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Por incumplimiento alimenticio se proponen hasta 5 años de carcel

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El diputado local Sergio Salomón Céspedes Peregrina propuso imponer de tres a cinco años de prisión a la persona que incumpla con la obligación de dar alimentos, que comprenden comida, vestido y habitación, entre otros.

El coordinador de la bancada de Morena en el Congreso del Estado plantea reformar los artículos 354 Bis, 354 Ter y 354 Quáter, así como adicionar el artículo 354 Quinquies del Código Penal para el Estado de Puebla.

La propuesta consiste en imponer prisión y multa de 9 mil 622 a 38 mil 488 pesos (Unidades de Medida y Actualización) al que incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos.

La reparación del daño comprenderá, además, las cantidades por concepto de alimentos no suministradas oportunamente. El delito se tendrá por consumado aun cuando el o los acreedores alimentarios se dejen al cuidado o reciban ayuda de un tercero.

El artículo 354 quinquies que el diputado de Morena propone agregar en el Código Penal, contempla las siguientes disposiciones:

I.- Si el procesado paga las pensiones alimentarias que deba, decretadas por un Juez de lo familiar o civil, en su caso, y si además deposita en favor del acreedor alimentario, el importe de las tres mensualidades siguientes, se sobreseerá el proceso.

II.- El sobreseimiento se dictará sin perjuicio de considerar al deudor alimentario como reincidente o habitual, si incurre una o más veces en este delito.

De acuerdo con la ley, los alimentos comprenden comida, vestido, habitación y asistencia en caso de enfermedad y libros y material de estudio necesarios; y en el caso de mujeres embarazadas, comprende la atención médica y hospitalaria del embarazo y parto, en cualquier caso, del padre hacia la madre.

La iniciativa de Céspedes se encuentra en análisis de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso para su estudio y resolución procedente, para que eventualmente sea votada en el pleno.

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