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Firman Decreto 52 de los 60 alcaldes para limitar el consumo y venta de bebidas alcohólicas en Tlaxcala

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La población tlaxcalteca deberá adaptarse a nuevas restricciones para el consumo y venta de bebidas embriagantes en los 60 municipios de la entidad.

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Una vez que concluyan los festejos patrios del presente mes de septiembre, el Poder Ejecutivo publicará en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala un nuevo decreto que limita horarios para la ingesta de alcohol.

El documento también recobra lineamientos como la prohibición de alcoholizarse en la vía pública, conducir bajo sus efectos y vender este tipo de productos a menores de edad.

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El anuncio oficial lo hizo la gobernadora del Estado, Lorena Cuéllar Cisneros, al encabezar la Tercera Mesa de Trabajo sobre Gobierno, Seguridad y Procuración de Justicia entre dependencias estatales y federales con municipios.

De hecho, 52 de los 60 alcaldes congregados en el salón “Joaquín Cisneros Molina” del recinto ferial, firmaron el Decreto por el que se establecen limitantes y horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Tlaxcala.
Al dar lectura al Decreto, el secretario de Gobierno, Sergio González Hernández, indicó que con base en estadísticas oficiales, existe una relación directa entre el consumo de bebidas alcohólicas y la incidencia de hechos delictivos.

Aunado a ello, su ingesta se asocia de manera recurrente con accidentes de tránsito, conflictos entre vecinos, agresiones físicas y verbales, disturbios sociales, aumento de la violencia, entre otras calamidades que es necesario resolver.

Las mismas estadísticas reflejan que ha incrementado de forma alarmante el consumo de alcohol entre los jóvenes, principalmente estudiantes, derivado de que se han instalado una serie de expendios de bebidas alcohólicas, algunos inclusive clandestinos, en las inmediaciones de las escuelas de los distintos niveles, lo que ha originado una serie de disturbios y hechos inclusive delictuosos, principalmente consistentes en agresiones físicas y daños en las cosas.

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Es responsabilidad del Gobierno del Estado mantener la gobernabilidad y la armonía social, por ello se hace necesaria la regulación y limitación de la venta de bebidas alcohólicas, a efecto de salvaguardar la integridad de las personas y sus bienes, expuso.
De acuerdo con el Decreto, son sujetos obligados las personas físicas y morales que tengan como actividad la venta de bebidas alcohólicas, de forma permanente o eventual, y la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tendrá como atribuciones vigilar y supervisar que estos lugares cumplan con las determinaciones establecidas, debiendo coordinarse con demás dependencias para imponer sanciones que en su caso resulten necesarias por incurrir en infracciones.

Y en los eventos masivos, espectáculos o demás concentraciones, como lo son los eventos de feria, la autoridad municipal será responsable de vigilar el estricto cumplimiento del presente Decreto para todos los efectos legales conducentes.

De tal forma que los bares, cervecerías, salas de degustación y cervecerías artesanales laborarán de domingo a jueves en un horario de 10:00 a 01:00 horas del día siguiente; en tanto, los viernes y sábados de 10:00 a 02:00 horas del día siguiente.
Billares, baños públicos y boliches de 11:00 a 23:00 horas; pulquerías de 11:00 a 19:00 horas; depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías y boutiques de cerveza artesanal de 10:00 a 23:00 horas; supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia, abarrotes, misceláneas, tendajones, licorerías y vinaterías de 9:00 a 23:00 horas; restaurantes y restaurantes–bar, cuya actividad preponderante sea la transformación y venta de alimentos, de domingo a jueves en un horario de 11:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.

Fondas, cafés, cenadurías, taquerías, antojerías y similares de domingo a jueves en un horario de 11:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; centros nocturnos de domingo a jueves en un horario de 21:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.
En el caso de la feria estatal y de los municipios, de lunes a domingo en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; los hoteles y moteles deberán acatar los horarios establecidos para cada uno de los giros de los diversos servicios que presten en sus instalaciones y para los cuales estén autorizados de la manera respectiva en la licencia única, y los centros o clubes sociales, deportivos y recreativos en los que se dé servicio solamente a socios e invitados, deberán respetar los horarios establecidos en este artículo, para venta y consumo en las áreas de restaurante, bar y centro nocturno, respectivamente.

En el caso de que se haya expedido licencia para eventos, espectáculos, así como de fiestas o reuniones particulares que se celebren en clubes y centros sociales, deportivos, hoteles, moteles, restaurantes, salones para fiesta y centros de convenciones, así como en las licencias de degustación y lugares fijos de concentración masiva, el horario será fijado por las autoridades que otorgue la licencia o permiso correspondientes, de domingo a jueves sin que pueda exceder de las 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado sin excederse de las 2:00 horas del día siguiente.

En los centros nocturnos, discotecas y salones de baile, la venta de bebidas alcohólicas se terminará treinta minutos antes de que concluya el horario fijado al establecimiento para su cierre, de manera tal que, a la hora del cierre del mismo, no deberá permanecer ningún cliente en su interior.

LAS SANCIONES
El propietario, tenedor, franquiciatario, representante legal o encargado de establecimientos con venta y consumo de bebidas alcohólicas que no respete los horarios y días para la venta de bebidas alcohólicas establecidos en el presente Decreto, se hará acreedor a la clausura del inmueble en términos del Reglamento para la Expedición de Licencias o Refrendos para el Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Tlaxcala.

Cuando la autoridad estatal o municipal haya determinado la prohibición de la distribución, venta y suministro de bebidas alcohólicas, deberá dar aviso por escrito a las personas titulares de las licencias y a la población a través de la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y de los medios de comunicación masiva, por lo menos con 24 horas de anticipación al inicio de la suspensión, especificando el día y la hora en que inicia y concluye la suspensión temporal determinada, exceptuando los casos en que la suspensión sea por caso de riesgo, emergencia o por causa de seguridad pública.

ADIÓS A LAS “BANQUETERAS”
El Artículo 10 del Decreto específica que queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento constituye una falta administrativa que será sancionada con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa de veinte U’MAS (Unidad de Medida y Actualización). Los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias serán los responsables de la imposición de este tipo de sanciones.

Asimismo, queda prohibido, aún en envases cerrados, la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad y su incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento a través de las autoridades competentes.

Los lugares de expendio de bebidas alcohólicas no podrán instalarse en un radio inferior a los 150 a la redonda de los centros escolares de cualquier nivel educativo y su incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento.

La venta y consumo de bebidas alcohólicas en general en campos deportivos, donde se practique cualquier deporte de conjunto como futbol, basquetbol, voleibol y otros de similar naturaleza, en un radio no inferior a 150 metros a la redonda respecto de dichos lugares también queda prohibido y el desacato a esta disposición será sancionado con la clausura y decomiso de los productos y las sanciones administrativas que correspondan, en su caso, clausura definitiva del estanquillo o expendio por las autoridades competentes.

También queda prohibido conducir vehículos motorizados de cualquier tipo cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 miligramos por litro, o de alcohol en el aire expirando superior a 0.4 miligramos por litro al conducir, entre otras restricciones.

52 alcaldes firmaron el Decreto por el que se establecen limitantes y horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en Tlaxcala.
El Decreto se aplicará a los establecimientos descritos en los artículos 155 y 156 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

Dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor del Decreto, los Ayuntamientos deberán de hacer las reformas que correspondan a sus bandos municipales.

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Agua de Puebla se deslinda de inundaciones: son por basura, asegura

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Ante la intensa lluvia que sucedió la tarde de ayer en la capital de la entidad poblana Agua de Puebla se deslindó de las más de 30 inundaciones que se registraron en la zona.

En boletín que compartió hoy la empresa destacó que el 80 por ciento de las afectaciones sucedieron por el arrastre de basura que provoca taponamientos en las rejillas y no permite el flujo normal del agua.

Antes de su deslinde, las unidades de respuesta operativa de Agua de Puebla —que incluyeron unidades hidroneumáticas y unidades con personal para la atención de las zonas afectadas— se desplegaron y atendieron las emergencias.

Los datos meteorológicos que Agua de Puebla compartió indicaron que las estaciones ubicadas en zonas Norponiente y Sur Poniente registraron más de 58 milímetros (mm) de lámina de lluvia.

La empresa insistió que esta cantidad de líquido provocó saturación en la red sanitaria y sobrecarga en la infraestructura pluvial existente.

“Las redes de drenaje, al recibir gran cantidad de agua pluvial, sufren saturación arriba de los 30 mm. de lámina de lluvia, siendo más del doble lo que llovió el sábado y en un corto lapso la lluvia que se presentó en menos de 2 horas, lo cual contribuyó para provocar afectaciones principalmente en vialidades”, se lee en el comunicado que compartió la institución.

Señalaron que sus brigadas continúan en monitoreo y atendiendo sitios afectados por inundaciones para mitigar los efectos de las fuertes lluvias.

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Robos en el transporte público en Atlixco generan preocupación

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 Los robos o asaltos en el transporte público del municipio de Atlixco generan preocupación entre los usuarios y conductores, ya que tan solo en el primer semestre del 2025, suman entre 6 y 7 robos.

Héctor Castillo, dirigente del transporte local en Atlixco, comentó que por primera vez en el año, la ciudad ha comenzado a registrar robos a pasajeros en unidades de transporte público, generando preocupación entre usuarios y transportistas, estos delitos han sido en el primer cuadro de la ciudad.

Detalló que los asaltos afectan directamente a los usuarios, quienes con esfuerzo adquirieron sus pertenencias, como celulares, que suelen ser el objeto principal que roban los delincuentes junto con el dinero en efectivo.

Mencionó que también los conductores resultan afectados, ya que los amantes de lo ajeno también les quitan el dinero de la cuenta.

Cabe mencionar que los presuntos asaltantes, ya han sido identificados por los transportistas, puesto que estos delincuentes son jóvenes de colonias cercanas, como Buenavista.

Finalmente, el dirigente del transporte público, expresó que las cámaras de vigilancia instaladas obligatoriamente en las unidades no han sido útiles debido a la falta de capacidad tecnológica para conectar y monitorear todas las grabaciones desde los centros de operación C5, y es que ya hubo un incidente en el que un conductor fue lesionado con arma blanca, sin que las cámaras aportaran datos para la investigación, a pesar de su funcionamiento.

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Se registra choque con carga vehicular intensa en la México–Puebla a la altura de Xoxtla

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En la autopista México–Puebla, a la altura de Xoxtla, se registra una fuerte carga vehicular derivada de los trabajos de reencarpetamiento que restringen la circulación a un solo carril.

Las autoridades viales reportan congestionamiento permanente en ambos sentidos, lo que ha provocado demoras considerables en ambos sentidos durante las recientes horas de mayor flujo.

Usuarios en redes sociales, especialmente en grupos de Facebook dedicados a la movilidad en Puebla y Twitter, han compartido vídeos que el tráfico lento y las señales de desvío improvisadas.

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