haber sufrido agresiones físicas, sexuales y psicológicas durante su reclusión.

En 2020, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas concluyó que su privación de la libertad era arbitraria debido a violaciones al debido proceso, a la presunción de inocencia y al derecho a ser juzgada en un plazo razonable. El organismo internacional pidió al Estado mexicano remediar su situación y garantizarle una reparació

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Calendario escolar 2026-2027; SEP

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La Secretaría de Educación Pública (SEP) dio a conocer el calendario escolar para el ciclo 2026-2027, que se aplicará en las modalidades de preescolar, primaria y secundaria en instituciones tanto públicas como privadas.

Según el acuerdo divulgado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el ciclo académico comenzará oficialmente el lunes 31 de agosto de 2026 y sumará un total de 185 días efectivos de clases.

La fecha de terminación variará dependiendo del nivel educativo. En el caso de la educación básica, los alumnos de preescolar, primaria y secundaria concluirán sus actividades el viernes 9 de julio de 2027, mientras que los estudiantes en formación docente terminarán el martes 13 de julio.

El DOF señala que este calendario debe ser seguido obligatoriamente por todas las escuelas públicas y privadas que formen parte del Sistema Educativo Nacional.

Asimismo, el acuerdo incluye una semana adicional de receso para los docentes durante agosto, previo al inicio del ciclo escolar, una medida que se implementó desde la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum.

Después de que comience el ciclo escolar, la primera suspensión de actividades se llevará a cabo el 16 de septiembre en conmemoración de la Independencia de México. También se consideran días sin clases el 2 de noviembre, con motivo del Día de Muertos, y el 16 de noviembre, para recordar el aniversario de la Revolución mexicana.

Las vacaciones invernales darán inicio el lunes 21 de diciembre y terminarán el miércoles 6 de enero de 2027.

Los días de descanso obligatorios se mantienen para todos los niveles educativos. La principal variación en el calendario para la educación normal es que los futuros profesores tendrán una semana extra de actividades académicas en julio.

Hasta este momento, no se ha recibido una postura oficial de los padres de familia sobre el calendario del próximo ciclo escolar, aunque no se descarta la posibilidad de que se haga algún pronunciamiento en caso de que surjan descontentos.

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