El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una advertencia a los contribuyentes: si durante el año reciben préstamos, donativos o premios por más de 600 mil pesos, están obligados a reportarlos en su declaración anual, aun cuando no estén sujetos al pago de impuestos.
La autoridad fiscal aclaró que estos ingresos no generan Impuesto sobre la Renta (ISR) siempre y cuando el origen del dinero pueda comprobarse. Sin embargo, si no se informa correctamente, el SAT puede considerarlos como ingresos acumulables, lo que implicaría multas, recargos e incluso auditorías.
“Las personas físicas residentes en México deben informar los préstamos, donativos y premios recibidos, cuando en conjunto o por separado superen los 600 mil pesos anuales”, indicó el SAT.
¿Qué se debe reportar?
El organismo detalló que los contribuyentes deben declarar operaciones como:
Préstamos personales o bancarios
Donativos entre familiares o terceros
Premios en efectivo
Transferencias de dinero que superen el umbral establecido
En el caso de personas morales, también deberán reportarse aportaciones o aumentos de capital que rebasen el monto mencionado.
Además, si el dinero recibido fue en efectivo, hay un plazo de 15 días hábiles para presentar el aviso correspondiente ante el SAT.
¿Qué pasa si no los reportas?
No cumplir con esta obligación puede derivar en multas que van de $1,400 a más de $35,000 pesos, dependiendo de la omisión. En casos donde el monto no declarado sea significativo, las sanciones pueden ser mayores. El SAT también tiene la facultad de reclasificar los depósitos como ingresos no comprobados, lo que podría tener consecuencias fiscales más severas.
Recomendaciones de los expertos
Especialistas en materia fiscal recomiendan tomar precauciones como:
Firmar contratos que respalden préstamos o donativos
Especificar el concepto en las transferencias bancarias
Conservar comprobantes del origen de los recursos
Estas acciones pueden evitar confusiones ante una revisión del SAT y proteger al contribuyente de sanciones innecesarias.