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Firman Decreto 52 de los 60 alcaldes para limitar el consumo y venta de bebidas alcohólicas en Tlaxcala

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La población tlaxcalteca deberá adaptarse a nuevas restricciones para el consumo y venta de bebidas embriagantes en los 60 municipios de la entidad.

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Una vez que concluyan los festejos patrios del presente mes de septiembre, el Poder Ejecutivo publicará en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala un nuevo decreto que limita horarios para la ingesta de alcohol.

El documento también recobra lineamientos como la prohibición de alcoholizarse en la vía pública, conducir bajo sus efectos y vender este tipo de productos a menores de edad.

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El anuncio oficial lo hizo la gobernadora del Estado, Lorena Cuéllar Cisneros, al encabezar la Tercera Mesa de Trabajo sobre Gobierno, Seguridad y Procuración de Justicia entre dependencias estatales y federales con municipios.

De hecho, 52 de los 60 alcaldes congregados en el salón “Joaquín Cisneros Molina” del recinto ferial, firmaron el Decreto por el que se establecen limitantes y horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Tlaxcala.
Al dar lectura al Decreto, el secretario de Gobierno, Sergio González Hernández, indicó que con base en estadísticas oficiales, existe una relación directa entre el consumo de bebidas alcohólicas y la incidencia de hechos delictivos.

Aunado a ello, su ingesta se asocia de manera recurrente con accidentes de tránsito, conflictos entre vecinos, agresiones físicas y verbales, disturbios sociales, aumento de la violencia, entre otras calamidades que es necesario resolver.

Las mismas estadísticas reflejan que ha incrementado de forma alarmante el consumo de alcohol entre los jóvenes, principalmente estudiantes, derivado de que se han instalado una serie de expendios de bebidas alcohólicas, algunos inclusive clandestinos, en las inmediaciones de las escuelas de los distintos niveles, lo que ha originado una serie de disturbios y hechos inclusive delictuosos, principalmente consistentes en agresiones físicas y daños en las cosas.

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Es responsabilidad del Gobierno del Estado mantener la gobernabilidad y la armonía social, por ello se hace necesaria la regulación y limitación de la venta de bebidas alcohólicas, a efecto de salvaguardar la integridad de las personas y sus bienes, expuso.
De acuerdo con el Decreto, son sujetos obligados las personas físicas y morales que tengan como actividad la venta de bebidas alcohólicas, de forma permanente o eventual, y la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tendrá como atribuciones vigilar y supervisar que estos lugares cumplan con las determinaciones establecidas, debiendo coordinarse con demás dependencias para imponer sanciones que en su caso resulten necesarias por incurrir en infracciones.

Y en los eventos masivos, espectáculos o demás concentraciones, como lo son los eventos de feria, la autoridad municipal será responsable de vigilar el estricto cumplimiento del presente Decreto para todos los efectos legales conducentes.

De tal forma que los bares, cervecerías, salas de degustación y cervecerías artesanales laborarán de domingo a jueves en un horario de 10:00 a 01:00 horas del día siguiente; en tanto, los viernes y sábados de 10:00 a 02:00 horas del día siguiente.
Billares, baños públicos y boliches de 11:00 a 23:00 horas; pulquerías de 11:00 a 19:00 horas; depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías y boutiques de cerveza artesanal de 10:00 a 23:00 horas; supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia, abarrotes, misceláneas, tendajones, licorerías y vinaterías de 9:00 a 23:00 horas; restaurantes y restaurantes–bar, cuya actividad preponderante sea la transformación y venta de alimentos, de domingo a jueves en un horario de 11:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.

Fondas, cafés, cenadurías, taquerías, antojerías y similares de domingo a jueves en un horario de 11:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; centros nocturnos de domingo a jueves en un horario de 21:00 horas a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.
En el caso de la feria estatal y de los municipios, de lunes a domingo en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; los hoteles y moteles deberán acatar los horarios establecidos para cada uno de los giros de los diversos servicios que presten en sus instalaciones y para los cuales estén autorizados de la manera respectiva en la licencia única, y los centros o clubes sociales, deportivos y recreativos en los que se dé servicio solamente a socios e invitados, deberán respetar los horarios establecidos en este artículo, para venta y consumo en las áreas de restaurante, bar y centro nocturno, respectivamente.

En el caso de que se haya expedido licencia para eventos, espectáculos, así como de fiestas o reuniones particulares que se celebren en clubes y centros sociales, deportivos, hoteles, moteles, restaurantes, salones para fiesta y centros de convenciones, así como en las licencias de degustación y lugares fijos de concentración masiva, el horario será fijado por las autoridades que otorgue la licencia o permiso correspondientes, de domingo a jueves sin que pueda exceder de las 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado sin excederse de las 2:00 horas del día siguiente.

En los centros nocturnos, discotecas y salones de baile, la venta de bebidas alcohólicas se terminará treinta minutos antes de que concluya el horario fijado al establecimiento para su cierre, de manera tal que, a la hora del cierre del mismo, no deberá permanecer ningún cliente en su interior.

LAS SANCIONES
El propietario, tenedor, franquiciatario, representante legal o encargado de establecimientos con venta y consumo de bebidas alcohólicas que no respete los horarios y días para la venta de bebidas alcohólicas establecidos en el presente Decreto, se hará acreedor a la clausura del inmueble en términos del Reglamento para la Expedición de Licencias o Refrendos para el Funcionamiento de Establecimientos Destinados a la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Tlaxcala.

Cuando la autoridad estatal o municipal haya determinado la prohibición de la distribución, venta y suministro de bebidas alcohólicas, deberá dar aviso por escrito a las personas titulares de las licencias y a la población a través de la publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y de los medios de comunicación masiva, por lo menos con 24 horas de anticipación al inicio de la suspensión, especificando el día y la hora en que inicia y concluye la suspensión temporal determinada, exceptuando los casos en que la suspensión sea por caso de riesgo, emergencia o por causa de seguridad pública.

ADIÓS A LAS “BANQUETERAS”
El Artículo 10 del Decreto específica que queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública y el incumplimiento constituye una falta administrativa que será sancionada con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa de veinte U’MAS (Unidad de Medida y Actualización). Los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias serán los responsables de la imposición de este tipo de sanciones.

Asimismo, queda prohibido, aún en envases cerrados, la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad y su incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento a través de las autoridades competentes.

Los lugares de expendio de bebidas alcohólicas no podrán instalarse en un radio inferior a los 150 a la redonda de los centros escolares de cualquier nivel educativo y su incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento.

La venta y consumo de bebidas alcohólicas en general en campos deportivos, donde se practique cualquier deporte de conjunto como futbol, basquetbol, voleibol y otros de similar naturaleza, en un radio no inferior a 150 metros a la redonda respecto de dichos lugares también queda prohibido y el desacato a esta disposición será sancionado con la clausura y decomiso de los productos y las sanciones administrativas que correspondan, en su caso, clausura definitiva del estanquillo o expendio por las autoridades competentes.

También queda prohibido conducir vehículos motorizados de cualquier tipo cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 miligramos por litro, o de alcohol en el aire expirando superior a 0.4 miligramos por litro al conducir, entre otras restricciones.

52 alcaldes firmaron el Decreto por el que se establecen limitantes y horarios para la operación de los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en Tlaxcala.
El Decreto se aplicará a los establecimientos descritos en los artículos 155 y 156 del Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

Dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor del Decreto, los Ayuntamientos deberán de hacer las reformas que correspondan a sus bandos municipales.

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Hallan a policía auxiliar sin vida por disparo en Las Animas; presumen suicidio

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PUEBLA, Pue. — Un elemento de la Policía Auxiliar perdió la vida este jueves tras recibir un disparo de arma de fuego en las inmediaciones de la zona comercial y residencial de Las Ánimas, en la capital poblana. Las primeras investigaciones de las autoridades apuntan a que se habría tratado de un acto intencional por parte de la propia víctima.

Los hechos se registraron sobre el circuito comercial de la zona, donde comerciantes y transeúntes alertaron a los servicios de emergencia al escuchar la detonación. Al sitio arribaron paramédicos y elementos de seguridad pública, quienes al valorar al oficial confirmaron que ya no contaba con signos vitales debido a la gravedad de la lesión por proyectil de arma de fuego.

Diligencias e investigación
Zona de los hechos fue acordonada por elementos de la Policía Municipal y Estatal para resguardar la escena, en espera del personal de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla. Peritos y agentes de investigación del área de Homicidios se encargaron de realizar el levantamiento del cuerpo y el aseguramiento del arma para integrar la carpeta correspondiente.

Dato: Aunque las primeras líneas de investigación orientan el caso hacia un posible suicidio, la Fiscalía mantendrá abiertas todas las hipótesis hasta concluir los dictámenes periciales y las necropsias de ley.

Hasta el momento, las autoridades no han revelado la identidad oficial del efectivo ni los motivos que habrían desencadenado el suceso. Se espera que en las próximas horas la Secretaría de Seguridad Pública o la FGE emitan un comunicado oficial para esclarecer los detalles de este trágico acontecimiento.

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Con una inversión de 12 mil MDP, en septiembre inicia la ampliación de la caseta de Amozoc; concluirá en 2027

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Con el objetivo de solucionar los graves problemas de congestión vehicular en una de las arterias viales más transitadas del país, las obras de modernización y ampliación de la caseta de Amozoc arrancarán el próximo mes de septiembre, requiriendo una inversión calculada en 12 mil millones de pesos.

El proyecto, cuya conclusión está proyectada para 2027, busca transformar de manera integral la infraestructura de peaje en la autopista Puebla-Acatzingo, reduciendo drásticamente las filas que actualmente superan los 40 minutos de espera en horas pico.

Detalles de la obra y reubicación

De acuerdo con la información dada a conocer por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), los trabajos contemplan una reubicación de 1.5 kilómetros hacia el oriente (en dirección a Veracruz). Esta medida es necesaria debido a que la ubicación actual no cuenta con el espacio físico requerido para expandir la plaza de cobro.

Entre las intervenciones clave destacan:

  • Expansión de capacidad: La infraestructura pasará de sus puntos actuales a 12 carriles por sentido.
  • Financiamiento garantizado: Los recursos provienen del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), mientras que la ejecución estará a cargo de Caminos y Puentes Federales (Capufe).
  • Impacto vial: Facilitará el flujo de carga y automovilistas particulares hacia el Periférico Ecológico, la carretera Amozoc-Perote y los parques industriales del oriente del estado.

Plazos de ejecución y beneficios

Con un tiempo estimado de ejecución de poco más de un año, la obra dará inicio en las últimas semanas de septiembre y quedará lista a lo largo de 2027. Se prevé que esta modernización no solo agilice el traslado de mercancías y usuarios entre el centro y el sureste del país, sino que también incremente la seguridad vial en este tramo carretero.

Para conocer más detalles sobre la reubicación y el número de carriles que tendrá la nueva autopista Puebla-Acatzingo, puedes consultar este informativo reporte en video sobre la reubicación de la caseta de Amozoc.

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Apuesta BUAP por el análisis sin sesgos con su nuevo Observatorio Económico Financiero

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La iniciativa, liderada por el académico Luis Alberto Bravo Pérez junto a 25 alumnos, busca interpretar datos oficiales sobre el panorama financiero y anticipar riesgos rumbo a 2026.

PUEBLA, Pue. — Con el compromiso de ofrecer un diagnóstico objetivo, riguroso y transparente sobre el rumbo financiero del país, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), a través de la Facultad de Economía, puso en marcha y presentó los primeros resultados del Observatorio Económico Financiero.

Encabezado por el docente e investigador Mtro. Luis Alberto Bravo Pérez, el proyecto nace con la misión central de analizar la evolución reciente de la economía mexicana sin inclinaciones políticas ni discursos ideológicos.

«Pensé en hacer este observatorio sin ningún tipo de sesgo: tomar los datos que nos ofrece el gobierno, ver qué nos dicen, interpretarlos y dárselos a la población en su conjunto y a la comunidad universitari, destacó Bravo Pérez durante la presentación.

Estructura y bloques de análisis

El observatorio involucra activamente a 25 estudiantes de las licenciaturas en Economía y en Finanzas, quienes recopilan, analizan, redactan y validan los datos que posteriormente son publicados en un boletín trimestral.

Para lograr un diagnóstico integral del panorama hacia el horizonte 2026, la investigación se divide en cinco ejes temáticos principales:

  1. Macroeconomía: Seguimiento de los principales indicadores de crecimiento e inflación.
  2. Tipo de cambio: Comportamiento del peso frente a divisas internacionales.
  3. Deuda pública: Nivel de endeudamiento y sostenibilidad de las finanzas estatales y federales.
  4. Análisis bursátil: Rendimiento de los mercados financieros y cotizaciones.
  5. Portafolios de inversión: Opciones de inversión, gestión de riesgo y rentabilidad.

Formación académica y valor social

Además de ofrecer información técnica accesible para la ciudadanía, este proyecto sirve como una plataforma de formación práctica para los universitarios. Al participar en el ciclo completo de investigación —desde la minería de datos hasta la edición final del boletín—, las y los alumnos desarrollan competencias clave en análisis financiero e interpretación de señales económicas tempranas.

Con esta iniciativa, la BUAP reafirma su papel como referente académico, poniendo el conocimiento científico y la investigación aplicada al servicio de la toma de decisiones informadas para la sociedad.

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