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Se vienen 30 controversias más en contra de Plan B electoral

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó 30 controversias constitucionales en contra del Plan B en materia electoral que luego de ser aprobado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 2 de marzo.

Fue el ministro Alberto Pérez Dayán quien aceptó el trámite de estas 30 controversias para impugnar las reformas que se hicieron a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Las controversias institucionales fueron presentadas por diferentes municipios de estados del país, entre los que se citan: el Estado de México, Coahuila, Durango, Querétaro, Guanajuato y Michoacán.

De acuerdo con los documentos, dichas reformas que forman parte del Plan B impiden destinar más del 0.1 por ciento del presupuesto en gastos relacionados con el área de comunicación social, situación que “vulnera la autonomía” de los ayuntamientos, señalan.

No obstante, la suspensión de esta nueva ley les fue negada, bajo el argumento de que la reforma no atenta contra ningún derecho humano.

Cabe señalar que, estas controversias contra el Plan B se suman a las más de 120 que se han presentado por parte de otras entidades de la República, como Puebla, Tlaxcala, Nuevo León, Jalisco, Yucatán, entre otros.

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SCJN elimina requisito de 6 meses para pensión por viudez IMSS

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Una resolución reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cambió los criterios para otorgar la pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al considerar inconstitucional exigir un tiempo mínimo de matrimonio o concubinato para acceder a este derecho. La determinación impacta principalmente a mujeres que, bajo el esquema anterior, quedaban fuera del beneficio por no cumplir con el requisito de duración de la relación.

Hasta ahora, la Ley del Seguro Social de 1973 establecía que la persona solicitante debía acreditar al menos seis meses de matrimonio antes del fallecimiento del asegurado o pensionado. En el caso del concubinato, también se pedía comprobar un periodo determinado de convivencia. Este candado dejaba sin protección a quienes, aun dependiendo económicamente del trabajador fallecido, no alcanzaban ese plazo.
El máximo tribunal resolvió que condicionar la pensión a la temporalidad del vínculo vulnera el principio de igualdad. En su análisis, sostuvo que todas las personas que se encuentren en circunstancias similares deben recibir el mismo trato, sin que la duración del matrimonio o la unión de hecho sea un factor para negar el acceso a una prestación de seguridad social.

Con el fallo, el IMSS deberá otorgar la pensión por viudez sin tomar en cuenta el tiempo que duró la relación, siempre que se cumplan los demás requisitos previstos en la ley. Es decir, la persona fallecida debió haber estado asegurada o pensionada al momento de su muerte, y quien solicite el beneficio deberá acreditar el vínculo y la dependencia económica conforme a las reglas vigentes.

Especialistas en seguridad social han señalado que esta decisión corrige una disposición que durante años generó controversia, pues en los hechos afectaba sobre todo a mujeres que, tras la muerte de su pareja, enfrentaban obstáculos administrativos para acceder a un ingreso que les permitiera sostenerse. En muchos casos, la negativa se basaba únicamente en no cumplir con el plazo mínimo, sin considerar la situación real de dependencia.

El instituto informó que ya ajustó sus lineamientos internos para eliminar el requisito de los seis meses. Las solicitudes pueden realizarse en las subdelegaciones correspondientes o a través de los canales oficiales. Entre los documentos habituales se encuentran el acta de defunción, identificación oficial, documentos que acrediten el matrimonio o concubinato y la información relacionada con la afiliación del trabajador fallecido.

La Corte subrayó que la finalidad de la pensión por viudez es brindar seguridad económica a la persona sobreviviente ante la pérdida del sostén familiar. Bajo esa lógica, imponer una condición basada únicamente en la duración del vínculo resulta desproporcionado y contrario al marco constitucional.

El cambio no modifica otros requisitos establecidos en la legislación, como la acreditación del parentesco o la comprobación de que no existe otra persona con mejor derecho. Sin embargo, elimina una barrera que durante décadas fue motivo de litigios y que obligó a muchas personas a recurrir a tribunales para defender su acceso a la prestación.

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Un adolescente asesinó a balazos a su padre y hermano en CDMX

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La madrugada de este viernes un adolescente asesinó a balazos a su padre y hermano en la delegación Seminario 2 de marzo en la Ciudad de México.

Ante el llamado de emergencia, elementos de Policía localizaron a dos hombres con heridas por proyectil de arma de fuego. Personal médico confirmó que ya no contaban con signos vitales.
Por su parte la Fiscalía General de Justicia del Estado de México abrió una carpeta de investigación para esclarecer los hechos.

Hasta ahora se desconoce la edad del adolescente y el móvil del crimen.

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Cineteca Nacional irá a paro por demandas laborales

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Trabajadores de la Cineteca Nacional anunciaron un paro de actividades programado para el 14 de febrero de 2026, en protesta por lo que describen como condiciones laborales precarias y falta de regularización en pagos y contratos. La movilización es impulsada por la organización interna conocida como Colectiva Cineteca, que agrupa a empleados de distintas áreas operativas y administrativas.

De acuerdo con los comunicados difundidos por el personal, cerca del 70 por ciento de la plantilla —alrededor de 240 personas— trabaja bajo el esquema de honorarios, sin acceso a seguridad social ni prestaciones establecidas en la ley. También señalan retrasos en pagos, contratos temporales de corta duración y sobrecarga de labores, situación que, afirman, se ha intensificado tras la apertura de nuevas sedes.
Entre las principales demandas se encuentran la formalización de jornadas laborales de 40 horas semanales con dos días de descanso, contratos permanentes o con vigencia mínima de tres años, acceso a prestaciones de ley y mayor claridad en la asignación de salarios conforme a las funciones desempeñadas. Asimismo, piden la contratación de más personal para atender la demanda operativa en las tres sedes y ajustes salariales acordes con las responsabilidades de cada puesto.

El paro está previsto para el sábado 14 de febrero a las 13:00 horas y abarcaría las instalaciones de la sede principal en Xoco, en la alcaldía Benito Juárez, así como los complejos ubicados en Chapultepec y en el Centro Nacional de las Artes, al sur de la Ciudad de México. La protesta, según sus organizadores, será pacífica y busca visibilizar la situación laboral ante la comunidad cinematográfica y el público. Se ha convocado a asistir con pancartas bajo la consigna “Cineteca Nacional por la dignidad laboral”.

Por su parte, la institución informó que ha realizado gestiones administrativas para regularizar pagos pendientes y que la mayoría de los prestadores de servicios recibió el pago correspondiente a enero. También confirmó la programación de una reunión con representantes del personal para abordar la renovación de contratos y explorar posibles soluciones.

Hasta el momento, el paro continúa en pie. De no alcanzarse un acuerdo antes de la fecha señalada, podrían verse afectadas funciones, proyecciones y actividades culturales programadas en uno de los recintos más relevantes para la exhibición cinematográfica en el país.

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