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Murillo Karam sera procesado por tortura y otros dos delitos

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El juez de control Marco Antonio Fuerte, vinculó a proceso al exprocurador general de la República, Jesús Murillo Karam, por tres delitos: contra la administración de justicia, tortura y desaparición forzada en el caso Ayotzinapa.

Hasta el momento, el juzgador no ha dictaminado si el exprocurador continuará en prisión preventiva o si el acusado podrá continuar su juicio en libertad.

Apenas el sábado pasado, un día después de su detención, el juez ordenó que Murillo Karam permaneciera en el Reclusorio Norte ya que consideró que existía el riesgo de que se fugara.

Jesús Murillo Karam puede aceptar que hubo errores o fallas en la investigación de la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa; sin embargo, “nadie ha podido tirar la verdad histórica”.

Durante su comparecencia, el exprocurador recordó que el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) ha estado presente a lo largo de la investigación, e incluso han buscado alternativas, sin embargo, todas las opciones se han caído.

Además dijo que han habido grupos de investigación procedentes de Argentina e interamericanos que han participado en la investigación, así como en la elección de lugares y la forma en la que se revisaron los restos para identificar a los estudiantes desaparecidos.

Jesús Murillo Karam fue detenido el 19 de agosto, un día después de que se ofreciera el informe sobre el caso Ayotzinapa por Alejandro Encinas, subsecretario de Gobernación.

Se acusa que la llamada “Verdad Histórica”, con la que el gobierno de Enrique Peña Nieto entregó una respuesta oficial sobre el caso Ayotzinapa, se construyó con pruebas falsas, además de que presuntamente se torturaron a personas para obtener testimonios falsos, uno de los casos más sonados es el de Tomás Zerón, exdirector de la Agencia de Investigación Criminal, que mediante la tortura obtuvo una declaración del presunto líder de la organización criminal Guerreros Unidos.

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Identifican como mexicanos a cuatro soldados de EU heridos en Irán

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Al menos cuatro soldados estadunidenses heridos en el conflicto contra Irán han sido identificados como mexicanos por el Pentágono, que hizo públicos los detalles de la operación Furia Épica iniciada hace cinco semanas y que ha dejado 13 militares del país norteamericano muertos.

Los cuatro soldados pertenecen al Ejército de los Estados Unidos, que ya contabiliza 247 heridos de un total de 365 heridos.Otros 63 heridos hacen parte de la Armada, 19 son de la Infantería de Marina y 36 de la Fuerza Aérea.

De los 13 fallecidos, siete pertenecen al Ejército y seis a la Fuerza Aérea.Las cifras han sido detalladas en el Sistema de Análisis de Bajas de la Defensa (DCAS) del Pentágono, que clasifica a otros tres soldados como hispanos.

El desglose no incluye las posibles bajas o heridos ocurridos este viernes cuando las fuerzas iraníes derribaron un caza estadunidense.

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Papa León XIV pide evitar uso de inteligencia artificial en homilías

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El Papa León XIV llamó a los sacerdotes a no recurrir a la inteligencia artificial para elaborar sermones, al considerar que la fe no puede transmitirse a través de herramientas tecnológicas.

El pontífice señaló que una homilía debe surgir de la experiencia personal, el contacto con la comunidad y la reflexión espiritual del propio sacerdote, elementos que ninguna plataforma digital puede sustituir.
Aunque actualmente existen aplicaciones que permiten generar discursos religiosos en segundos, con distintos estilos y enfoques, el Papa advirtió que depender de estos recursos podría debilitar la autenticidad del mensaje pastoral.

En su postura, subrayó la importancia de ejercitar el pensamiento y mantener el compromiso personal en la preparación de los mensajes religiosos, frente a una tendencia creciente de automatización en distintos ámbitos.

El pronunciamiento también evidencia que el uso de inteligencia artificial en la elaboración de contenidos religiosos ya es una práctica en expansión, lo que abre el debate sobre sus límites dentro de la vida espiritual.

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Derecho a pensión del IMSS para padres de trabajadores fallecidos

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Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un criterio relevante en materia de seguridad social: los padres de un trabajador fallecido pueden solicitar una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando existan otros posibles beneficiarios como cónyuge o hijos.

Este criterio modifica la forma en que tradicionalmente se analizaban estos casos. Durante años, el IMSS aplicó un esquema jerárquico en el que la pensión se otorgaba primero a la pareja o descendientes, dejando a los padres en una segunda instancia. Sin embargo, la Corte determinó que este enfoque puede resultar injusto cuando no toma en cuenta la dependencia económica real.
De acuerdo con la interpretación vigente, la existencia de esposa, esposo o hijos no cancela automáticamente el derecho de los padres. Lo que debe evaluarse es si estos dependían económicamente del trabajador fallecido. Esto implica que cada caso debe revisarse de manera individual, considerando las condiciones particulares de la familia.

La SCJN concluyó que negar la pensión bajo un criterio rígido puede vulnerar derechos, especialmente cuando los padres carecen de ingresos propios y dependían directamente del sustento del trabajador. Por ello, el análisis ya no debe centrarse únicamente en el parentesco, sino en la situación económica de quienes reclaman el beneficio.

No obstante, el acceso a la pensión no es automático. Entre los principales requisitos se encuentra comprobar la dependencia económica, además de que el trabajador haya estado cotizando al IMSS o dentro del periodo de conservación de derechos al momento de su fallecimiento. También pueden solicitarse documentos, testimonios u otras pruebas que respalden la solicitud.

En caso de que el IMSS rechace otorgar la pensión, los padres pueden acudir a instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría. Asimismo, existe la posibilidad de iniciar un proceso legal o solicitar una revisión del caso, apoyándose en el criterio establecido por la Corte.

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