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Ahora es turno de las personas físicas, para las utilidades ¿para quiénes aplica?

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Tal como en el caso de las empresas, también hay personas físicas que están obligadas a pagar reparto de utilidades entre sus trabajadores. Esto es así porque hay contribuyentes que tienen actividades empresariales y personal subordinado, aunque no sean una persona moral.

“Si bien la Ley Federal del Trabajo no los menciona textualmente, tampoco los excluye. Podemos decir que las personas físicas sí deben pagar PTU y son aquellas que están inscritas en el régimen de actividades empresariales o servicios profesionales, y en el régimen simplificado de confianza”, señala Rodolfo Trampe, socio de la firma Von Wobeser y Sierra.

El 29 de junio es la fecha límite para que las personas físicas obligadas a cumplir con el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) lo entreguen a sus trabajadores. Sin embargo, el régimen en el que se encuentran estos contribuyentes no es lo que determina si son sujetos de repartir utilidades, el factor más importante es si cuentan con personal subordinado, subraya Rodolfo Trampe.

Verónica Zepeda, docente de la Escuela Bancaria y Comercial (EBC), explica que hay personas físicas que entran en el esquema del PTU porque “se encuentran en un régimen equivalente a las actividades que realiza una persona moral”.

Es decir, hay personas físicas que al igual que las morales (empresas) prestan servicios, distribuyen o fabrican productos con trabajadores subordinados, eso es lo que las convierte en sujetos obligados de cubrir el reparto de utilidades, puntualiza Verónica Zepeda.

Tanto para las personas morales como para las físicas, el plazo para cubrir el monto de PTU es el mismo: 60 días a partir de la fecha en la que se paga el impuesto anual. Pero las personas físicas tienen de plazo hasta junio, porque su fecha límite para presentar la declaración anual es el 30 de abril, un mes después del plazo límite que tienen las empresas.

Al igual que las empresas, la especialista opina que las personas físicas que tienen un nuevo negocio están exentas de repartir utilidades en su primer año de funcionamiento, o bien las que se encuentran desarrollando un nuevo producto son exentas por dos años.

En esas similitudes, Rodolfo Trampe apunta que la reforma de subcontratación y los topes que ese establecieron en la Ley Federal del Trabajo para el pago del PTU también aplican para las personas físicas. Es decir, estos contribuyentes pueden otorgar a un trabajador como máximo un pago equivalente a tres meses de salario o el promedio del monto pagado en los últimos tres años, lo que resulte más benéfico para el colaborador.

Las sanciones también aplican
“A todos nos pueden sorprender e incluso hay personas que no saben que están obligadas al pago de este derecho. Recordemos que el desconocimiento de la ley no te exime de las obligaciones”, subraya Verónica Zepeda.

En ese sentido, la Ley Federal del Trabajo establece que el incumplimiento del pago del PTU puede equivaler a una sanción que va de los 24,055 a los 481,100 pesos, una de las más altas en la legislación laboral. Desde la perspectiva de Rodolfo Trampe, esta misma multa que se puede imponer a las empresas por no otorgar reparto de utilidades se podría aplicar a las personas físicas. “Por el simple hecho de ser patrón, sea moral o física, está sujeto a la misma regulación”.

Los especialistas indican que quienes trabajan de manera subordinada para una persona física que incumplió con el pago del reparto de utilidades pueden acceder a los mismos medios de defensa que los empleados de una empresa, como acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el área de inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o un tribunal laboral.

Generalmente los trabajadores que laboran para una persona física pueden estar empleados en pequeños negocios, pero una de las maneras de corroborar si se trabaja para un patrón obligado a repartir utilidades, sugiere el especialista, es a través de los recibos de nómina. “En lugar de que aparezca el nombre de una empresa, aparecerá el nombre de una persona física, sin ninguna denominación o razón social”. Pero es importante tomar en cuenta que esta obligación está ligada con el sector formal, puntualiza.

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Marina Implementa Acciones de Prevención Ante el Huracán Trudy

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Derivado de la rápida evolución del huracán «Trudy» a la categoría 3 y de la presencia simultánea de la tormenta tropical «Simon» en el océano Pacífico, la Secretaría de Marina (SEMAR) a través de la Armada de México activó de manera formal los protocolos correspondientes dentro del marco operativo del Plan Marina. Con estas medidas estratégicas, los mandos navales con jurisdicción en los estados de Oaxaca, Guerrero y Michoacán han desplegado a miles de elementos operativos en las zonas de mayor riesgo.

Las brigadas de respuesta inmediata, los puestos de mando coordinados y los equipos especializados de auxilio se encuentran en estado de alerta permanente para brindar apoyo oportuno y salvaguardar la vida de los habitantes ante posibles contingencias derivadas de las intensas lluvias y el oleaje elevado. El despliegue táctico busca garantizar una capacidad de reacción inmediata en las comunidades costeras que pudieran quedar incomunicadas o sufrir daños estructurales.

Asimismo, como parte fundamental de los protocolos preventivos implementados por la autoridad marítima nacional, se determinó el cierre temporal a la navegación para embarcaciones mayores y menores en diversos puertos estratégicos de las costas de Oaxaca y Guerrero. Esta medida restrictiva tiene como objetivo primordial evitar accidentes trágicos en el sector marítimo, pesquero y recreativo ante las condiciones adversas de mar de fondo y vientos fuertes.

De manera paralela, las autoridades navales continúan participando activamente en los consejos estatales y municipales de protección civil, realizando recorridos de perifoneo y exhortando a la población local a mantenerse informada a través de canales oficiales. El compromiso de la Armada de México se mantiene firme para auxiliar a la población civil en situaciones de emergencia, priorizando siempre la preservación de la vida humana ante los embates de la naturaleza.

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Alerta Nacional por Lluvias Torrenciales y Evolución del Huracán Trudy

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El panorama meteorológico a nivel nacional se encuentra marcado de manera crítica por la interacción de múltiples sistemas ciclónicos y frentes fríos que afectan simultáneamente el territorio mexicano. Las autoridades federales emitieron una alerta máxima debido a que se prevén lluvias torrenciales con acumulados de hasta 250 milímetros en entidades estratégicas como Puebla, San Luis Potosí, Querétaro, Veracruz e Hidalgo, zonas donde el volumen de agua podría generar severos encharcamientos e inundaciones urbanas.

En el litoral del Pacífico, la atención de los centros de monitoreo se concentra en la evolución y trayectoria del huracán «Trudy», el cual durante las primeras horas de este día experimentó un proceso de intensificación rápida hasta alcanzar la categoría 3 en la escala Saffir-Simpson. Con vientos máximos sostenidos sumamente peligrosos y un desplazamiento lento hacia el noroeste, este meteoro representa una amenaza directa para las costas del occidente y sur del país.

La presencia de «Trudy» como un huracán mayor no solo incrementa el riesgo de vientos huracanados destructivos en las zonas costeras, sino que también genera bandas nubosas extensas que interactúan con la humedad del Golfo de México. Esta combinación sinérgica es la responsable directa de las precipitaciones torrenciales que afectan al centro y oriente de la República, obligando a mantener activa una zona de vigilancia permanente desde Michoacán hasta Jalisco.

Por su parte, las autoridades de protección civil federal han reiterado el llamado a la ciudadanía para atender puntualmente los avisos oficiales, evitar cruzar cauces de ríos crecidos y extremar precauciones ante la caída de árboles o anuncios publicitarios provocados por las rachas de viento. La coordinación entre los tres órdenes de gobierno permanece activa para mitigar cualquier afectación mayor en las comunidades más expuestas a estos fenómenos hidrometeorológicos.

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INE Utiliza Datos Biométricos para Apoyar la Búsqueda de Personas en México

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Como parte de su colaboración institucional con las autoridades de impartición de justicia y organismos de búsqueda, el Instituto Nacional Electoral (INE) ha procesado cientos de miles de solicitudes orientadas a la localización e identificación humana mediante el uso seguro de los datos biométricos resguardados en el Padrón Electoral.

De acuerdo con los reportes oficiales del organismo electoral, se han atendido de manera exitosa más de 113 mil solicitudes de identificación de personas desconocidas y más de 442 mil peticiones de localización, facilitando la labor de las instituciones encargadas de dar con el paradero de personas desaparecidas en todo el territorio nacional.

El procedimiento se lleva a cabo bajo dos esquemas principales: la identificación forense, en la cual se cotejan huellas dactilares de cuerpos no identificados con la base de datos del INE para encontrar coincidencias, y los procesos de localización, donde se cruzan datos generales proporcionados por las instancias legales respetando estrictamente los protocolos establecidos por la Ley General de Protección de Datos Personales.

Las autoridades destacaron que estos mecanismos de colaboración han demostrado una efectividad significativa en miles de casos, convirtiendo al Padrón Electoral en una herramienta civil de gran valía humanitaria para coadyuvar en las labores de búsqueda, identificación de restos y restitución de la identidad a las familias afectadas por este problema social.

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