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Corrigen al IEE y vetan a Morena y PT de extraordinarias

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La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF corrigió la plana al Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla y determinó que Morena y el Partido del Trabajo (PT) no podrán competir en las elecciones extraordinarias de San José Miahuatlán y Teotlalco.

Esto luego de la impugnación que presentaron los partidos de Movimiento Ciudadano y Revolucionario Institucional (PRI) para revocar el acuerdo con el cual el órgano electoral local permitió la participación de todos los partidos políticos, con excepción de los que perdieron su registro por no alcanzar el porcentaje mínimo de votación en la elección del 6 de junio de 2021.

Con su decisión el IEE había beneficiado a Morena y PT, ya que podrían contender por las alcaldías a pesar de que en 2021 no postularon candidaturas en esos municipios, medida que incluso fue rarificada por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

La sentencia de este día a cargo del magistrado presidente de la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Héctor Romero Bolaños, explica que en la elección extraordinaria no puede ser desvinculada del proceso ordinario y deben de participar los mismos partidos de la elección anulada, incluidos los que perdieran su registro.
En el análisis, el magistrado detalla que TEEP no fue exhaustivo en la revisión y aplicación de los procedimientos electorales, ya que si se inscriben partidos que no participaron en la contienda anterior, se dará ventaja a los nuevos candidatos.
“Se señala que, en el caso concreto de la elección extraordinaria, no se puede ver desvinculada al proceso ordinario, las opciones políticas que participaron los partidos; el TEEP interpretó indebidamente la convocatoria y se declara fundada la falta de exhaustividad por que el TEEP dejó de pronunciarse sobre el artículo 24, párrafo 3 de la ley general de instituciones y procedimientos electorales al no analizar que los partidos que perdieron el registro pueden participar en la extraordinaria” dice el resolutivo.
En su participación, la magistrada María Silva Rojas defendió la participación de todos los partidos, con el fin de no afectar el ejercicio de los derechos políticos electorales y con ello garantizar que haya más candidatos a elegir.

“Es una situación novedosa, a pesar de que no es la primera vez que se celebra una elección extraordinaria, se cuestiona que los partidos políticos que no postularon candidaturas en la ordinaria pueden postular en la celebración de las elecciones extraordinarias”, detalló.

En respuesta, el magistrado José Luis Cevallos Daza aseguró que, en un caso similar, la Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una acción de inconstitucionalidad en las elecciones de 2015, en el estado de Tlaxcala, por lo que se debe garantizar que el proceso extemporáneo tenga las mismas características.

“El proyecto invoca de manera muy solvente la acción de inconstitucionalidad 69 de 2015 emitida por la SCJN en el estado de Tlaxcala, la identidad que tienen que tener los procesos extraordinarios respecto del ordinario”, aclaró.

Por su parte, Romero Bolaños aseguró que el riesgo de avalar la participación de otros partidos pone en vilo el proceso extraordinario, que solo es para solventar la contienda electoral que fue cancelada por irregularidades, pero no emitir una convocatoria para realizar un procedimiento nuevo.

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Senado aprueba la reforma energética

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El Senado aprobó con mayoría de votos la nueva reforma energética que se enfoca en dos puntos: cambiar la naturaleza jurídica de las paraestatales dedicadas a la energía y proveer al menor precio posible el internet y electricidad en el país.

Con 86 votos a favor y 39 en contra se logró la reforma a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política del país; tras la aprobación, el Pleno del Senado mandó la iniciativa a los Congresos locales para su análisis, discusión y aprobación o rechazo.

La nueva reforma energética —que rechaza la de 2013— debe aprobarse en 17 legislativos estatales para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo que se avalaría su constitucionalidad en todo el país.

¿Qué propone la nueva reforma energética que aprobó el Senado?
Las modificaciones que aprobó por mayoría el Senado a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución modifican la naturaleza jurídica de las paraestatales dedicadas a la energía; eliminaron el concepto “empresas productivas del Estado”.

Tras la reforma energética se definen como “empresas públicas del Estado”. La intención, refirieron los legisladores, fue regresar la función de responsabilidad social a Petróleos Mexicanos (Pemex) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Con esto, a pesar de que exista una intervención de empresas privadas en las paraestatales, su fin primordial será proporcionar el mejor servicio a precios accesibles, y no la ganancia a los inversionistas privados.

El Senado eliminó también, con la reforma energética, la posibilidad de considerar monopolio a las empresas controladas de forma exclusiva por el Estado y los servicios que estas brinden. En el caso de la CFE, la energía eléctrica y el internet.

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La presidenta Claudia Sheinbaum arremete contra Felipe Calderón por García Luna

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La presidenta Claudia Sheinbaum reaccionó a la condena de 38 años de cárcel impuesta a Genaro García Luna y arremetió conta el expresidente Felipe Calderón al señalar que designó a un narcotraficante al frente de su estrategia de seguridad en su gobierno.

Durante la mañanera del pueblo, desde Palacio Nacional, advirtió que la degradación y la decadencia del sexenio de Felipe Calderón fue haber declarado una guerra en su propio país.

“Ahora resulta que, durante seis años, Calderón no se dio cuenta que García Luna estaba coludido al menos con el Cártel de Sinaloa (…) un pequeño error, puso a un narcotraficante en su estrategia de seguridad”, enfatizó la presidenta.

Asimismo, Claudia Sheinbaum reprochó que, en cinco años de juicio contra Genaro García Luna, Felipe Calderón no pudo investigar sobre el exsecretario de Seguridad.

La presidenta puntualizó que en su gobierno no regresará la guerra contra el narcotráfico y reiteró que tiene la certeza de haber colocado a un equipo honesto al frente de la seguridad nacional.

“No puede haber hipocresía, ahora muchos se están deslindando del asunto, incluyendo a los panistas”, dijo.

Y añadió que durante el sexenio de Felipe Calderón se degradó el país: “Tengan la certeza de que jamás habrá colusión o corrupción en el gobierno”, refirió.

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TEPJF ordena al TEEP justificar nulidad de elección en V. Carranza y Chignahuapan

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La sala Regional de la Ciudad de México (SRCDMX) exigió al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) presentar un informe circunstanciado para justificar el por qué anuló la elección en Venustiano Carranza y Chignahuapan.

Los presidentes municipales electos Marco Valencia Ávila y Juan Lira Maldonado, presentaron un juicio para la protección de sus derechos políticos electorales, en contra de la resolución del tribunal local.

Esto, después de que, a minutos de rendir protesta al cargo, los magistrados del TEEP anularon las elecciones en ambos municipios, por lo que ambos impugnaron la resolución que obligó al Congreso de Puebla establecer a un Concejo Municipal.

Se trata de los expedientes SCM-JDC-2429/2024 y SCM-JDC-2428/2024, en los que se impugnó la resolución del TEEP, por lo que la SRCDMX ordenó al órgano local presentar un informe circunstanciado.

“Debo requerirle que emita su informe circunstanciado y el acto impugnado dentro de las cuatro horas posteriores a que se le notifique este acuerdo, debiendo entregarlo en ese plazo, de manera física, en la Oficialía de partes de esta Sala Regional”

La magistrada Norma Angélica Sandoval, fue la única en el Pleno que calificó la determinación de “ilegal”, al considerar que ya existía una sentencia de la Sala Superior del TEPJF para declarar la validez de la elección en Chignahuapan y Venustiano Carranza.

De último minuto TEEP ordena extraordinarias en V. Carranza y Chignahuapan
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) forzó de última hora las elecciones extraordinarias en Chignahuapan y Venustiano Carranza declarando la nulidad de la contienda del pasado 2 de junio, con dos votos a favor y el voto en contra de la magistrada Norma Angélica Sandoval.

Fue el partido Morena el que presentó dos impugnaciones ante el tribunal local en contra de las constancias de validez que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) emitió a favor de Juan Lira Maldonado, alias ‘el Moco’ como alcalde electo de Chignahuapan y a Marco Valencia Ávila, como edil electo de Venustiano Carranza.

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