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SCJN elimina requisito de 6 meses para pensión por viudez IMSS

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Una resolución reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cambió los criterios para otorgar la pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al considerar inconstitucional exigir un tiempo mínimo de matrimonio o concubinato para acceder a este derecho. La determinación impacta principalmente a mujeres que, bajo el esquema anterior, quedaban fuera del beneficio por no cumplir con el requisito de duración de la relación.

Hasta ahora, la Ley del Seguro Social de 1973 establecía que la persona solicitante debía acreditar al menos seis meses de matrimonio antes del fallecimiento del asegurado o pensionado. En el caso del concubinato, también se pedía comprobar un periodo determinado de convivencia. Este candado dejaba sin protección a quienes, aun dependiendo económicamente del trabajador fallecido, no alcanzaban ese plazo.
El máximo tribunal resolvió que condicionar la pensión a la temporalidad del vínculo vulnera el principio de igualdad. En su análisis, sostuvo que todas las personas que se encuentren en circunstancias similares deben recibir el mismo trato, sin que la duración del matrimonio o la unión de hecho sea un factor para negar el acceso a una prestación de seguridad social.

Con el fallo, el IMSS deberá otorgar la pensión por viudez sin tomar en cuenta el tiempo que duró la relación, siempre que se cumplan los demás requisitos previstos en la ley. Es decir, la persona fallecida debió haber estado asegurada o pensionada al momento de su muerte, y quien solicite el beneficio deberá acreditar el vínculo y la dependencia económica conforme a las reglas vigentes.

Especialistas en seguridad social han señalado que esta decisión corrige una disposición que durante años generó controversia, pues en los hechos afectaba sobre todo a mujeres que, tras la muerte de su pareja, enfrentaban obstáculos administrativos para acceder a un ingreso que les permitiera sostenerse. En muchos casos, la negativa se basaba únicamente en no cumplir con el plazo mínimo, sin considerar la situación real de dependencia.

El instituto informó que ya ajustó sus lineamientos internos para eliminar el requisito de los seis meses. Las solicitudes pueden realizarse en las subdelegaciones correspondientes o a través de los canales oficiales. Entre los documentos habituales se encuentran el acta de defunción, identificación oficial, documentos que acrediten el matrimonio o concubinato y la información relacionada con la afiliación del trabajador fallecido.

La Corte subrayó que la finalidad de la pensión por viudez es brindar seguridad económica a la persona sobreviviente ante la pérdida del sostén familiar. Bajo esa lógica, imponer una condición basada únicamente en la duración del vínculo resulta desproporcionado y contrario al marco constitucional.

El cambio no modifica otros requisitos establecidos en la legislación, como la acreditación del parentesco o la comprobación de que no existe otra persona con mejor derecho. Sin embargo, elimina una barrera que durante décadas fue motivo de litigios y que obligó a muchas personas a recurrir a tribunales para defender su acceso a la prestación.

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Más de 3 mil jóvenes competirán en el Nacional Charro Juvenil en Puebla

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El estado fue confirmado como sede del próximo Campeonato Nacional Charro Juvenil, que se llevará a cabo el próximo 15 de julio y reunirá a cerca de 3 mil niñas, niños y jóvenes provenientes de distintas entidades de la República.

El anuncio fue realizado por Salvador Barajas, presidente de la Federación Mexicana de Charrería, quien destacó que el certamen buscará impulsar el desarrollo de nuevas generaciones dentro del deporte nacional y fortalecer la práctica de esta tradición mexicana.

Además del aspecto deportivo, se prevé que la realización del campeonato atraiga a competidores, entrenadores, familiares y aficionados, lo que favorecerá la llegada de visitantes y generará una derrama económica para la entidad durante los días de competencia

La organización del evento también representa una oportunidad para promover la charrería como parte del patrimonio cultural de México y acercar esta disciplina a nuevos públicos, mediante la participación de equipos juveniles de diversas regiones del país.

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El Mayo no quiere estar en prisión con El Chapo

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El cofundador y líder del Cártel de Sinaloa, Ismael ‘El Mayo’ Zambada García, mandó un escrito a través de su defensa al juez que lleva su caso donde aceptó la cadena perpetua, pero pidió consideración para evitar que lo encierren en la cárcel de máxima seguridad ADX Florence, de Colorado.

En ese centro de máxima seguridad federal estadunidense se encuentran el también cofundador del Cártel de Sinaloa, Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán Loera, y quien fue operador de dicha organización durante el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa, bajo el cargo de titular de la Secretaría de Seguridad Publica, Genaro García Luna.

Los argumentos que ‘El Mayo’ Zambada, de 76 años, hizo para evitar la ADX Florence se basaron en su deteriorado estado de salud y en su cooperación con las autoridades federales en su caso desde su arresto hace dos años, lo que ahorró recursos y labores al sistema judicial.

Hay tres opciones que la defensa de ‘El Mayo’ junto al capo propusieron al juez Brian M. Cogan —quien también juzgó a ‘El Chapo’ y García Luna— en lugar de la prisión federal de Colorado. Son las siguientes.

Centro Médico Federal, Butner, Carolina del Norte
Centro Médico Federal de Rochester, Minnesota
Centro Médico para Prisioneros Federales Springfield, Misuri
En el texto ‘El Mayo’ señaló que no planea objetar la sentencia de cadena perpetua que ya aceptó a través de su defensa desde que se declaró culpable el 25 de agosto de 2025 de todos los cargos que le imputaron, y que se proyecta ratifique Brian M. Cogan el próximo 20 de julio.

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“El Mayo” Zambada admite cadena perpetua pero en una prisión con atención médica

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La defensa de Ismael Zambada García argumentó ante el juez Brian Cogan que la aceptación de culpabilidad del cofundador del Cártel de Sinaloa y la renuncia a un juicio deben ser considerados para su reclusión en un centro médico.

NUEVA YORK – A dos semanas de que se dicte su sentencia, Ismael “El Mayo” Zambada reconoció este lunes que recibirá una condena de cadena perpetua en Estados Unidos. A través de sus abogados, el capo solicitó formalmente al juez Brian Cogan que se le asigne una prisión de tipo administrativo que cuente con las instalaciones médicas necesarias para tratar su diabetes avanzada.

Argumentos de la defensa

El abogado defensor, Pérez, presentó documentos ante el tribunal destacando las diferencias entre el proceso de Zambada y el de su exsocio, Joaquín “El Chapo” Guzmán. La defensa enfatizó tres puntos clave para sustentar la petición:

  • Aceptación de responsabilidad: Se resaltó que Zambada optó por declararse culpable desde su llegada a Estados Unidos, evitando así un largo y costoso juicio para el sistema judicial estadounidense.
  • Renuncia a apelaciones: El acusado ha renunciado voluntariamente a su derecho de apelación y a cualquier recurso de habeas corpus, sometiéndose de forma absoluta a la jurisdicción del tribunal.
  • Condición de salud: Debido a su avanzada edad y padecer diabetes, la defensa solicita que el juez utilice sus facultades para recomendar un centro de reclusión que garantice la atención médica requerida.

Cartas de apoyo

Como parte de su estrategia para la audiencia de sentencia, la defensa incluyó “varias docenas de cartas de referencia” de personas cercanas a Zambada en México. Según el escrito, dichos documentos dan cuenta de actos de ayuda y generosidad realizados por el capo a lo largo de los años en su comunidad de origen.

La fiscalía estadounidense tiene programado responder a estos argumentos el próximo lunes. Por su parte, la sentencia definitiva para Ismael Zambada García está fijada para el próximo 20 de julio.

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