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SCJN avala reforma de AMLO que disminuye los tiempos fiscales de radio y TV

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Por unanimidad de los ministros, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no dio la razón al Instituto Nacional Electoral (INE), y validó el decreto presidencial que reduce los tiempos con los que los concesionarios privados de radio y televisión cubren en especie los llamados “tiempos fiscales”.

El 7 de mayo del 2020, el INE presentó la controversia constitucional 101/2020 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra del decreto presidencial del 22 de abril de ese año, mismo que ordena disminuir los llamados tiempos fiscales  y, en consecuencia, los tiempos oficiales con que cuenta el Estado bajo el modelo de comunicación política previsto con la reforma constitucional de 2007.

Se trata de una polémica reforma promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en 2020, y aprobada por una mayoría de Morena y sus aliados legislativos en el Congreso, mediante la cual el Estado devolvió los tiempos oficiales a estaciones de radio y canales de televisión particulares.

Cabe destacar que la Constitución otorga al INE la competencia de administrar el tiempo que corresponde al Estado en radio y televisión, por un mínimo de 48 minutos durante un proceso electoral y el 12% de los tiempos oficiales durante el periodo ordinario.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentó al pleno de la Corte un proyecto que propuso validar el decreto del 23 de abril de 2020 que facultó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a recibir de los concesionarios de estaciones de radio y televisión el pago del impuesto correspondiente. El proyecto fue aprobado por unanimidad de los 11 ministros.

Pardo Rebolledo sostuvo que la Corte tiene competencia para resolver ese asunto porque no se impugnaron leyes electorales, sino la modificación de condiciones para el pago en especie del impuesto que deben cubrir los concesionarios de uso comercial de radio y televisión, “y si bien no se desconoce su vinculación con la materia electoral, se estima que toda vez que se alega una afectación directa sobre sus atribuciones constitucionales y no existe un medio de defensa electoral que pueda hacer valer el instituto para plantear la cuestión, se materializa una excepción que hace procedente la controversia constitucional”.

El ministro refirió que «el decreto disminuye los minutos relativos a los tiempos fiscales en periodos no electorales, lo que en sí mismo no se estima una violación a la facultad constitucional del INE, toda vez que la Constitución distingue entre tiempos fiscales para periodos electorales y no electorales, siendo que los primeros cuentan con una base constitucional de 48 minutos para ser administrados por el órgano autónomo, mientras que para el tiempo destinado al instituto actor en época no electoral se asignó un porcentaje de hasta el 12% del tiempo total de que el Estado disponga en radio y televisión como señala el artículo 41 (constitucional). De esta manera se considera que el decreto no trastoca la base constitucional de los 48 minutos, pues entra la disminución de los tiempos fiscales fuera de procesos electorales”.    

En su análisis, la ministra Loretta Ortiz consideró que el decreto “no tiene incidencia en las facultades del INE para administrar el tiempo que se ha destinado a sus propios fines (del INE) y al ejercicio de las prerrogativas que les corresponden a los partidos políticos de acceder a la radio y la televisión conforme al actual modelo de comunicación política”.  

El INE había argumentado que con esa medida, los tiempos fiscales de transmisión se reducen de 18 a 11 minutos diarios para canales de televisión y de 35 a 21 minutos diarios en estaciones de radio. Así, los minutos que se reducen, multiplicados por el número de concesionarios privados, implican que 6,034 spots se dejarán de transmitir a nivel nacional para dichos fines.

El INE argumentó una invasión a las competencias que tiene el Instituto como autoridad única en la administración de los tiempos oficiales que corresponden al Estado en radio y televisión, destinados a sus propios fines y al ejercicio de los partidos políticos nacionales, el cual tiene como finalidad garantizar la equidad en la contienda, el trato igualitario a la difusión de ideas y que la ciudadanía ejerza su derecho a la información en materia político electoral a través del voto informado.

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Embajadora de Israel en México minimiza inmensa cantidad de muertos en Gaza

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En el marco de las negociaciones de paz en Gaza, así como la liberación de activistas mexicanos secuestrados por Israel, la controversial embajadora del estado sionista en México, Einat Kranz Neiger, minimizó la enorme cantidad de civiles palestinos muertos y declaró que no se trata de un genocidio.

A través de una conferencia virtual para supuestamente recordar los sucesos del 7 de octubre del 2023, la representante diplomática también lanzó una serie de criticas en contra de las naciones en el mundo que reconocieron a Palestina como Estado, para presionar al régimen ultraconservador de Benjamín Netanyahu.

Pero la indignación estalló aún más cuando se le cuestiono por los dichos de múltiples organizaciones y expertos que han clasificado la situación en Gaza como un genocidio, y la mujer negara categóricamente este adjetivo, utilizando el argumento de que las masacres fueron parte de una “estrategia de defensa”.

“Israel no quiere hacerle daño al pueblo palestino, al contrario, lo vemos como una tragedia. ¡Lo lamentamos mucho! Hicimos todo lo que pudimos para minimizar la cantidad de víctimas”, declaró, pese a los comentarios de múltiples funcionarios israelís que pidieron el exterminio de todo el pueblo palestino.

En cuanto al secuestro de seis activistas mexicanos que se sumaron a la Global Sumud Flotilla que pretendía llevar medicina y comida a Gaza, la representante sionista negó que estos hayan sido maltratados, para luego mostrarse indiferente ante el hecho de que el canciller mexicano denunciara a Israel ante la ONU por esto.

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Sheinbaum descarta venta clandestina de bebidas azucaradas tras alza al IEPS

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Durante la conferencia de prensa de este 9 de octubre, la presidenta Claudia Sheinbaum negó que el incremento al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicado a las bebidas azucaradas genere un mercado informal o clandestino para su venta, como han señalado algunos medios de comunicación.

Sheinbaum subrayó que la medida tiene un fundamento científico, ya que el consumo excesivo de estos productos provoca serios daños a la salud, especialmente relacionados con enfermedades como diabetes e hipertensión.

La mandataria explicó que los impuestos a refrescos y sueros orales se mantienen, y que los recursos obtenidos por esta vía serán destinados directamente a programas de atención y prevención de enfermedades crónicas.

Asimismo, la presidenta hizo referencia a una encuesta de ENKOLL, en la que la mayoría de los consultados expresó apoyo a la política de salud pública impulsada por el gobierno respecto al consumo de bebidas azucaradas.

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Catrina del organillero: tributo a la música y la tradición en el valle de catrinas en Atlixco

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Durante el Festival Internacional Valle de Catrinas 2025, impulsado por la presidenta de Atlixco, Ariadna Ayala, una de las figuras más emblemáticas es “La Catrina del Organillero”, una escultura que rinde homenaje a uno de los oficios más entrañables y nostálgicos de México.

La pieza fue creada por Daniel López Méndez, pintor y muralista atlixquense que desde niño encontró en el arte una forma de expresar sus emociones y su amor por las tradiciones mexicanas.

Gracias al impulso de la presidenta Ariadna Ayala, el Valle de Catrinas se consolida como un espacio donde el arte, la cultura y la identidad mexicana cobran vida, fortaleciendo el orgullo y la proyección de Atlixco como la Capital del Día de Muertos.

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