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Rechazan reforma eléctrica de AMLO

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La noche de este domingo diputados de oposición rechazaron la reforma energética del Presidente Andrés Manuel López Obrador Se trata de la primera vez que se da marcha atrás a una iniciativa respaldada por Morena y sus aliados. Las bancadas del PRI, PAN, PRD, y MC evitaron que el grupo mayoritario alcanzara los 333 votos necesarios para avalarla, y amagaron con batear las otras reformas constitucionales (electoral y a la Guardia Nacional) que anunció el Ejecutivo “si continúan con esa actitud soberbia”.
La propuesta fue desechada por 275 a favor, pero 223 votos en contra. El aún priista Carlos Miguel Aysa sufragó a favor, mientras que el diputado del PVEM, Andrés Pintos Caballero, lo hizo en contra. Además, hubo una ausencia de la perredista Laura Fernández quien pidió licencia para competir por la gubernatura de Quintana Roo y no cuenta con suplente.
La maratónica sesión inició a las 11:15 horas, aunque tras un receso, se retomó en punto de las 14:56 horas. Desde el inicio de la discusión, el dirigente nacional del PRI, Alejandro Morena Cárdenas, adelantó que Morena sufriría la derrota “más grande” y “más monumental” en lo que va de la legislatura.

“No vamos a permitir que consumen un acto de traición a la patria, y eso es lo que quieren hacer ustedes”, declaró, y advirtió a los legisladores guindas que “si continúan con esa actitud soberbia”, ninguna reforma constitucional pasará en lo que resta de la 65 legislatura.

Jorge Romero, coordinador de la bancada del PAN recordó que “muchos apostaban a que se iba a disolver la coalición Va por México”, pero aseguró que se equivocaron, “porque hoy está más unida que nunca”: “Y lo estamos porque estamos cumpliendo con lo que nos encargaron millones de personas hace casi un año, que por cierto no es hacerles la contra, lo que nos encargó la gente fue cuidar y defender a nuestra Constitución”.

Al fijar su postura, el líder de MC en San Lázaro, Jorge Álvarez Máynez, llamó a los diputados de Morena y sus aliados a hacerle caso al presidente; “Compañeros, rebélense, hagan lo correcto, rebélense, voten con conciencia”.

En su oportunidad, el coordinador del PRD, Luis Espinosa Cházaro, recordó que la coalición Va por México presentó una propuesta de 12 puntos, y sostuvo que “es falso que estos se hayan retomado”. El diputado fue interrumpido por la legisladora petista Margarita García, quien se paró frente a él con una pancarta que decía “les dieron Moches”, por lo que el perredista respondió:

“No nos dieron moches, esos se los dieron a José Ratón o José Ramón, y se los dieron a una empresa de energéticos a cambio de la casa gris”.

En cada posicionamiento de la oposición circularon pancartas con diversas leyendas como “somos la resistencia democrática”, “no a la Ley Bartlett”, “no hay mayor patria que el planeta”, y “en defensa de las energías limpias”, entre otras.

A la defensa salió el vicecoordinador del Partido del Trabajo (PT), Gerardo Fernández Noroña, y aseguró que este domingo, la oposición cavó su tumba política.

“Hoy la oposición es traidora a la patria, es traidora confesa, y hagan lo que hagan el día de hoy, voten como voten, quienes están cavando su tumba política son ustedes, están en este momento entregándonos nuevamente la presidencia de la república en 2024”, declaró.

El grupo parlamentario del PVEM, justificó su respaldo a la iniciativa. el coordinador Carlos Puente, aceptó que su partido se equivocó en 2013, pero afirmó que tuvo la humildad de rectificar, ya que “es de sabios cambiar de opinión”.

En tanto, el coordinador de Morena, Ignacio Mier, calificó al PRI como un “remedo” de partido, tras reproducir un audio de Adolfo López Mateos, durante un discurso realizado el 27 de septiembre de 1960 cuando nacionalizó la industria eléctrica.

 “Hoy tienen ustedes la oportunidad de beneficiar a México, sobre todo el PRI, que todavía le prende veladoras a Lázaro Cárdenas y al gran presidente López Mateos, ¿pero hoy qué son? Un remedo de partido, traidores a la patria”, señaló.

El dictamen rechazado proponía reformar los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución. Entre otras cosas, establecía convertir a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en un organismo del Estado con personalidad jurídica y patrimonio propio, y le permitía generar al menos 54 por ciento de la energía, mientras que limitaba al sector privado a generar hasta 46 por ciento. También ordenaba que el Litio fuese propiedad del Estado y prohibía su explotación a empresas privadas.

Proponía eliminar a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) sin embargo, entre las modificaciones aceptadas se avaló mantenerlas, también se aceptó reconocer los contratos de generación distribuida existentes, permitir contratos para el autoconsumo con generación distribuida, e instalar de paneles solares, entre otras propuestas de Va por México.

Mier Velazco aseveró que al dictamen se agregaron 10 de los 12 puntos de la oposición, por lo que les pidió votar a favor y no hipotecar su honra.

“Si algunos pensaron en recibir maletas de dinero, privilegios o favores, estuvieron completamente equivocados. Reflexionen si quieren subordinarse al dinero y a las empresas extranjeras como lo hicieron los malos legisladores en el 2013. No hipotequen su honra, porque no va a haber dinero para que la recuperen”, concluyó, y comenzó a cantar el Himno Nacional justo a sus compañeros de bancada.

Tras el rechazo del dictamen, el presidente del PRI, Alejandro Moreno denunció que desde el gobierno federal, “a través de muchos mensajeros”, se han mandado amenazas con abrir expedientes judiciales en contra de priistas y colaboradores, por no votar en favor de la reforma eléctrica, y adelantó que denunciará ante instancias internacionales “estos intentos ilegales por utilizar los órganos de justicia del Estado mexicano para perseguir a los opositores”. 

Al respecto, el coordinador de Morena, Ignacio Mier evitó confirmar o desmentir los dichos de Alejandro Morena, y señaló que “eso le corresponde a otros órganos de revisión”.

“Eso no lo sé, le corresponde a otros órganos de revisión como la Auditoría Superior del Estado de Campeche, en el caso de recursos federales a la Auditoría Superior de la Federación, y derivado de todo el procedimiento de revisión, cuando hubiese un pliego de observaciones ya sería competencia de las fiscalías, pero yo no me meto en eso”.

Tras más de 12 horas de debate, y el rechazo de la iniciativa presidencial, se citó a sesión para este mismo lunes, donde se prevé subir una nueva iniciativa del Ejecutivo para nacional el litio, misma que se subiría al pleno como de urgente resolución para ser votada este mismo lunes.

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IMSS pretende reducir el tiempo de espera de pacientes

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En el centro vacacional IMSS de Metepec, junta auxiliar de Atlixco, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) llevó a cabo el curso de gestión estratégica de los procesos sustantivos y de apoyo en segundo nivel de atención médica.

Este ejercicio formativo tuvo como propósito reforzar la estrategia nacional 2-30-100 orientada a mejorar la experiencia de los pacientes, reducir los tiempos de espera y optimizar los recursos institucionales dentro del sistema de salud pública.

La capacitación estuvo dirigida a personal administrativo y operativo con el fin de esfuerzos articulares entre las áreas médicas y de gestión para lograr una atención más eficiente y humanizada.

El secretario general del IMSS, Jorge Gaviño Ambriz, subrayó el seguro social se encuentra en un proceso de mejora continua y este tipo de actividades permite intercambiar buenas prácticas y fortalecer el trabajo en las unidades médicas del instituto.

María Magdalena Tinajero Esquivel, titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada (OOAD) del IMSS en Puebla, destacó la gestión directiva es clave para alcanzar las metas institucionales.

Entre las metas prioritarias se encuentran: la valoración integral de pacientes, el diseño de estrategias para la referencia y contrarreferencia entre los tres niveles de atención médica.

Además de la certificación de comedores hospitalarios y la administración eficiente de camas hospitalarias.

La estrategia 2-30-100, explicó Tinajero Esquivel, busca concretar 2 millones de cirugías, 30 millones de consultas de especialidad y 100 millones de consultas de Medicina Familiar durante este año.

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Aprueban Diputados crear CURP con datos biométricos

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general, y en lo particular en sus términos, la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de dos leyes generales, en materia de fortalecimiento de la legislación sobre búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas.

Los cambios a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, fueron avalados en lo general con 438 votos a favor, 38 en contra y cero abstenciones. En lo particular y en sus términos recibió 417 votos en pro, 60 en contra y cero abstenciones.

En tanto, las reformas y adiciones a la Ley General de Población, en lo general registraron 340 votos en pro, 104 en contra y 24 abstenciones. En lo particular y en términos del proyecto de decreto se emitieron 345 votos a favor, 129 en contra y cero abstenciones.

La minuta, producto de una iniciativa presentada por la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, fue considerada en votación económica de urgente resolución y se sometió a discusión y votación de inmediato. Fue remitida al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas

En la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas se establece la Alerta Nacional de Búsqueda, Localización e Identificación, ante la noticia, reporte o denuncia de persona desaparecida o no localizada, que deberá activarse en todo el país.

Se crea la Base Nacional de Carpetas de Investigación de Personas Desaparecidas y No Localizadas. La Comisión Nacional de Búsqueda deberá emitir el Protocolo para la activación de la Alerta, el cual deberá establecer, como elementos mínimos, el mecanismo para su activación y operación que asegure la coordinación de las autoridades federales y locales, así como las obligaciones específicas de las instituciones competentes.

Define a las autoridades como las dependencias, sus órganos administrativos desconcentrados, y entidades de la Administración Pública Federal, los poderes Legislativo y Judicial, sus respectivos homólogos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como los organismos con autonomía constitucional.

Incorpora la Plataforma Única de Identidad como la herramienta para la consulta, validación y gestión de las Claves Únicas de Registro de Población, a que se refiere la Ley General de Población. Los Registros Administrativos serán las bases de datos de cualquier autoridad que integren datos biométricos o identificativos de las personas, con motivo de los trámites o servicios que brindan.

Mientras que la Clave Única de Registro de Población será la fuente única de identidad de las personas, que permite asociar a una persona con cualquier registro en poder de autoridades y particulares de cualquier naturaleza, que servirá como mecanismo para el cruce, alerta y consulta de la información de sus bases de datos, para el cumplimiento del objeto de la presente Ley General.

A la Base Nacional de Carpetas de Investigación se le entenderá como el registro que contiene los datos de las carpetas de investigación o averiguaciones previas iniciadas por los delitos de desaparición forzada de personas y de desaparición cometida por particulares, la cual será operada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y actualizada en tiempo real por las fiscalías especializadas.

La Familia Social será la persona o conjunto de personas cercanas a la persona desaparecida o no localizada que mantienen o mantuvieron vínculos significativos de afecto, cuidado, convivencia o acompañamiento solidario, independientemente de la existencia de lazos consanguíneos, legales o de parentesco formal, de conformidad con los protocolos vigentes.

El Nombre Social será el vocativo por el cual se reconoce, identifica y alude a la persona en sus relaciones personales dentro de los contextos específicos y consiste en el nombre que una persona se autoasigna.

Define a la Ficha de Búsqueda como el documento oficial generado por la autoridad competente al momento de recibirse una noticia, reporte o denuncia de desaparición o no localización de una persona, que contiene los datos esenciales para su identificación, búsqueda, localización e investigación.

Precisa que la Plataforma Única de Identidad será la fuente primaria de consulta permanente y en tiempo real, se interconectará con bases de datos o sistemas de información que permitan realizar búsquedas continuas entre los siguientes registros: el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, la Base Nacional de Carpetas de Investigación, el Banco Nacional de Datos Forenses y los Registros Administrativos.

También, cualquier registro, base o sistema de información de particulares que presten servicios financieros, de transporte, salud física y mental, telecomunicaciones, educación, asistencia privada, paquetería y servicios de entrega, registros patronales y de seguridad social, religiosos, los establecimientos residenciales de atención a las adicciones, así como toda institución privada que administre registros o bases de datos de personas, cuya consulta sea necesaria para la investigación, búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas.

El uso de la Plataforma Única está condicionado a la existencia previa del Folio Único de Búsqueda o del número de carpeta de investigación y se limitará exclusivamente a la consulta de los datos relacionados con la persona desaparecida.

La Plataforma Única contará con un diseño descentralizado y apegado a los principios y obligaciones en materia de tratamiento de datos personales conforme a lo previsto en las Leyes y disposiciones jurídicas aplicables en materia de protección de datos personales.

Además, permitirá realizar el monitoreo continuo para el seguimiento de la Clave Única de Registro de Población de una persona desaparecida o no localizada, con el fin de identificar cualquier movimiento, registro o actualización que pudiera aportar información para la investigación, búsqueda, localización o identificación.

También, generar avisos en tiempo real a las autoridades competentes, cuando exista un uso de la Clave Única de Registro de Población de una persona desaparecida o no localizada en los registros de los sujetos obligados, realizar búsquedas continuas entre registros, y generar avisos cuando existan posibles coincidencias e indicios que lleven a la investigación, búsqueda, localización o identificación de una Persona Desaparecida o No Localizada.

La Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población, habilitará los accesos necesarios para que la Fiscalía, fiscalías locales, la Comisión Nacional y las comisiones locales de búsqueda, tengan acceso a la Plataforma Única de Identidad para la consulta de información requerida para la investigación, búsqueda, localización e identificación de Personas Desaparecidas o No Localizadas.

Se conservará registro de toda búsqueda o consulta de la Plataforma Única de Identidad y se establecerán mecanismos efectivos de notificación y consulta. El acceso de la Fiscalía, las fiscalías locales, la Comisión Nacional y las comisiones locales de búsqueda a la Plataforma estará sujeto a las medidas de seguridad y niveles de acceso establecidos y protocolos de actuación, y se limita exclusivamente a fines de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas o no localizadas.

Toda autoridad y particular de cualquier naturaleza que tenga a su cargo datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, deberá permitir a las fiscalías, las autoridades a las que se refiere el artículo 21 constitucional y actuando bajo la conducción y mando del Ministerio Público, así como la Comisión Nacional de Búsqueda y las comisiones locales de búsqueda la consulta inmediata de la información sobre personas desaparecidas o no localizadas contenida en sus registros, bases de datos o sistemas de información, exclusivamente para su búsqueda, localización, identificación en coordinación con la investigación.

Precisa que la autoridad competente que reciba una noticia, reporte o denuncia por la desaparición o no localización de una persona, la registrará sin dilación alguna en el Registro Nacional y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación, y remitirá por los medios disponibles a las fiscalías especializadas y comisiones locales de búsqueda una Ficha de Búsqueda, conforme al protocolo de Alerta Nacional de Búsqueda Localización, debiendo asegurarse de la recepción. En este último supuesto las fiscalías, de oficio y sin demora, deberán completar el registro en la Base Nacional de Carpetas de Investigación.

La Ficha de Búsqueda deberá difundirse de manera masiva por todos los medios disponibles entre las autoridades; se notificará al Registro Nacional de Población, con la finalidad de que se activen en la Plataforma Única de Identidad los alertamientos de usos de la Clave Única de Registro de Población de Persona Desaparecida o No Localizada, o la búsqueda de coincidencias con sus datos identificativos.

Hace mención que a las personas participantes que no intervinieron directamente en la privación de la libertad ni en la privación de la vida de la víctima y proporcionen información efectiva que permita la localización con vida de la víctima o conduzca a la localización del cadáver o los restos humanos de la Persona Desaparecida, se les impondrá una pena de ocho a doce años de prisión y multa de tres mil a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Se considerará grave el uso de la Plataforma Única de Identidad, así como el uso de la información generada por ella, con fines distintos a los señalados en la Ley. El incumplimiento por parte de los particulares que posean bases de datos, registros o información y que de conformidad con esta Ley se encuentren obligados a permitir su acceso, proporcionar y actualizar información, serán sancionados con multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo cual será verificado y sancionado por la Secretaría de Gobernación.

La Fiscalía y las fiscalías locales deberán enviar de forma mensual al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública un informe que contenga el número de Personas Desaparecidas y No Localizadas durante el periodo, el número de carpetas de investigación o averiguaciones previas por los delitos previstos en esta Ley, el estado procesal de las carpetas de investigación o averiguaciones previas a que se refiere la fracción anterior; acciones emprendidas para su búsqueda e identificación, y cualquier otra información que sea relevante para el seguimiento cumplimiento de los objetivos previstos en esta Ley.

En el régimen transitorio se expone que las entidades federativas y municipios, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberán armonizar la normatividad que regulen panteones, cementerios, servicios funerarios, crematorios, fosas comunes y cualquier espacio destinado a la disposición final de cuerpos humanos, ya sean instituciones públicas o privadas.

Para establecer al menos la obligación de llevar registros precisos, digitalizados y actualizados de los cuerpos inhumados, cremados o trasladados, indicando características físicas, ubicación exacta, fecha y medio de disposición, vincular dichos registros al Sistema Nacional de Búsqueda, conforme a los lineamientos técnicos emitidos por la Comisión Nacional de Búsqueda, y las obligaciones que permitan el cumplimiento de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

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Puebla, con siete de los 81 hospitales del IMSS-Coplamar adheridos al régimen ordinario

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El estado de Puebla cuenta con siete de las 81 unidades médicas a nivel nacional, que están adheridas programa IMSS-COPLAMAR, pero que a partir de ahora, se integrarán al régimen ordinario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Durante la conferencia matutina de este 1 julio en Palacio Nacional, el director del Instituto, Zoé Robledo Aburto, dio a conocer que actualmente, hay un total de 19 entidades federativas que cuentan con hospitales de este tipo.

La demarcación poblana también se integrará a este nuevo decreto con el objetivo de atender por igual a personas con seguridad social y quienes no gozan de este beneficio.

En toda la República Mexicana, suman 2 mil 730 camas, 93 quirófanos, mil 098 consultorios de especialidades como pediatría, ginecología, así como de medicina interna y familiar, con las sedes recién integradas.

Según comentó el funcionario federal, habrá una provisión presupuestal de los recursos del IMSS, para que pueda ser destinado en los hospitales que pasan al régimen ordinario.

Este martes, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó un decreto para ingresar a esta nueva etapa del sistema salud, con la adhesión del IMSS-Coplamar.

De esa manera, en Puebla habrá un total de un millón 203 mil 362 millones de usuarios que podrán atenderse y ser beneficiarios del programa.

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