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Fondo de Pensiones para el Bienestar: Entrara en funciones el comité técnico y fideicomiso; pagos iniciarán el 1 de julio

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Esta mañana el Banco de México y el gobierno federal instalaron el Fondo de Pensiones para el Bienestar por lo que entra en funciones el comité técnico y el fideicomiso para iniciar con los pagos el próximo 1 de julio.

La reunión de trabajo se realizó en las oficinas de la Secretaria de Hacienda de Palacio Nacional, donde asistieron los titulares del Banco de México, Hacienda, Gobernación, ISSSTE, IMSS, Trabajo e Infonavit entre otros.

“Vamos a instalar el histórico fondo de pensiones; vamos a aprobar las reglas de inversión y ya las pensiones van a poder cobrar mejor, con mucha justicia”, dijo Carlos Martínez, director del Infonavit.

Martínez destacó que con con este nuevo mecanismo se pondrá fin a la reforma del 1997.

“Quienes se jubilarán a partir de mayo, pero con las reglas de operación del Fondo, se espera que las pensiones que se paguen a partir del 1 de julio, ya vayan con el copete”, indicó.

Explicó que el Comité Técnico definirá las reglas de operación del fondo, las reglas de inversión, y cómo se comunican los institutos.

El Fondo de Pensiones del Bienestar fue impugnado por la oposición ante la SCJN que definirá su constitucionalidad.

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Sheinbaum presenta Boxeando por la Paz, programa que dará salario y seguro médico a boxeadores

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Durante la conferencia matutina encabezada por la presidenta Claudia Sheinbaum, se anunció el lanzamiento del programa social “Boxeando por la Paz”, una estrategia que busca fortalecer el deporte como herramienta de prevención y desarrollo social.

El encargado de detallar la iniciativa fue Carlos Gastón Torres Rosas, coordinador general de Programas para el Bienestar, quien explicó que el plan beneficiará a 5 mil boxeadoras y boxeadores en todo el país, además de impactar a más de 90 mil alumnos a través de gimnasios comunitarios. Los deportistas podrán integrarse a Jóvenes Construyendo el Futuro y recibirán un apoyo mensual equivalente al salario mínimo de 9 mil 582 pesos junto con seguro médico del IMSS.
El presidente del Consejo Mundial de Boxeo, Mauricio Sulaimán, reconoció el impulso del gobierno federal para profesionalizar esta disciplina. Destacó que todos los peleadores inscritos contarán con respaldo económico y cobertura médica, subrayando que no existe un programa similar en el mundo. Como acto simbólico, entregó a la mandataria un par de guantes conmemorativos por el arranque de la estrategia.

Por su parte, el boxeador profesional David Picasso celebró la iniciativa al señalar que miles de niñas y niños tienen talento, pero no siempre oportunidades. Afirmó que con este programa se evitará que los sueños deportivos queden truncos y se promoverá la prevención mediante el deporte y la educación.

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Fuga de Pemex amenaza contaminar el río Cazones en Veracruz

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Un derrame de hidrocarburo provocado por la ruptura de un ducto de Pemex mantiene en alerta a pobladores de San Miguel Mecatepec, en el municipio de Tihuatlán, Veracruz, debido al riesgo de que el contaminante alcance el río Cazones, uno de los afluentes más importantes del norte del estado.

La fuga comenzó desde la mañana del viernes en el cerro Mecatepec y, hasta ahora, no ha sido controlada en su totalidad. El crudo descendió por cauces naturales y avanzó a través de un canal cercano a una termoeléctrica, llegando a zonas habitadas como Ampliación Manantial, donde también se ubica un jardín de niños.
Ante la intensidad de los vapores y el fuerte olor a combustible, al menos seis familias fueron desalojadas la noche del sábado tras presentar irritación en ojos y vías respiratorias. Aunque se habilitó un albergue, los afectados decidieron resguardarse con familiares.

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SCJN elimina requisito de 6 meses para pensión por viudez IMSS

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Una resolución reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación cambió los criterios para otorgar la pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al considerar inconstitucional exigir un tiempo mínimo de matrimonio o concubinato para acceder a este derecho. La determinación impacta principalmente a mujeres que, bajo el esquema anterior, quedaban fuera del beneficio por no cumplir con el requisito de duración de la relación.

Hasta ahora, la Ley del Seguro Social de 1973 establecía que la persona solicitante debía acreditar al menos seis meses de matrimonio antes del fallecimiento del asegurado o pensionado. En el caso del concubinato, también se pedía comprobar un periodo determinado de convivencia. Este candado dejaba sin protección a quienes, aun dependiendo económicamente del trabajador fallecido, no alcanzaban ese plazo.
El máximo tribunal resolvió que condicionar la pensión a la temporalidad del vínculo vulnera el principio de igualdad. En su análisis, sostuvo que todas las personas que se encuentren en circunstancias similares deben recibir el mismo trato, sin que la duración del matrimonio o la unión de hecho sea un factor para negar el acceso a una prestación de seguridad social.

Con el fallo, el IMSS deberá otorgar la pensión por viudez sin tomar en cuenta el tiempo que duró la relación, siempre que se cumplan los demás requisitos previstos en la ley. Es decir, la persona fallecida debió haber estado asegurada o pensionada al momento de su muerte, y quien solicite el beneficio deberá acreditar el vínculo y la dependencia económica conforme a las reglas vigentes.

Especialistas en seguridad social han señalado que esta decisión corrige una disposición que durante años generó controversia, pues en los hechos afectaba sobre todo a mujeres que, tras la muerte de su pareja, enfrentaban obstáculos administrativos para acceder a un ingreso que les permitiera sostenerse. En muchos casos, la negativa se basaba únicamente en no cumplir con el plazo mínimo, sin considerar la situación real de dependencia.

El instituto informó que ya ajustó sus lineamientos internos para eliminar el requisito de los seis meses. Las solicitudes pueden realizarse en las subdelegaciones correspondientes o a través de los canales oficiales. Entre los documentos habituales se encuentran el acta de defunción, identificación oficial, documentos que acrediten el matrimonio o concubinato y la información relacionada con la afiliación del trabajador fallecido.

La Corte subrayó que la finalidad de la pensión por viudez es brindar seguridad económica a la persona sobreviviente ante la pérdida del sostén familiar. Bajo esa lógica, imponer una condición basada únicamente en la duración del vínculo resulta desproporcionado y contrario al marco constitucional.

El cambio no modifica otros requisitos establecidos en la legislación, como la acreditación del parentesco o la comprobación de que no existe otra persona con mejor derecho. Sin embargo, elimina una barrera que durante décadas fue motivo de litigios y que obligó a muchas personas a recurrir a tribunales para defender su acceso a la prestación.

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