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Establecen penas carcelarias por el delito de pornografía infantil

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quien cometa delitos de pornografía contra menores de 18 años de edad o personas que no tienen la capacidad de comprensión, legisladores locales aprobaron penas carcelarias con el afán de inhibir este delito.

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Con reformas al Código Penal, a las leyes que Garantizan el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a la de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito, así como de Justicia para Adolescentes, con el objetivo de penar aquellas acciones que se constituyen como violencia digital sexual.

Los congresistas adicionaron el artículo 358 quáter al Código Penal del Estado de Tlaxcala, que establece una pena de hasta siete a 12 años de prisión y multa de 800 a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien cometa el delito de pornografía a menores de dieciocho años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirse.

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Esta pena también es aplicable para quien induzca a una persona por cualquier medio a realizar actos sexuales, reales o de exhibicionismo corporal con fines lascivo o sexuales, reales o simulados, con el objetivo de grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlo y transmitirlos a través de una red pública o privada.

En tanto, el artículo 358 quinquies del mismo ordenamiento refiere una sanción carcelaria de siete a doce años y una multa de tres mil a cuatro mil UMA’s a quien filme, video grabe, imprima o fotografié contenido de pornografía en contra de menores de edad o personas con dificultades de comprensión del hecho. Misma pena será aplicable para quien almacene este tipo de contenido.

Cabe señalar que quien compre, transmita o arriende este tipo de materiales se le impondrá una pena de uno a cinco años de cárcel y de cien a 500 UMA’s.

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Pronostican parcialmente nublado y riesgo mínimo de contingencia pluvial en Puebla capital para este Miércoles

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Las autoridades del municipio de Puebla informaron que la capital registrará un ambiente parcialmente nublado durante este miércoles 23 de septiembre, acompañado por un margen sumamente bajo de precipitaciones. De acuerdo con los reportes del pronóstico meteorológico oficial, la probabilidad de lluvia se mantiene en un reducido 15 por ciento, previendo acumulados pluviales que no superarán los 5 milímetros.

En cuanto a las condiciones térmicas y eólicas, se prevé una jornada cálida con una temperatura máxima que alcanzará los 27 grados Celsius, mientras que las mínimas se situarán en torno a los 14 grados. Los vientos marcharán a velocidades moderadas, oscilando entre los 10 y los 23 kilómetros por hora, sin que al arranque de la mañana se detectaran celdas de tormenta de consideración sobre el área metropolitana.

Paralelamente, la red de monitoreo de los cursos de agua locales reporta una condición de estabilidad absoluta. Los principales afluentes de la Angelópolis, tales como los ríos Alseseca, Atoyac y San Francisco (a la altura de Mayorazgo), se ubican al 10 por ciento de su capacidad. En tanto, las infraestructuras de contención como los vasos reguladores Puente Negro y Santuario se mantienen a un 5 por ciento de su nivel de almacenamiento, colocándose en Alerta Verde o riesgo mínimo.

A pesar del escenario favorable y la ausencia de amenaza inmediata de desbordamientos, las dependencias municipales exhortaron a la ciudadanía a no tirar basura en las vialidades. Mantener despejados los sistemas de alcantarillado y drenaje continúa siendo la medida preventiva fundamental para evitar eventuales encharcamientos en caso de variaciones del clima.

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¿Por qué el asesinato de Claudia Tacoronte en Morelos encuadra como feminicidio?

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El privar de la vida a la estudiante de intercambio académica Claudia Tacoronte Aguilera en el estado de Morelos ha reabierto un profundo debate institucional sobre la correcta tipificación del delito. A pesar de que las primeras hipótesis apuntaban a un intento de robo de sus pertenencias en Cuautla, analistas jurídicos y activistas remarcan que la investigación bajo la perspectiva de género resulta indispensable, en apego a los marcos normativos vigentes y los protocolos obligatorios para muertes violentas de mujeres.

En el plano legal mexicano, la jurisprudencia establece que todo asesinato de una mujer debe investigarse de origen como un probable feminicidio para determinar la presencia de razones de género. Entre los criterios contemplados en el Código Penal se destacan la exposición del cuerpo en la vía pública, la inflictación de lesiones infamantes o degradantes y las condiciones de indefensión de la víctima. En el caso de Claudia, la saña del ataque y la presencia de heridas clasificadas como infamantes por peritos justifican que la Fiscalía de Morelos sustente la imputación bajo la vertiente más severa del tipo penal.

El caso cobra mayor relevancia al enmarcarse dentro de una severa crisis de seguridad en el ámbito universitario de Morelos. La joven de 21 años representa la cuarta estudiante vinculada a la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) asesinada en un periodo de solo siete meses, un antecedente alarmante que refleja un entorno de vulnerabilidad sistemática e inseguridad estructural para las mujeres en la región.

Por ello, analistas afirman que catalogar el hecho como un simple homicidio derivado de un delito patrimonial invisibilizaría la violencia sistémica ejercida contra las mujeres. La clasificación como feminicidio —por la cual las autoridades buscan aplicar la pena máxima de hasta 70 años de prisión contra el imputado— imputa responsabilidad no solo al agresor, sino que exige rendición de cuentas a las instituciones responsables de garantizar la prevención y la seguridad de la ciudadanía.

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FGE confirma localización sin vida e identidad de Hugo Alejandro Hernández en el río Alseseca

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La Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE) confirmó de manera oficial que el cuerpo hallado en el cauce del río Alseseca, a la altura de la colonia Lomas de San Miguel en la capital poblana, corresponde al joven Hugo Alejandro Hernández Tello. Tras el hallazgo, las autoridades ministeriales iniciaron las diligencias correspondientes para el levantamiento del cadáver y su traslado al Servicio Médico Forense (SEMEFO).

La identificación plena del cuerpo fue posible mediante la intervención del Instituto de Ciencias Forenses (INCIFO), cuyos especialistas practicaron estudios multidisciplinarios de antropología y estomatología forense. Entre las particularidades biológicas documentadas en los peritajes destacaron una estatura aproximada de 165 centímetros, una deformidad en la uña del dedo índice izquierdo y la ausencia de los terceros molares, datos que permitieron cotejar y confirmar la identidad de la víctima, un varón de entre 25 y 39 años de edad.

Respecto al dictamen médico legista, las autoridades precisaron que la causa determinante del fallecimiento fue un traumatismo cráneo facial severo. La valoración científica de las lesiones arrojó que estas presentan mecanismos compatibles con un evento de caída, al tiempo que los peritos no detectaron otro tipo de traumatismos o huellas de violencia ajenas a dicha dinámica en la anatomía del cuerpo.

La Fiscalía General del Estado de Puebla extendió sus condolencias a la familia y allegados de Hugo Alejandro Hernández, asegurando que las investigaciones permanecen abiertas para integrar todos los dictámenes periciales y deslindar las circunstancias exactas que derivaron en su fallecimiento.

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