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Firman Decreto 52 de los 60 alcaldes para limitar el consumo y venta de bebidas alcohólicas en Tlaxcala

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La población tlaxcalteca deberá adaptarse a nuevas restricciones para el consumo y venta de bebidas embriagantes en los 60 municipios de la entidad.

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Una vez que concluyan los festejos patrios del presente mes de septiembre, el Poder Ejecutivo publicará en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala un nuevo decreto que limita horarios para la ingesta de alcohol.

El documento también recobra lineamientos como la prohibición de alcoholizarse en la vía pública, conducir bajo sus efectos y vender este tipo de productos a menores de edad.

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El anuncio oficial lo hizo la gobernadora del Estado, Lorena Cuéllar Cisneros, al encabezar la Tercera Mesa de Trabajo sobre Gobierno, Seguridad y Procuración de Justicia entre dependencias estatales y federales con municipios.

De hecho, 52 de los 60 alcaldes congregados en el salón “Joaquín Cisneros Molina” del recinto ferial, firmaron el Decreto por el que se establecen limitantes y horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Tlaxcala.
Al dar lectura al Decreto, el secretario de Gobierno, Sergio González Hernández, indicó que con base en estadísticas oficiales, existe una relación directa entre el consumo de bebidas alcohólicas y la incidencia de hechos delictivos.

Aunado a ello, su ingesta se asocia de manera recurrente con accidentes de tránsito, conflictos entre vecinos, agresiones físicas y verbales, disturbios sociales, aumento de la violencia, entre otras calamidades que es necesario resolver.

Las mismas estadísticas reflejan que ha incrementado de forma alarmante el consumo de alcohol entre los jóvenes, principalmente estudiantes, derivado de que se han instalado una serie de expendios de bebidas alcohólicas, algunos inclusive clandestinos, en las inmediaciones de las escuelas de los distintos niveles, lo que ha originado una serie de disturbios y hechos inclusive delictuosos, principalmente consistentes en agresiones físicas y daños en las cosas.

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Es responsabilidad del Gobierno del Estado mantener la gobernabilidad y la armonía social, por ello se hace necesaria la regulación y limitación de la venta de bebidas alcohólicas, a efecto de salvaguardar la integridad de las personas y sus bienes, expuso.
De acuerdo con el Decreto, son sujetos obligados las personas físicas y morales que tengan como actividad la venta de bebidas alcohólicas, de forma permanente o eventual, y la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tendrá como atribuciones vigilar y supervisar que estos lugares cumplan con las determinaciones establecidas, debiendo coordinarse con demás dependencias para imponer sanciones que en su caso resulten necesarias por incurrir en infracciones.

Y en los eventos masivos, espectáculos o demás concentraciones, como lo son los eventos de feria, la autoridad municipal será responsable de vigilar el estricto cumplimiento del presente Decreto para todos los efectos legales conducentes.

De tal forma que los bares, cervecerías, salas de degustación y cervecerías artesanales laborarán de domingo a jueves en un horario de 10:00 a 01:00 horas del día siguiente; en tanto, los viernes y sábados de 10:00 a 02:00 horas del día siguiente.
Billares, baños públicos y boliches de 11:00 a 23:00 horas; pulquerías de 11:00 a 19:00 horas; depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías y boutiques de cerveza artesanal de 10:00 a 23:00 horas; supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia, abarrotes, misceláneas, tendajones, licorerías y vinaterías de 9:00 a 23:00 horas; restaurantes y restaurantes–bar, cuya actividad preponderante sea la transformación y venta de alimentos, de domingo a jueves en un horario de 11:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.

Fondas, cafés, cenadurías, taquerías, antojerías y similares de domingo a jueves en un horario de 11:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; centros nocturnos de domingo a jueves en un horario de 21:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.
En el caso de la feria estatal y de los municipios, de lunes a domingo en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; los hoteles y moteles deberán acatar los horarios establecidos para cada uno de los giros de los diversos servicios que presten en sus instalaciones y para los cuales estén autorizados de la manera respectiva en la licencia única, y los centros o clubes sociales, deportivos y recreativos en los que se dé servicio solamente a socios e invitados, deberán respetar los horarios establecidos en este artículo, para venta y consumo en las áreas de restaurante, bar y centro nocturno, respectivamente.

En el caso de que se haya expedido licencia para eventos, espectáculos, así como de fiestas o reuniones particulares que se celebren en clubes y centros sociales, deportivos, hoteles, moteles, restaurantes, salones para fiesta y centros de convenciones, así como en las licencias de degustación y lugares fijos de concentración masiva, el horario será fijado por las autoridades que otorgue la licencia o permiso correspondientes, de domingo a jueves sin que pueda exceder de las 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado sin excederse de las 2:00 horas del día siguiente.

En los centros nocturnos, discotecas y salones de baile, la venta de bebidas alcohólicas se terminará treinta minutos antes de que concluya el horario fijado al establecimiento para su cierre, de manera tal que, a la hora del cierre del mismo, no deberá permanecer ningún cliente en su interior.

LAS SANCIONES
El propietario, tenedor, franquiciatario, representante legal o encargado de establecimientos con venta y consumo de bebidas alcohólicas que no respete los horarios y días para la venta de bebidas alcohólicas establecidos en el presente Decreto, se hará acreedor a la clausura del inmueble en términos del Reglamento para la Expedición de Licencias o Refrendos para el Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Tlaxcala.

Cuando la autoridad estatal o municipal haya determinado la prohibición de la distribución, venta y suministro de bebidas alcohólicas, deberá dar aviso por escrito a las personas titulares de las licencias y a la población a través de la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y de los medios de comunicación masiva, por lo menos con 24 horas de anticipación al inicio de la suspensión, especificando el día y la hora en que inicia y concluye la suspensión temporal determinada, exceptuando los casos en que la suspensión sea por caso de riesgo, emergencia o por causa de seguridad pública.

ADIÓS A LAS “BANQUETERAS”
El Artículo 10 del Decreto específica que queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento constituye una falta administrativa que será sancionada con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa de veinte U’MAS (Unidad de Medida y Actualización). Los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias serán los responsables de la imposición de este tipo de sanciones.

Asimismo, queda prohibido, aún en envases cerrados, la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad y su incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento a través de las autoridades competentes.

Los lugares de expendio de bebidas alcohólicas no podrán instalarse en un radio inferior a los 150 a la redonda de los centros escolares de cualquier nivel educativo y su incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento.

La venta y consumo de bebidas alcohólicas en general en campos deportivos, donde se practique cualquier deporte de conjunto como futbol, basquetbol, voleibol y otros de similar naturaleza, en un radio no inferior a 150 metros a la redonda respecto de dichos lugares también queda prohibido y el desacato a esta disposición será sancionado con la clausura y decomiso de los productos y las sanciones administrativas que correspondan, en su caso, clausura definitiva del estanquillo o expendio por las autoridades competentes.

También queda prohibido conducir vehículos motorizados de cualquier tipo cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 miligramos por litro, o de alcohol en el aire expirando superior a 0.4 miligramos por litro al conducir, entre otras restricciones.

52 alcaldes firmaron el Decreto por el que se establecen limitantes y horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en Tlaxcala.
El Decreto se aplicará a los establecimientos descritos en los artículos 155 y 156 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

Dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor del Decreto, los Ayuntamientos deberán de hacer las reformas que correspondan a sus bandos municipales.

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Congreso de Puebla aprueba el «Plan B»: El Cabildo de la capital y ayuntamientos tendrán menos regidores

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Puebla, Pue. — En una sesión extraordinaria de la LXII Legislatura, el Congreso del Estado de Puebla aprobó por mayoría la homologación de la legislación local con la reforma electoral federal —conocida como el «Plan B»— impulsada a nivel nacional. Con esta modificación, la estructura de los cabildos en los 217 municipios del estado se ajustará formalmente al tamaño poblacional reportado por el INEGI.

La medida modifica diversas disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla (COIPEP), estableciendo un límite máximo de 15 regidurías por ayuntamiento en todo el territorio estatal.

¿Cómo queda conformado el Cabildo de Puebla capital?
El impacto más notable de esta nueva normativa recae sobre el municipio de Puebla (la Angelópolis), que actualmente operaba con una plantilla robusta de regidores. Tras la aprobación del dictamen, el cuerpo edilicio de la capital sufrirá un recorte drástico:

De 23 a 15 integrantes totales: El Cabildo pasará de tener 23 figuras a un máximo de 15.

Nueva distribución: Estará integrado por una presidencia municipal, una sindicatura, 11 regidurías de mayoría relativa y hasta 4 regidurías de representación proporcional.

Esto representa una disminución directa de ocho regidurías en el gobierno de la ciudad.

Nueva integración de Cabildos según la población
El decreto avalado por los diputados locales establece rangos poblacionales basados en el Censo de Población y Vivienda del INEGI para definir la cantidad exacta de regidores en el resto de los municipios poblanos:

Más de 90 mil habitantes: Una presidencia municipal, una sindicatura, 8 regidurías de mayoría y hasta 4 de representación proporcional.

De 60 mil a 90 mil habitantes: Una presidencia municipal, una sindicatura, 8 regidurías de mayoría y hasta 3 de representación proporcional.

Menos de 60 mil habitantes: Una presidencia municipal, una sindicatura, 6 regidurías de mayoría y hasta 2 de representación proporcional.

Austeridad y argumentos del Pleno
Durante la discusión en el Pleno, los legisladores señalaron que esta armonización busca generar esquemas de mayor austeridad gubernamental, optimizar el uso de los recursos públicos en las administraciones municipales y transparentar el ejercicio de la representación ciudadana apegándose a los lineamientos federales de contención del gasto corriente.

El dictamen fue aprobado con 26 votos a favor, turnándose a los trámites subsecuentes para su publicación oficial y entrada en vigor de cara a los próximos procesos de organización administrativa en la entidad.

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Puebla se mantiene entre las ciudades con mayor percepción de inseguridad en el país: INEGI

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El 81.3% de la población de 18 años y más que habita en la capital poblana considera que vivir en su ciudad es inseguro, de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Con este porcentaje registrado en junio de, la Angelópolis se coloca nuevamente en las posiciones más altas a nivel nacional, superando ampliamente el promedio general del país, que se ubicó en el 59.8% entre las 91 áreas urbanas evaluadas.

Sin cambios significativos frente a mediciones previas

El estudio estadístico muestra que la cifra se mantiene prácticamente estática en comparación con el trimestre anterior (marzo), cuando alcanzó el 81.5%. Del mismo modo, al contrastarlo con el mismo periodo del año previo (junio de 2025, cuando reportó 84%), el INEGI determinó que las variaciones no son estadísticamente significativas, evidenciando que el sentimiento de vulnerabilidad de los poblanos se mantiene en una meseta alta.

A nivel nacional, la percepción de inseguridad se concentró en ciudades como Irapuato (Guanajuato), Culiacán (Sinaloa) y Reynosa (Tamaulipas), mientras que Puebla se encuentra en los peldaños críticos junto a demarcaciones como Chilpancingo y Cuernavaca.

¿Dónde se sienten más inseguros los poblanos?

La ENSU detalla cuáles son los espacios físicos y situaciones urbanas donde la ciudadanía experimenta mayor temor al realizar sus actividades cotidianas:

  • Cajeros automáticos en la vía pública.
  • Calles habitualmente transitadas.
  • Transporte público.
  • Carreteras de la región.

Asimismo, el informe destaca que durante el segundo trimestre del año, el 51% de los habitantes de la capital reportó haber tenido algún tipo de conflicto o enfrentamiento directo con vecinos, familiares, compañeros de trabajo o autoridades, reflejando tensiones latentes en el tejido social de la ciudad.

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Exigen auditoría forense y castigo a Eduardo Rivera Pérez por irregularidades en la Avenida Juárez

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El exalcalde de la capital poblana y militante del Partido Acción Nacional (PAN), Eduardo Rivera Pérez, deberá enfrentar un nuevo proceso de fiscalización ante las instancias correspondientes tras los señalamientos por el manejo de recursos públicos durante su gestión municipal.

La solicitud fue formalizada por la diputada federal Nora Merino Escamilla, quien exigió de manera directa que se investigue y se castigue la presunta corrupción vinculada a la obra de rehabilitación de la Avenida Juárez, un proyecto insignia de su administración que presentó severas anomalías financieras y técnicas.

Piden una «auditoría forense» por 55.7 millones de pesos

El núcleo de la denuncia se centra en la millonaria obra de remodelación de la Avenida Juárez, la cual tuvo un costo total de 55.7 millones de pesos.

De acuerdo con los señalamientos de la legisladora, dicha obra acumuló múltiples irregularidades que no pueden quedar impunes, por lo que urgió a la intervención formal

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