La presidenta Claudia Sheinbaum sugirió que se clarifique la Ley de Ciberasedio para que no se confunda que es para proteger a los funcionarios públicos y reiteró su postura a favor de la libertad de expresión.
En la mañanera de hoy se mostró a favor de una legislación que sancione los insultos que ocurren en redes sociales, pues comentó que estos muchas veces ya se refieren al aspecto físico de las personas y no de temas políticos.
Por lo que defendió el objetivo de esta ley que aprobó el Congreso del Estado y explicó que este tema ya existe en otras entidades como Nuevo León y Coahuila.
«En mi caso lo he dicho en cualquier tema es libertad de expresión. Pero el nivel de críticas al que han llegado contra una mujer gobernadora, una mujer, cualquiera que sea su partido político de esta persona vinculadas a su físico, no tiene nada que ver con lo político, sino una crítica despiadada», expuso.
Sin embargo, sugirió que la Ley de Ciberasedio pueda ser modificada en su artículo 480 del Código Penal para aclarar que no se refiere a proteger a los funcionarios públicos.
Además, reiteró que su posición siempre será a favor de la libertad de expresión en cualquier ámbito, pues es algo que defiende el movimiento de la Cuarta Transformación.
«El tema de Puebla es una ley que tiene que ver con el ciberacoso, en un sentido muy amplio que presentó el gobernador Armenta. Entonces de ahí lo derivaron que era una ley dedicada a sancionar y a censurar aquel que hable mal del gobernador en las redes sociales, que tenga que clarificarse se clarifica (…) En todo caso que ahí quede establecido en la ley que no tiene que ver con los funcionarios públicos», enfatizó.
CNDH exhorta al gobierno a revisar Ley de Ciberasedio
Recientemente la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó al gobierno del estado a revisar este artículo del Código Penal y garantizar el pleno respeto a la libertad de expresión.
De acuerdo con el artículo 480 del Código Penal, establece que una persona cometerá el delito de ciberasedio que, por medio de redes sociales, correo electrónico, plataformas digitales, insulte, injurie o veje a otra persona con insistencia para causarle un daño físico o emocional.
Las sanciones que se establecen para este delito van de los 11 meses a 3 años de prisión e incrementa en caso de que la víctima sea menor de edad de 1/3 a 2/3.