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La discriminación debe excluirse definitivamente: Lalo Castillo

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El diputado presentó en sesión ordinaria del poder legislativo, la iniciativa de ley que establece incluir el “Derecho al Primer Empleo”, como una obligación dentro de la ley de Juventud del Estado

Según datos del INEGI, la tasa de desocupación de jóvenes entre 15 y 29 años es de alrededor de 1.2 millones de personas, a nivel nacional, mientras que según datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo en el Estado de Puebla sumaron 57 mil 817 jóvenes de entre 15 a 29 años que se encontraban desempleados al tercer trimestre del 2021.

Por este motivo, el diputado y presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso del Estado, Lalo Castillo López, presentó este jueves un anexo que complementa las reformas previamente expuestas en el pleno, a la Ley de la Juventud.

En esta iniciativa de ley que propone adicionar el inciso K y el artículo 34 bis, reformando los artículos 35, 36 y 37 de la Ley de la Juventud del Estado, refiere incluir el término “Derecho al Primer Empleo”, dentro de la norma.

Asimismo, se requiere incluir que en el artículo 34 Bis, se refiera que toda persona joven tiene derecho a un primer empleo digno, estimando las siguientes consideraciones:
• Bien remunerado,
• No ser discriminado por edad
• No ser discriminado por experiencia laboral
• No ser discriminado por universidad de procedencia
• No ser discriminado por condición socioeconómica

Todo lo anterior, gozando de una especial protección del mismo, de conformidad con lo establecido en la legislación laboral.

Lalo Castillo refirió que la sociedad tiene una deuda histórica con los jóvenes y es indispensable transformar la legislación, con el fin de construir en beneficio de las futuras generaciones, a fin de impedir el aumento de problemas sociales y de la pobreza.

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Identifican como mexicanos a cuatro soldados de EU heridos en Irán

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Al menos cuatro soldados estadunidenses heridos en el conflicto contra Irán han sido identificados como mexicanos por el Pentágono, que hizo públicos los detalles de la operación Furia Épica iniciada hace cinco semanas y que ha dejado 13 militares del país norteamericano muertos.

Los cuatro soldados pertenecen al Ejército de los Estados Unidos, que ya contabiliza 247 heridos de un total de 365 heridos.Otros 63 heridos hacen parte de la Armada, 19 son de la Infantería de Marina y 36 de la Fuerza Aérea.

De los 13 fallecidos, siete pertenecen al Ejército y seis a la Fuerza Aérea.Las cifras han sido detalladas en el Sistema de Análisis de Bajas de la Defensa (DCAS) del Pentágono, que clasifica a otros tres soldados como hispanos.

El desglose no incluye las posibles bajas o heridos ocurridos este viernes cuando las fuerzas iraníes derribaron un caza estadunidense.

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Papa León XIV pide evitar uso de inteligencia artificial en homilías

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El Papa León XIV llamó a los sacerdotes a no recurrir a la inteligencia artificial para elaborar sermones, al considerar que la fe no puede transmitirse a través de herramientas tecnológicas.

El pontífice señaló que una homilía debe surgir de la experiencia personal, el contacto con la comunidad y la reflexión espiritual del propio sacerdote, elementos que ninguna plataforma digital puede sustituir.
Aunque actualmente existen aplicaciones que permiten generar discursos religiosos en segundos, con distintos estilos y enfoques, el Papa advirtió que depender de estos recursos podría debilitar la autenticidad del mensaje pastoral.

En su postura, subrayó la importancia de ejercitar el pensamiento y mantener el compromiso personal en la preparación de los mensajes religiosos, frente a una tendencia creciente de automatización en distintos ámbitos.

El pronunciamiento también evidencia que el uso de inteligencia artificial en la elaboración de contenidos religiosos ya es una práctica en expansión, lo que abre el debate sobre sus límites dentro de la vida espiritual.

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Derecho a pensión del IMSS para padres de trabajadores fallecidos

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Una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un criterio relevante en materia de seguridad social: los padres de un trabajador fallecido pueden solicitar una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social, incluso cuando existan otros posibles beneficiarios como cónyuge o hijos.

Este criterio modifica la forma en que tradicionalmente se analizaban estos casos. Durante años, el IMSS aplicó un esquema jerárquico en el que la pensión se otorgaba primero a la pareja o descendientes, dejando a los padres en una segunda instancia. Sin embargo, la Corte determinó que este enfoque puede resultar injusto cuando no toma en cuenta la dependencia económica real.
De acuerdo con la interpretación vigente, la existencia de esposa, esposo o hijos no cancela automáticamente el derecho de los padres. Lo que debe evaluarse es si estos dependían económicamente del trabajador fallecido. Esto implica que cada caso debe revisarse de manera individual, considerando las condiciones particulares de la familia.

La SCJN concluyó que negar la pensión bajo un criterio rígido puede vulnerar derechos, especialmente cuando los padres carecen de ingresos propios y dependían directamente del sustento del trabajador. Por ello, el análisis ya no debe centrarse únicamente en el parentesco, sino en la situación económica de quienes reclaman el beneficio.

No obstante, el acceso a la pensión no es automático. Entre los principales requisitos se encuentra comprobar la dependencia económica, además de que el trabajador haya estado cotizando al IMSS o dentro del periodo de conservación de derechos al momento de su fallecimiento. También pueden solicitarse documentos, testimonios u otras pruebas que respalden la solicitud.

En caso de que el IMSS rechace otorgar la pensión, los padres pueden acudir a instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo para recibir asesoría. Asimismo, existe la posibilidad de iniciar un proceso legal o solicitar una revisión del caso, apoyándose en el criterio establecido por la Corte.

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