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SCJN ordena la libertad inmediata de Alejandra Cuevas y absuelve a Laura Morán

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación absolvió a la señora Laura Morán Servín del supuesto homicidio por omisión de cuidado de Federico Gertz, hermano del titular de la Fiscalía General de la República, Alejandro Gertz Manero.

Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó amparo liso y llano a Alejandra Cuevas, y decretó su absoluta e inmediata libertad. En el mismo caso, la Corte absolvió a la señora Laura Morán Servín del supuesto homicidio por omisión de cuidado de Federico Gertz, hermano del titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero.

“Se instruye en este momento a la Secretaría General de Acuerdos para que, por los medios más eficaces y expeditos, notifique a las autoridades correspondientes la determinación de este tribunal pleno y en consecuencia se ponga en absoluta e inmediata libertad a la quejosa Alejandra Guadalupe Cuevas Morán, por lo que se refiere a la causa penal 190/2020 del índice del Juzgado Sexagésimo Séptimo Penal de la Ciudad de México”, dijo el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

Afuera de la SCJN, familiares de las dos personas absueltas celebraron el fallo, y acusaron al fiscal Alejandro Gertz Manero de fabricar pruebas en el caso. Alonso Castillo Cuevas, hijo de Alejandra Cuevas, dijo que este asunto será un referente del abuso de la prisión preventiva oficiosa, como también del Estado de Derecho y la presunción de inocencia.

Unos minutos después de la instrucción de la Suprema Corte, a las 15:45 horas de este lunes, Alejandra Cuevas fue liberada del reclusorio femenil de Santa Martha Acatitla de la Ciudad de México. Agradeció a activistas, abogados y sociedad civil que se pronunciaron sobre su caso.

“Tengo la certeza que sin ustedes, el fiscal de la República, Alejandro Gertz Manero, me hubiera sepultado para siempre en la cárcel con un delito que él fabricó”, dijo.

Cuevas Morán agradeció al Poder Judicial de la Federación la revisión de su caso, y anunció que pedirá una audiencia con el presidente Andrés Manuel López Obrador para pedirle protección para ella, sus hijos y su madre Laura Morán.

Por unanimidad de los ministros, en la revisión de los amparos 541/2021 y 540/2021, la Suprema Corte determinó que la orden de aprehensión y el auto de formal prisión dictados en contra de Laura Morán y Alejandra Cuevas, respectivamente, son inconstitucionales, ya que la autoridad no acreditó los requisitos que establece la Constitución para ello.

En el caso de la señora Laura Morán, luego de analizar las pruebas del expediente, el máximo tribunal determinó que procuró, de acuerdo con sus posibilidades, atención y cuidados a su pareja, pues confió su salud a personal técnicamente preparado para ello, por lo que no se demostró que hubiera incurrido en un delito bajo la modalidad de “comisión por omisión”.

Por lo que hace a la señora Alejandra Cuevas, la Suprema Corte concluyó que fue incorrecto atribuir el fallecimiento del señor Federico Gertz bajo la figura de “garante accesoria”. Ello, pues se trata de una figura inexistente en la ley; además de que, si bien colaboró con su madre en algunas de las tareas de cuidado, no existe evidencia alguna de la que se desprenda que aceptó hacerse cargo del enfermo, tomar decisiones sobre sus cuidados o siquiera habitar en el hogar del occiso.

Al pronunciarse sobre el amparo de Alejandra Cuevas, el ministro Luis María Aguilar Morales sostuvo que “si ella no tenía la calidad de garante de la vida de la supuesta víctima y menos con la forma de accesoria que no existe en la ley, se violó en su perjuicio el derecho fundamental de legalidad en su vertiente de exacta aplicación de la ley”.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa consideró innecesario realizar un análisis con perspectiva de género, porque al no tener Alejandra Cuevas la calidad de garante, mucho menos podía tener conductas omisivas.

La ministra Margarita Ríos Farjat resaltó que no se acreditó con las pruebas de cargo que la señora Cuevas auxilió a su madre, como denunció Alejandro Gertz, para que se considerara la existencia de una conducta generalizada de desatención a los cuidados de su hermano Federico, y que produjera su lamentable fallecimiento.

En el caso del amparo promovido por la señora Laura Morán, el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena refirió que con base en la opinión de un experto, la muerte de Federico Gertz estuvo relacionada con una omisión de cuidado, lo cual es evidente si se considera que el enfermo ingresó a un hospital con trombosis, úlcera sacra grado tres infectada, desnutrición y deshidratación severas. Refirió que eso bastó para que una juez en la Ciudad de México emitiera orden de aprehensión en su contra, aunque en sus alegatos se contradijo, ya que dijo que la quejosa le brindaba cuidados y atención al enfermo y al mismo tiempo sostener lo contrario.

“En efecto, si bien el concubinato deriva de un deber de asistencia mutua, no podríamos afirmar, sin más, que las personas que viven bajo esa relación siempre y en todo momento tienen una efectiva y concreta posición de custodia de la vida y de la integridad corporal de su pareja, pues para determinar esto se deben ponderar todas y cada una las circunstancias que rodean eventos concretos, por ejemplo, en virtud de las condiciones personales de la quejosa quien al momento de los hechos tenía 88 años, resulta entendible que en lugar de atender directamente al ahora fallecido, decidiera contratar personal capacitado para hacerlo, es más, cuando se agravó la situación de su concubino buscó ayuda especializada”, refirió.

En un hecho por casusas absolutamente distintas, pero en coincidencia de otorgar un amparo liso y llano, el 23 de enero del 2013 —por mayoría de tres votos— la SCJN otorgó amparó a la ciudadana francesa Florence Cassez, acusada del delito de secuestro, y decretó su absoluta e inmediata libertad por violación al debido proceso.

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Detienen en Utah a exfuncionario de gabinete de Rubén Rocha con 111 mil pastillas de fentanilo

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Utha USA.- Un operativo encubierto del Buró Federal de Investigaciones (FBI) culminó con la detención de Ricardo Verduzco Bernal, de 54 años, exfuncionario del ámbito deportivo en Sinaloa durante la administración de Rubén Rocha Moya. La captura se concretó tras hallarle un cargamento de narcóticos en Salt Lake City, Utah.

Operación encubierta y decomiso

El arresto ocurrió el pasado 12 de agosto en la habitación de un hotel, donde agentes encubiertos concretaron una compra controlada. Durante la intervención, las autoridades federales aseguraron un aproximado de 111 mil pastillas de fentanilo, con un peso cercano a los 11.1 kilogramos. De acuerdo con informes del Departamento de Justicia de EE. UU., Verduzco Bernal ingresó a territorio estadounidense con una visa de turista vigente.

Trayectoria en la función pública

El detenido cuenta con antecedentes recientes en el servicio público sinaloense:

  • 2022: Asumió la dirección del Instituto Municipal del Deporte en Guasave.
  • 2024: Fungió como coordinador de la zona centro-norte y de alto rendimiento en el Instituto Sinaloense de Cultura Física y el Deporte (ISDE), dependencia del gobierno estatal.

Situación jurídica

Verduzco Bernal permanece bajo custodia federal y enfrenta cargos formalizados por posesión de sustancias ilícitas con intenciones de distribución. Su primera comparecencia ante un juez federal en Salt Lake City está programada para este 26 de agosto, fecha en la que se definirá su situación cautelar y el desarrollo de su proceso penal.

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Usuarios con líneas celulares terminadas en 1 tienen plazo hasta el 31 de agosto para registrarse con la CURP

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Las autoridades federales han recordado a la ciudadanía que el periodo límite para completar el registro obligatorio de líneas telefónicas móviles con la Clave Única de Registro de Población (CURP) está por concluir. Específicamente, los usuarios cuyas líneas celulares finalizan con el dígito 1 tienen como fecha fatal el próximo 31 de agosto para realizar este trámite administrativo indispensable.

La medida forma parte de las nuevas disposiciones normativas implementadas para fortalecer la seguridad en las telecomunicaciones y prevenir la comisión de ilícitos mediante el anonimato en el uso de dispositivos móviles. El proceso busca homologar las bases de datos oficiales con los padrones de usuarios activos de las diferentes compañías telefónicas que operan en el país.

Para cumplir con esta obligación, los propietarios de las líneas deben ingresar a los portales oficiales habilitados por los operadores o acudir a los centros de atención autorizados presentando su CURP y una identificación oficial vigente. Las autoridades han enfatizado que la omisión de este procedimiento dentro de los plazos establecidos podría derivar en la suspensión temporal o definitiva del servicio de telefonía y datos.

Ante la proximidad de la fecha límite, se ha registrado una mayor afluencia de usuarios en los módulos de atención y plataformas digitales de las compañías. Se exhorta a la ciudadanía a realizar el trámite con anticipación para evitar saturaciones en el sistema y garantizar la continuidad en sus comunicaciones cotidianas.

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Sin afectaciones por sismo con epicentro en San Gabriel Chilac: Protección Civil

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Tras el movimiento telúrico registrado la madrugada de este lunes, la Coordinación General de Protección Civil del Estado de Puebla informó a través de un comunicado oficial que, tras activar de inmediato los protocolos de revisión, se descartan afectaciones materiales y personas lesionadas en la entidad. La dependencia detalló que el sismo ocurrió a las 04:29:48 horas, alcanzando una magnitud preliminar de 4.0 grados con epicentro localizado a 18 kilómetros al sur de San Gabriel Chilac.

De acuerdo con el reporte técnico del Servicio Sismológico Nacional, el temblor tuvo una profundidad estimada de 65 kilómetros, lo que provocó que fuera percibido de manera ligera en diversas demarcaciones de las regiones sur y mixteca poblana. Ante esta situación, el personal operativo del gobierno estatal estableció comunicación inmediata y permanente con las coordinaciones municipales de Protección Civil para evaluar de forma preliminar el estado de las comunidades cercanas al epicentro.

Las brigadas técnicas de inspección iniciaron recorridos preventivos de monitoreo en viviendas, edificios públicos, escuelas y tramos carreteros estratégicos de la zona, confirmando que la infraestructura pública y los servicios básicos operan con total normalidad. Hasta el corte oficial de las autoridades, no se han reportado daños estructurales en inmuebles ni situaciones de riesgo que pongan en peligro la integridad física de los habitantes de la región afectada.

Finalmente, el Gobierno del Estado reiteró el llamado a la ciudadanía para mantener la calma, adoptar una cultura de prevención permanente ante fenómenos naturales y reportar cualquier eventualidad o daño estructural al número único de emergencias 911. Las labores de monitoreo preventivo continuarán durante el resto del día para garantizar la seguridad y tranquilidad de las familias poblanas.

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