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El 60% de los empleados trabaja después de su horario, ¿se consideran horas extra?

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Las horas extra están reguladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT), al igual que la compensación que deben recibir los trabajadores. A decir de especialistas, su objetivo es responder ante situaciones extraordinarias, pero en algunos casos, se han convertido en la regla. Según una encuesta de Indeed, el 60% de los empleados en México trabaja después de su horario ordinario de forma cotidiana.

Cuando las horas extra se convierten en parte de la rutina en una empresa, hay un problema, señala Alejandra Toscano, directora general de DNE Consulting. “El problema en las organizaciones es cuando todo se vuelve extraordinario y cuando esto pasa, la excepción se vuelve la regla. Un pedido que fue extraordinario que requiere de trabajo adicional para cumplir con el tiempo de entrega, pudo haberse dado por una mala negociación”.

El uso de las horas extra debe ser sólo “para salvaguardar la operación en una situación crítica”, subraya la consultora. “Cuando el uso del tiempo extraordinario se vuelve parte de la jornada laboral, ahí tenemos un problema”.

En nuestro país, 10.7 millones de trabajadores subordinados laboran más de 48 horas por semana, es decir, por arriba del límite legal. De este universo, la mitad tiene jornadas semanales que superan las 56 horas, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

Según la encuesta de Indeed, 11% de los empleados labora tiempo extraordinario todos los días de la semana, un 15% tiene horas extras tres veces por semana y para un 16% esto es algo que ocurre dos veces a la semana.

“Debemos entender que cuando estamos cansados, somos improductivos, y la productividad y el desempeño no están ligados al número de horas que trabajamos, sino a poner nuestras habilidades al máximo”, dice Rosalinda Ballesteros, directora general del Instituto de Ciencias del Bienestar Integral.

Sin embargo, hay una paradigma arraigado entre la fuerza laboral sobre el tiempo extraordinario. De acuerdo con la encuesta de Indeed, el 67% de los trabajadores asegura que las horas adicionales reflejan el compromiso que tienen con la empresa.

Pero cuando la jornada de trabajo se excede con frecuencia, las empresas deben mapear las cargas laborales y las actividades que se desempeñan. “Sí puede haber procesos extraordinarios, pero no en el día a día”, subraya Rosalinda Ballesteros.

El termómetro laboral de OCC Mundial muestra que los factores que más inciden en el tiempo de trabajo extraordinario son:


Cuando la jornada laboral se excede con frecuencia, se vuelve un hábito y un estilo de trabajo que genera otros círculos viciosos. “Llego tarde porque de todas formas me voy tarde. Las horas extras se vuelven una manera de compensar lo que hice o dejé de hacer en mi día a día”, expone Alejandra Toscano. En las compañías donde se presenta este fenómeno, agrega, el pago de tiempo extraordinario no se traduce en mayor productividad.

¿Cómo se pagan las horas extra?
De acuerdo con la LFT, el tiempo extraordinario no puede exceder las tres horas diarias, má´ximo tres veces a la semana. Por cada hora extra se paga el doble del salario que corresponde a una hora ordinaria.

Pero más allá de la remuneración legal, el tiempo extra se “debe compensar de alguna manera, porque al final es un esfuerzo adicional”, señala Alejandra Toscano. En este sentido, la especialista subraya que cada hora extra que labora una persona no sólo implica un mayor desgaste físico y mental, también es un tiempo que puede interferir con la vida personal.

En la experiencia de la consultora, adicional a la compensación legal que se debe otorgar por el tiempo laboral extraordinario, las empresas pueden proporcionar días de descanso adicionales, reducir el horario en días posteriores o permitir trabajo remoto. Sin embargo, apunta la consultora, el desafío real es hacer un análisis para entender cuántas horas extra se están laborando y cuáles son las causas.

El reporte de Indeed muestra que al menos el 40% de los trabajadores en México no recibe ninguna retribución adicional por el tiempo extraordinario que destina a sus labores.

“La recomendación sobre cómo compensar las horas va en línea con el tipo de actividad que las personas realizan y la Ley no puede llegar ahí porque eso es una particularidad para aumentar la permanencia, el compromiso y el bienestar de los colaboradores. Pero no hay una receta única”, dice Rosalinda Ballesteros.

De las personas que exceden su jornada laboral, el 60% recibe una recompensa adicional al pago legal, como bonos, días libres o alimentos, según la encuesta de Indeed.

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Sheinbaum presenta Boxeando por la Paz, programa que dará salario y seguro médico a boxeadores

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Durante la conferencia matutina encabezada por la presidenta Claudia Sheinbaum, se anunció el lanzamiento del programa social “Boxeando por la Paz”, una estrategia que busca fortalecer el deporte como herramienta de prevención y desarrollo social.

El encargado de detallar la iniciativa fue Carlos Gastón Torres Rosas, coordinador general de Programas para el Bienestar, quien explicó que el plan beneficiará a 5 mil boxeadoras y boxeadores en todo el país, además de impactar a más de 90 mil alumnos a través de gimnasios comunitarios. Los deportistas podrán integrarse a Jóvenes Construyendo el Futuro y recibirán un apoyo mensual equivalente al salario mínimo de 9 mil 582 pesos junto con seguro médico del IMSS.
El presidente del Consejo Mundial de Boxeo, Mauricio Sulaimán, reconoció el impulso del gobierno federal para profesionalizar esta disciplina. Destacó que todos los peleadores inscritos contarán con respaldo económico y cobertura médica, subrayando que no existe un programa similar en el mundo. Como acto simbólico, entregó a la mandataria un par de guantes conmemorativos por el arranque de la estrategia.

Por su parte, el boxeador profesional David Picasso celebró la iniciativa al señalar que miles de niñas y niños tienen talento, pero no siempre oportunidades. Afirmó que con este programa se evitará que los sueños deportivos queden truncos y se promoverá la prevención mediante el deporte y la educación.

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Fuga de Pemex amenaza contaminar el río Cazones en Veracruz

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Un derrame de hidrocarburo provocado por la ruptura de un ducto de Pemex mantiene en alerta a pobladores de San Miguel Mecatepec, en el municipio de Tihuatlán, Veracruz, debido al riesgo de que el contaminante alcance el río Cazones, uno de los afluentes más importantes del norte del estado.

La fuga comenzó desde la mañana del viernes en el cerro Mecatepec y, hasta ahora, no ha sido controlada en su totalidad. El crudo descendió por cauces naturales y avanzó a través de un canal cercano a una termoeléctrica, llegando a zonas habitadas como Ampliación Manantial, donde también se ubica un jardín de niños.
Ante la intensidad de los vapores y el fuerte olor a combustible, al menos seis familias fueron desalojadas la noche del sábado tras presentar irritación en ojos y vías respiratorias. Aunque se habilitó un albergue, los afectados decidieron resguardarse con familiares.

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SCJN elimina requisito de 6 meses para pensión por viudez IMSS

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Una resolución reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cambió los criterios para otorgar la pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al considerar inconstitucional exigir un tiempo mínimo de matrimonio o concubinato para acceder a este derecho. La determinación impacta principalmente a mujeres que, bajo el esquema anterior, quedaban fuera del beneficio por no cumplir con el requisito de duración de la relación.

Hasta ahora, la Ley del Seguro Social de 1973 establecía que la persona solicitante debía acreditar al menos seis meses de matrimonio antes del fallecimiento del asegurado o pensionado. En el caso del concubinato, también se pedía comprobar un periodo determinado de convivencia. Este candado dejaba sin protección a quienes, aun dependiendo económicamente del trabajador fallecido, no alcanzaban ese plazo.
El máximo tribunal resolvió que condicionar la pensión a la temporalidad del vínculo vulnera el principio de igualdad. En su análisis, sostuvo que todas las personas que se encuentren en circunstancias similares deben recibir el mismo trato, sin que la duración del matrimonio o la unión de hecho sea un factor para negar el acceso a una prestación de seguridad social.

Con el fallo, el IMSS deberá otorgar la pensión por viudez sin tomar en cuenta el tiempo que duró la relación, siempre que se cumplan los demás requisitos previstos en la ley. Es decir, la persona fallecida debió haber estado asegurada o pensionada al momento de su muerte, y quien solicite el beneficio deberá acreditar el vínculo y la dependencia económica conforme a las reglas vigentes.

Especialistas en seguridad social han señalado que esta decisión corrige una disposición que durante años generó controversia, pues en los hechos afectaba sobre todo a mujeres que, tras la muerte de su pareja, enfrentaban obstáculos administrativos para acceder a un ingreso que les permitiera sostenerse. En muchos casos, la negativa se basaba únicamente en no cumplir con el plazo mínimo, sin considerar la situación real de dependencia.

El instituto informó que ya ajustó sus lineamientos internos para eliminar el requisito de los seis meses. Las solicitudes pueden realizarse en las subdelegaciones correspondientes o a través de los canales oficiales. Entre los documentos habituales se encuentran el acta de defunción, identificación oficial, documentos que acrediten el matrimonio o concubinato y la información relacionada con la afiliación del trabajador fallecido.

La Corte subrayó que la finalidad de la pensión por viudez es brindar seguridad económica a la persona sobreviviente ante la pérdida del sostén familiar. Bajo esa lógica, imponer una condición basada únicamente en la duración del vínculo resulta desproporcionado y contrario al marco constitucional.

El cambio no modifica otros requisitos establecidos en la legislación, como la acreditación del parentesco o la comprobación de que no existe otra persona con mejor derecho. Sin embargo, elimina una barrera que durante décadas fue motivo de litigios y que obligó a muchas personas a recurrir a tribunales para defender su acceso a la prestación.

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