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Se valida el uso obliglatorio de cubrebocas; SCJN

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que las autoridades sanitarias estatales puedan ordenar el uso obligatorio de cubrebocas a los ciudadanos como medida de prevención de contagio de Covid-19.

Al resolver una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de modificaciones a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León para hacer obligatorio el uso de cubrebocas a sus ciudadanos y emitir sanciones, por mayoría de ocho ministros, el pleno del máximo tribunal determinó que el Consejo General de Salubridad, el Presidente de la República y la Secretaría de Salud federal, son las autoridades responsables de emitir emergencia sanitaria nacional, así como de las medidas de la prevención y control de enfermedades transmisibles graves.

Sin embargo, estableció que mientras dichas autoridades no dicten una regulación específica sobre el uso de cubrebocas, los gobiernos estatales pueden adoptar medidas adicionales siempre que no vayan en contra de las normas generales dictadas por la Federación.

El pleno de la SCJN declaró la validez de la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León que establecen que durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria provocada por una enfermedad contagiosa, la autoridad sanitaria estatal podrá declarar obligatorio el uso del cubrebocas para todas las personas, excepto para los menores de dos años, y permanecerá vigente hasta que la misma autoridad declare oficialmente su conclusión. El uso de cubrebocas es obligatorio en vías y espacios públicos o de uso común, en el interior de establecimientos ya sean de comercio, industria o servicios, centros de trabajo de cualquier ramo.

“Si bien el Consejo General de Salubridad y la Secretaría de Salud tienen facultades constitucionales para atender emergencias sanitarias, de ello no se sigue que la actuación de las entidades federativas relacionada con la atención de emergencias sanitarias esté acotada a las actividades que la Secretaría de Salud (federal) les encomiende, especialmente si tales emergencias se originaron a partir de una enfermedad transmisible”, expuso el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

“Esto tiene sentido, si además se considera que las autoridades locales son las más aptas para identificar las necesidades de cada entidad federativa”, añadió.

El ministro Luis María Aguilar Morales dijo que la reforma al artículo 129 Bis de la Ley General de la Ley Estatal de Salud de Nuevo León no invade ni genera inseguridad jurídica hacia las directrices de manejo de la pandemia determinadas por la Federación.

En el mismo sentido, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat expuso que si bien el Consejo General de Salubridad y la Secretaría de Salud son las autoridades encargadas de emitir la emergencia sanitaria por enfermedad grave o epidemia, pero “de ello no se deduce que quede cancelada la facultad de las autoridades sanitarias estatales para dictar medidas de seguridad sanitaria. No existe disposición alguna en la Constitución ni en la Ley General de Salud que establezca que las medidas de seguridad sanitarias dictadas por las autoridades estatales queden sin efecto en el contexto de una acción extraordinaria de salubridad general, o que solo la autoridad sanitaria federal podrá adoptar esas medidas en este contexto”.

En la próxima sesión el pleno de la Suprema Corte deberá analizar otro apartado de dichas reformas, referentes a que las personas de 2 a 18 años de edad y con discapacidad intelectual en Nuevo León no serán sujetos de sanción, pero la falta de uso del cubrebocas será responsabilidad de los padres de familia, tutores, representantes legales o de quienes tengan a su cargo su guarda y custodia.

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Mujeres Bienestar: continúa el pago del apoyo económico del 18 al 21 de noviembre

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El programa Mujeres Bienestar continúa con la dispersión del pago correspondiente al bimestre noviembre-diciembre de 2025, conforme al calendario establecido por la Secretaría de Bienestar , el cual se extiende del 3 al 27 de noviembre. Este operativo se organiza de manera escalanada según la inicial del primer apellido de cada beneficiario, a fin de garantizar un proceso ágil y sin aglomeraciones.

Dirigido a mujeres de entre 60 y 64 años residentes en México, el programa otorga un apoyo económico bimestral de 3,000 pesos , que se deposita directamente en la tarjeta del Banco del Bienestar . Las beneficiarias pueden disponer del monto en cualquier momento, sin la necesidad de acudir el mismo día del depósito.

En el periodo del 18 al 21 de noviembre , el pago se realizará a quienes tengan apellidos que comenzarán con las siguientes letras:

M , el martes 18 (segunda jornada para esta letra)

N, Ñ y O , el miércoles 19

P y Q , el jueves 20

R , el viernes 21

Cabe destacar que el lunes 17 de noviembre no hubo depósitos debido al feriado bancario por la conmemoración del Día de la Revolución Mexicana . El operativo se reanudó el martes 18 con normalidad.

La Secretaría de Bienestar recomienda a las beneficiarias consultar su saldo en cajeros automáticos o mediante la aplicación del Banco del Bienestar , además de evitar acudir a sucursales en días de alta afluencia y mantener actualizados sus datos en los módulos de atención.

Durante este mismo lapso, también se efectúan pagos de otros programas como la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores , Personas con Discapacidad y Madres Trabajadoras , todos bajo un esquema similar de dispersión.

El operativo nacional concluirá el 27 de noviembre , fecha en la que se completará la entrega de recursos a todas las personas beneficiarias programadas.

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Un tren se descarriló en Zacatecas, no hay heridos, sólo daños materiales

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Esta madrugada se descarrilaron 10 vagones del tren que transitaba por plena zona urbana de la capital de Zacatecas, afortunadamente no se reportan víctimas ni afectaciones a la población.

Fue a la altura del puente vehicular que se ubica en la zona del Mercado de Abastos, cuando de repente se escuchó un estruendo fuerte, lo que alertó a los vecinos.

Al lugar arribaron elementos de las corporaciones municipales para verificar que no hubiera víctimas.

De acuerdo a la información que se emitió la Coordinación Municipal de Protección Civil de Zacatecas al revisar el área del descarrilamiento fuero 10 vagones que estaban vacíos los que descarrilaron y se descartó que hubiera riesgos por materiales peligrosos.

La zona del accidente es muy transitada, sin embargo, ninguno de los vagones puso en riesgo a la ciudadanía.

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Encuentran asesinados a dos presuntos cómplices del asesinato de Carlos Manzo

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El gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, informó que fueron hallados dos cadáveres relacionados con el asesinato del presidente municipal de Uruapan, Carlos Manzo.

El mandatario refirió que los dos hombres encontrados sin vida tuvieron participación con el sicario que mató al edil y la información está siendo validada por la Fiscalía de Michoacán.

Uno de los dos hombres asesinados y localizado en la carretera Uruapan–Paracho, a la altura de la comunidad indígena de Capacuaro, fue identificado como Josué ‘N’, un adolescente de 16 años originario de Uruapan.

El segundo cuerpo corresponde a un adulto y permanece sin identificar. Fueron vecinos del lugar quienes encontraron un cadáver ensangrentado y dieron aviso a las autoridades

Carlos Manzo fue asesinado el 1 de noviembre por un adolescente de 17 años en la plaza principal de Uruapan en un evento con motivo de Noche de Muertos.
https://www.milenio.com/estados/matan-a-personas-ligadas-con-el-asesinato-de-carlos-manzo-en-uruapan




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