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Nacional

Acusaciones sobre presunto daño en el PAN tiene un trasfondo personal, afirma Marcos Castro 

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La acusación de Genoveva Huerta en contra de la expresidenta del Comité Directivo Estatal del PAN, Augusta Díaz de Rivera, es un tema que transitó al ámbito personal, pues no hay daño patrimonial, aseguró el exsecretario general del partido, Marcos Castro. La administración saliente dejó un monto superior a un millón 800 mil pesos para hacer frente al pago de impuestos en el inicio de año, insistió. 

En entrevista, invitó a la nueva secretaria general en trabajar a favor del partido y a no enfocarse en estos temas, pues recordó que incluso el propio presidente del partido, Mario Riestra Piña, informó que no hay un daño patrimonial comprobado, puesto que aún se encuentra en la etapa de revisión con la exdirigente. 

Dijo que, emitir un juicio de esa magnitud es un error, debido a que al inicio de cada administración es normal que surjan dudas respecto a la situación financiera que dejó la anterior, sin embargo, es imprudente lanzar una acusación sin que haya terminado el periodo de revisar las cuentas pendientes y, especialmente, sin pruebas que sostengan lo dicho. 
Respecto a las acusaciones de Huerta, en la que acusa que Díaz de Rivera heredó una gestión con pasivos laborales, deudas con proveedores e impuestos pendientes, Castro negó la situación y recordó que su administración entregó un saldo a favor superior al millón de pesos para que la nueva gestión pudiera hacer frente al pago de luz, de agua, y demás impuestos que tenía que solventar en enero. 
En tanto, afirmó que no hay pasivos laborales, sino que se trató de personal que ya había terminado su ciclo al interior del partido, y el cual podría acercarse con la administración de Riestra para incorporarse a la misma. 

Yo pediría mucha prudencia, aquellos que hoy están en la dirigencia tienen que cuidar el partido, su imagen, y no adelantarse con esos juicios a la la ligera. Yo haría un llamado a ponernos a trabajar pensando en el siguiente proceso electoral

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Identifican como mexicanos a cuatro soldados de EU heridos en Irán

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Al menos cuatro soldados estadunidenses heridos en el conflicto contra Irán han sido identificados como mexicanos por el Pentágono, que hizo públicos los detalles de la operación Furia Épica iniciada hace cinco semanas y que ha dejado 13 militares del país norteamericano muertos.

Los cuatro soldados pertenecen al Ejército de los Estados Unidos, que ya contabiliza 247 heridos de un total de 365 heridos.Otros 63 heridos hacen parte de la Armada, 19 son de la Infantería de Marina y 36 de la Fuerza Aérea.

De los 13 fallecidos, siete pertenecen al Ejército y seis a la Fuerza Aérea.Las cifras han sido detalladas en el Sistema de Análisis de Bajas de la Defensa (DCAS) del Pentágono, que clasifica a otros tres soldados como hispanos.

El desglose no incluye las posibles bajas o heridos ocurridos este viernes cuando las fuerzas iraníes derribaron un caza estadunidense.

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Papa León XIV pide evitar uso de inteligencia artificial en homilías

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El Papa León XIV llamó a los sacerdotes a no recurrir a la inteligencia artificial para elaborar sermones, al considerar que la fe no puede transmitirse a través de herramientas tecnológicas.

El pontífice señaló que una homilía debe surgir de la experiencia personal, el contacto con la comunidad y la reflexión espiritual del propio sacerdote, elementos que ninguna plataforma digital puede sustituir.
Aunque actualmente existen aplicaciones que permiten generar discursos religiosos en segundos, con distintos estilos y enfoques, el Papa advirtió que depender de estos recursos podría debilitar la autenticidad del mensaje pastoral.

En su postura, subrayó la importancia de ejercitar el pensamiento y mantener el compromiso personal en la preparación de los mensajes religiosos, frente a una tendencia creciente de automatización en distintos ámbitos.

El pronunciamiento también evidencia que el uso de inteligencia artificial en la elaboración de contenidos religiosos ya es una práctica en expansión, lo que abre el debate sobre sus límites dentro de la vida espiritual.

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Derecho a pensión del IMSS para padres de trabajadores fallecidos

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Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un criterio relevante en materia de seguridad social: los padres de un trabajador fallecido pueden solicitar una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando existan otros posibles beneficiarios como cónyuge o hijos.

Este criterio modifica la forma en que tradicionalmente se analizaban estos casos. Durante años, el IMSS aplicó un esquema jerárquico en el que la pensión se otorgaba primero a la pareja o descendientes, dejando a los padres en una segunda instancia. Sin embargo, la Corte determinó que este enfoque puede resultar injusto cuando no toma en cuenta la dependencia económica real.
De acuerdo con la interpretación vigente, la existencia de esposa, esposo o hijos no cancela automáticamente el derecho de los padres. Lo que debe evaluarse es si estos dependían económicamente del trabajador fallecido. Esto implica que cada caso debe revisarse de manera individual, considerando las condiciones particulares de la familia.

La SCJN concluyó que negar la pensión bajo un criterio rígido puede vulnerar derechos, especialmente cuando los padres carecen de ingresos propios y dependían directamente del sustento del trabajador. Por ello, el análisis ya no debe centrarse únicamente en el parentesco, sino en la situación económica de quienes reclaman el beneficio.

No obstante, el acceso a la pensión no es automático. Entre los principales requisitos se encuentra comprobar la dependencia económica, además de que el trabajador haya estado cotizando al IMSS o dentro del periodo de conservación de derechos al momento de su fallecimiento. También pueden solicitarse documentos, testimonios u otras pruebas que respalden la solicitud.

En caso de que el IMSS rechace otorgar la pensión, los padres pueden acudir a instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría. Asimismo, existe la posibilidad de iniciar un proceso legal o solicitar una revisión del caso, apoyándose en el criterio establecido por la Corte.

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