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Puebla realiza por primera vez procuración simultanea de hígado-páncreas

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Por primera vez en Puebla, especialistas del Hospital General del Norte realizaron una procuración simultánea de hígado-páncreas, un procedimiento de alta complejidad que permitirá mejorar y salvar la vida de pacientes que se encuentran en lista de espera, resultado de la coordinación en salud del Gobierno del Estado, a través del IMSS-Bienestar.

El procedimiento se llevó a cabo a partir de la desafortunada muerte encefálica de un paciente, la donación se realizó conforme a los protocolos médicos, éticos y legales establecidos en esta materia.
Como resultado de este proceso, además del hígado y el páncreas, se obtuvieron otros órganos y tejidos que fueron trasladados vía terrestre este miércoles a distintas instituciones médicas de la capital del país, por el personal del Sistema de Urgencias Médicas Avanzadas (SUMA), de la Secretaría de Salud.

En este tenor, los riñones fueron trasladados al Hospital Infantil de México, mientras que el hígado y el páncreas arribaron al Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, donde serán trasplantados a pacientes que lo requieran.

En tanto, las córneas quedaron bajo resguardo del Banco de Ojos del Hospital General de Cholula, para su posterior distribución y asignación.

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Asì puedes tramitar el certificado de discapacidad para la pensión en Puebla

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El certificado de discapacidad en Puebla es obligatorio para acceder a 3 mil 300 pesos bimestrales de la pensión Bienestar, cuyo registro cierra el 29 de marzo. Este documento lo emite el DIF estatal y acredita una discapacidad permanente.

En Puebla, el trámite se realiza de forma presencial en el Centro de Rehabilitación y Educación Especial (CREE) y en otras unidades del DIF, donde especialistas validan la condición médica del solicitante.

¿Qué es el certificado de discapacidad en Puebla y para qué sirve?
El certificado es un documento oficial con validez nacional que confirma una discapacidad permanente. Es un requisito indispensable para acceder a programas sociales como la pensión del Bienestar.

De acuerdo con el Gobierno de Puebla, sin este documento no es posible completar el registro al apoyo económico dirigido a este sector de la población.

Cómo tramitar el certificado de discapacidad en Puebla
El trámite se realiza de manera presencial en el DIF, donde se lleva a cabo una valoración médica. El tiempo de atención puede resolverse el mismo día tras concluir el proceso clínico.

Los requisitos son:

Identificación oficial vigente
Acta de nacimiento
CURP actualizada
Comprobante de domicilio
Cuatro fotografías tamaño infantil
Resumen médico no mayor a un año
El certificado tiene un costo de 130 pesos, mientras que la consulta médica no supera los 100 pesos.

¿Dónde tramitar el certificado de discapacidad en Puebla?
El principal punto de atención es el CREE Puebla, ubicado en la colonia Lomas de San Miguel, aunque también existen centros en otros municipios del estado.

El horario de atención es de 8:00 a 15:00 horas, por lo que se recomienda acudir con anticipación para completar el proceso el mismo día.

Requisitos para certificado de discapacidad en Puebla
Autoridades recomiendan verificar que el resumen médico esté completo, ya que es el documento clave para validar la discapacidad permanente del solicitante.

Una vez obtenido el certificado, el registro a la pensión se realiza en módulos del Bienestar, con atención de 10:00 a 16:00 horas.

Para habitantes de Puebla, realizar este trámite antes del 29 de marzo es fundamental, ya que sin este documento no podrán acceder al apoyo económico vigente.

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Así pueden subir su pensión quienes cotizaron bajo la Ley 73

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Las personas pensionadas bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 pueden obtener un aumento en el monto que reciben mensualmente, siempre que acrediten ante el IMSS la existencia de familiares que dependen económicamente de ellas.

Este beneficio, contemplado en la normativa vigente, se conoce como asignaciones familiares y permite sumar un porcentaje adicional a la pensión base según los beneficiarios registrados. Entre los familiares que pueden ser considerados se encuentran el cónyuge o concubina, los hijos y, en determinados casos, los padres.
De acuerdo con las disposiciones aplicables, el incremento es de 15 por ciento por esposa o concubina; de 10 por ciento por cada hijo menor de 16 años; de 10 por ciento por cada hijo de entre 16 y 25 años que estudie en planteles del Sistema Educativo Nacional y no esté inscrito en el régimen obligatorio; y de 10 por ciento por cada hijo con inhabilitación para trabajar, sin límite de edad mientras se mantenga esa condición.

Asimismo, puede otorgarse un incremento del 10 por ciento por cada padre que dependa económicamente del pensionado, siempre que no existan esposa, esposo o hijos con derecho a este beneficio. También se contempla un 10 por ciento adicional cuando sólo haya un ascendiente dependiente.

Estos porcentajes se agregan al monto de la pensión base y pueden acumularse conforme al número de cargas familiares reconocidas por el Instituto. En consecuencia, una persona pensionada puede recibir más de un incremento al mismo tiempo si tiene registrados, por ejemplo, cónyuge e hijos en las condiciones previstas por la ley.

El monto final dependerá tanto de la pensión base como del total de beneficiarios reconocidos como dependientes económicos.

Para acceder a este apoyo, es necesario estar pensionado bajo el régimen de la Ley 73, es decir, haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Además, se debe contar con familiares que dependen económicamente del pensionado y realizar su registro formal ante el IMSS.

Para ese trámite, el Instituto solicita como identificación oficial, actas de nacimiento o de matrimonio, Clave Única de Registro de Población y, en el caso de los hijos, comprobantes de estudios cuando corresponda.

El IMSS precisa que este incremento no se entrega de manera automática, por lo que debe ser solicitado y acreditado por la persona pensionada.

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Suman 10 nuevos casos y ya son 196

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En las últimas 72 horas, Puebla registró 10 nuevos casos de sarampión, por lo que la cifra pasó de 186 a 196 contagios en la entidad de acuerdo con el informe de la Secretaría de Salud del Estado. El reporte señala además que los contagios ya abarcan 17 municipios, dos más que en el corte del 21 de marzo.

Al corte de la mañana de este 24 de marzo, la dependencia reportó 101 hombres contagiados y 95 mujeres, asimismo, se registran 442 personas con probable diagnóstico de sarampión.

Además, en el último reporte, también se registra el aumento del número de municipios con casos de sarampión, pues al 21 de marzo había en 15 y para este día, se reportan 17.

El secretario de Salud, Joaquín Espidio, explicó la semana pasada que la ciudad de Puebla se mantiene como el epicentro de los contagios, con 120 personas confirmadas con el virus al corte del 21 de marzo. El funcionario descartó que la situación represente un riesgo de contingencia sanitaria.

De acuerdo con Espidio, la última semana de febrero y la primera de marzo concentraron el mayor número de infecciones, con un promedio de 17 casos en siete días.

“En la última semana de febrero y la primera de marzo fue el pico. En la última semana, tuvimos un promedio de 17 casos en siete días”, declaró el secretario de Salud.

Medidas de prevención
Las autoridades sanitarias recomiendan vacunarse conforme a la campaña vigente, lavarse las manos con frecuencia, cubrirse la boca y la nariz al estornudar, no automedicarse y acudir al centro de salud ante cualquier síntoma.

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