La reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos ya fue aprobada por la Cámara de Diputados y recientemente por la Cámara de Senadores y busca escalar a nivel federal para permitir que funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Casa de Moneda, Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y el Banco de México (Banxico) puedan poseer y portar armas de fuego.
Inicialmente el proyecto se derivó de una minuta remitida por la Cámara de Diputados, donde fue aprobada por 476 votos a favor más dos abstenciones y, recientemente aceptada el lunes por el Senado de México de manera unánime con 105 votos a favor. Esta iniciativa que permite a funcionarios portar y poseer armas de fuego buscará su aprobación a nivel nacional.
Las modificaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos fueron remitidas al Congreso de la Unión en septiembre de 2024 por el expresidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y actualmente comenzó a reconsiderarse para hacerla llegar con la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
En un comunicado oficial el Senado subrayó que la ley, vigente desde hace más de cinco décadas (1972) y sin modificaciones significativas hasta ahora, ya necesitaba una actualización para enfrentar las nuevas realidades de violencia que enfrenta el país.
La reforma gira en torno a seis ejes principales:
Reafirmar el carácter de orden público e interés social de la ley y extender su aplicación a todo el territorio nacional
Fortalecer el control estatal sobre armas, explosivos, pirotecnia y sustancias químicas relacionadas
Modernizar la clasificación de armamento y accesorios permitidos o restringidos
Definir con precisión las condiciones para la posesión y portación legal de armas
Reorganizar las facultades de las autoridades competentes en materia de armamento
Vincular la reforma con el Plan Nacional de Seguridad, pilar de la estrategia de seguridad pública de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo
De acuerdo con la Comisión de Estudios Legislativos, la reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y explosivos se encuentra estrechamente relacionada con la consolidación del Plan Nacional de Seguridad, una de las estrategias de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, para el debilitamiento de la inseguridad en el país.
¿Quiénes podrán poseer y portar armas legalmente en México?
El nuevo marco legal contempla excepciones específicas que permiten la portación y posesión de armas en los siguientes casos:
Cazadores con permisos correspondientes
Empresas de seguridad privada: también se incluyen paraestatales, órganos autónomos (CFE, Pemex, Banxico, Casa de moneda, SAT) y personas físicas o morales (empresas de seguridad privada)
Sanciones severas por portación ilegal de armas en México
Aunque la reforma presenta un panorama alentador en cuestiones de seguridad, las penas por la portación ilegal de armas a partir de esta reforma, se contemplan de la siguiente manera:
De 4 a 8 años de prisión, además de multas de 700 a mil 500 veces el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización)
De 7 a 30 años de prisión para quienes introduzcan armas o aditamentos prohibidos al país, con multas de hasta 2 mil veces el valor diario de la UMA
De 7 a 15 años de prisión para quienes hagan uso indebido de armas asignadas a instituciones de seguridad pública o procuración de justicia
Esta reforma se encuentra alineada con los esfuerzos del gobierno de Sheinbaum para enfrentar los principales desafíos en materia de seguridad, durante un contexto en que diversas instituciones del Estado han sido blanco de actos delictivos y amenazas.
Sin embargo, diversos analistas en materia de seguridad señalaron que si bien la medida puede fortalecer la protección de infraestructura crítica, también plantea retos en términos de capacitación, control y transparencia.