{"id":77476,"date":"2026-02-21T15:50:38","date_gmt":"2026-02-21T15:50:38","guid":{"rendered":"https:\/\/lahora.mx\/?p=77476"},"modified":"2026-02-21T15:50:39","modified_gmt":"2026-02-21T15:50:39","slug":"pesos-y-contrapesos-en-accion-la-corte-suprema-de-eu-frente-al-poder-presidencial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/2026\/02\/21\/pesos-y-contrapesos-en-accion-la-corte-suprema-de-eu-frente-al-poder-presidencial\/","title":{"rendered":"Pesos y contrapesos en acci\u00f3n: la Corte Suprema de EU frente al poder presidencial"},"content":{"rendered":"\n<p>Si alguna vez pensaste que la teor\u00eda constitucional era \u00fatil solo para aprobar ex\u00e1menes, el caso Learning Resources, Inc. v. Trump es la mejor demostraci\u00f3n de que la Constituci\u00f3n no es un texto r\u00edgido, polvoriento o ret\u00f3rico: respira, se defiende y, a veces, frena.<\/p>\n\n\n\n<p>Podremos coincidir en c\u00f3mo lo que comenz\u00f3 como un debate t\u00e9cnico sobre comercio exterior y aranceles termin\u00f3 convirti\u00e9ndose en una aut\u00e9ntica lecci\u00f3n p\u00fablica de Derecho Constitucional. Lo que parec\u00eda una discusi\u00f3n econ\u00f3mica sobre importaciones revel\u00f3, en realidad, el funcionamiento profundo del sistema de pesos y contrapesos (checks and balances), la vigencia de la separaci\u00f3n de poderes y la importancia de la autoridad constitucional como l\u00edmite al poder pol\u00edtico. El caso dej\u00f3 claro que, incluso en asuntos aparentemente t\u00e9cnicos, lo que est\u00e1 en juego no es solo pol\u00edtica comercial, sino la arquitectura misma del Estado democr\u00e1tico.<br>El origen del conflicto: aranceles, emergencia y una ley poco usada<br>A mediados de 2025, el presidente Donald J. Trump impuso una serie de aranceles globales a productos importados utilizando como fuente de poder la International Emergency Economic Powers Act, a la que en lo sucesivo me referir\u00e9 como IEEPA, una ley federal de 1977 dise\u00f1ada para que el presidente pueda responder a amenazas econ\u00f3micas externas o emergencias econ\u00f3micas internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>La l\u00f3gica de la Casa Blanca fue bastante simple:<\/p>\n\n\n\n<p>Se declar\u00f3 una supuesta \u201cemergencia econ\u00f3mica\u201d.<br>Esa emergencia, dijeron, autorizaba al presidente a actuar bajo la IEEPA.<br>Y con esa autoridad, se establecieron aranceles generalizados sobre importaciones de diversos pa\u00edses.<br>Ese enfoque no cay\u00f3 bien entre varias empresas afectadas \u2014desde fabricantes de juguetes hasta distribuidores de productos diversos\u2014 que vieron sus costos elevarse de forma dr\u00e1stica y sin autorizaci\u00f3n del Congreso. El conflicto escal\u00f3 hasta convertirse en una demanda que lleg\u00f3 a la Suprema Corte de los Estados Unidos, bajo los expedientes No. 24-1287 y 25-250, en un caso consolidado que ahora se conoce como Learning Resources, Inc. v. Trump.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"2\" class=\"wp-block-list\">\n<li>\u00bfPor qu\u00e9 este caso es tan importante? Rousseau, Montesquieu y la democracia constitucional<br>Puede que nombres como Jean-Jacques Rousseau o Montesquieu suenen a filosof\u00eda abstracta, pero en este juicio aparecen como pilares de la estructura constitucional estadounidense.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Rousseau hablaba de la voluntad general \u2014la idea de que, en una democracia, la ley refleja lo que es mejor para la sociedad en su conjunto\u2014. En Estados Unidos, esa voluntad general no se expresa directamente, sino a trav\u00e9s de representantes elegidos que toman decisiones colectivas.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero incluso dentro de ese sistema representativo, la Constituci\u00f3n reparte competencias:<\/p>\n\n\n\n<p>El Congreso tiene la potestad de imponer impuestos, derechos e impuestos a las importaciones (tariffs).<br>El Ejecutivo implementa e interpreta la ley.<br>El Poder Judicial revisa si las acciones del Congreso o del Ejecutivo se ajustan a la Constituci\u00f3n.<br>Como ense\u00f1\u00f3 Montesquieu hace siglos, el poder no debe concentrarse en una sola mano, porque sin l\u00edmites se convierte en una herramienta de abuso. Y la Constituci\u00f3n estadounidense est\u00e1 dise\u00f1ada justamente para evitar eso.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"3\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Constituci\u00f3n y aranceles: \u00a1Es competencia del Congreso!<br>Uno de los puntos centrales del fallo es una referencia directa a la Constituci\u00f3n de los Estados Unidos \u2014y la sentencia lo deja claro\u201d<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>\u201cEl Art\u00edculo I, Secci\u00f3n 8, de la Constituci\u00f3n dispone que \u2018El Congreso tendr\u00e1 la facultad de establecer y recaudar impuestos, derechos, contribuciones y exacciones\u2019. Los Fundadores reconocieron la singular importancia de este poder tributario \u2014poder que \u2018muy claramente\u2019 incluye la facultad de imponer aranceles\u2014 y otorgaron al Congreso \u2018en exclusiva\u2026 acceso al bolsillo del pueblo\u2019. Los Fundadores no atribuyeron ninguna parte del poder tributario al Poder Ejecutivo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La frase \u201caccess to the pockets of the people\u201d no es ret\u00f3rica moderna. Es una s\u00edntesis de una idea constitucional muy antigua que proviene de tres grandes tradiciones: \u201cTradici\u00f3n brit\u00e1nica: \u201cNo taxation without representation\u201d, Contexto americano: reacci\u00f3n al poder imperial; y de Federalismo y Teor\u00eda constitucional estadounidense.<\/p>\n\n\n\n<p>James Madison, en su ensayo el Federalista No. 58, explic\u00f3 que el poder sobre el dinero es: \u201cthe most complete and effectual weapon\u201d (el arma m\u00e1s completa y eficaz) para el control democr\u00e1tico del gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p>La idea es clara:<\/p>\n\n\n\n<p>Quien controla el impuesto controla al gobierno.<br>El Ejecutivo no puede tener \u201cacceso directo al bolsillo del pueblo\u201d.<br>El impuesto requiere representaci\u00f3n pol\u00edtica.<br>En t\u00e9rminos sencillos, esto significa que solo el Congreso puede decidir sobre la creaci\u00f3n y cobro de impuestos y aranceles, porque esa decisi\u00f3n afecta directamente, y de forma significativa, la econom\u00eda, a los consumidores y al comercio internacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando un presidente intenta hacer lo mismo sin una autorizaci\u00f3n clara del Congreso, se mete en terreno constitucional ambiguo y peligroso.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"4\" class=\"wp-block-list\">\n<li>\u00bfQu\u00e9 es un arancel y por qu\u00e9 importa?<br>Antes de seguir con la decisi\u00f3n judicial, conviene entender \u2014con t\u00e9rminos sencillos\u2014 qu\u00e9 es un arancel y por qu\u00e9 su imposici\u00f3n puede tener efectos profundos, incluso m\u00e1s all\u00e1 de lo econ\u00f3mico.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Un arancel es un impuesto que se cobra sobre bienes importados desde otros pa\u00edses. Su objetivo puede variar:<\/p>\n\n\n\n<p>Proteger industrias nacionales frente a competencia extranjera.<br>Presionar a otros Estados a cambiar sus pol\u00edticas comerciales.<br>Recaudar ingresos adicionales para el Estado.<br>Sin embargo, tambi\u00e9n tiene efectos secundarios:<\/p>\n\n\n\n<p>Encarece productos importados para los consumidores.<br>Puede alterar cadenas de suministro.<br>Afecta relaciones diplom\u00e1ticas.<br>Y \u2014relevante\u2014 en econom\u00edas modernas como la estadounidense o la mexicana, las decisiones sobre comercio internacional no son solo t\u00e9cnicas econ\u00f3micas: tocan libertades econ\u00f3micas b\u00e1sicas, derechos de empresa y bienestar general.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"5\" class=\"wp-block-list\">\n<li>La gran pregunta: \u00bfpod\u00eda el presidente hacerlo bajo la IEEPA?<br>Llegamos al coraz\u00f3n del caso: la Corte Suprema analiz\u00f3 dos cuestiones esenciales:<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>A) \u00bfLa IEEPA autoriza expresamente la imposici\u00f3n de aranceles?<\/p>\n\n\n\n<p>La respuesta de la mayor\u00eda fue no. La Corte examin\u00f3 la redacci\u00f3n de la ley y concluy\u00f3 que el texto de la IEEPA \u2014y en especial los t\u00e9rminos \u201cregulate\u201d e \u201cimportation\u201d\u2014 no confiere al presidente el poder de imponer aranceles generalizados como lo hizo el presidente Donald Trump.<\/p>\n\n\n\n<p>En palabras de la propia Corte:<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCon base en dos palabras separadas por otras 16 en la IEEPA \u2014\u2018regular\u2019 e \u2018importaci\u00f3n\u2019\u2014 el Presidente afirma tener la facultad independiente de imponer aranceles sobre importaciones provenientes de cualquier pa\u00eds, respecto de cualquier producto, a cualquier tasa y por cualquier periodo de tiempo. Esas palabras no pueden soportar tal peso. (\u2026) La IEEPA no contiene referencia alguna a aranceles ni a derechos aduaneros.\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>B) \u00bfPuede el presidente asumir una facultad central del Congreso sin una autorizaci\u00f3n espec\u00edfica?<\/p>\n\n\n\n<p>La Corte fue categ\u00f3rica: No. Aun si la ley fuera ambigua, esta ambig\u00fcedad no puede justificar que el Ejecutivo ocupe un espacio que constitucionalmente pertenece al Legislativo.<\/p>\n\n\n\n<p>Este principio se conoce como la \u201cMajor Questions Doctrine\u201d (doctrina de las grandes preguntas), que sostiene que cuando hay decisiones de gran impacto pol\u00edtico o econ\u00f3mico, se requiere una autorizaci\u00f3n clara y expl\u00edcita del Congreso para que el Ejecutivo act\u00fae.<\/p>\n\n\n\n<p>En lenguaje m\u00e1s claro: si una acci\u00f3n involucra poder econ\u00f3mico masivo (como imponer impuestos o aranceles), no se puede deducir ese poder de una ley ambigua \u2014debe estar expresamente escrito en la ley.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"6\" class=\"wp-block-list\">\n<li>La Corte y su votaci\u00f3n: \u00bfqui\u00e9nes votaron y c\u00f3mo?<br>La Corte Suprema estuvo integrada, en este caso, por los nueve jueces que conforman actualmente el tribunal: John Roberts (Presidente de la Corte), Clarence Thomas, Samuel Alito, Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh, Amy Coney Barrett, y Ketanji Brown Jackson<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n fue 6-3 a favor de invalidar los aranceles por falta de autoridad legal, con una mayor\u00eda que incluy\u00f3 tanto a jueces tradicionalmente conservadores como a liberales.<\/p>\n\n\n\n<p>En la opini\u00f3n mayoritaria, escrita por el Chief Justice John Roberts, la Corte explic\u00f3 no solo que la IEEPA no autorizaba la medida, sino que permitir una delegaci\u00f3n t\u00e1cita de poder tributario excede lo que la Constituci\u00f3n permite.<\/p>\n\n\n\n<p>Los tres jueces disidentes argumentaron, entre otras cosas, que la historia de uso de la IEEPA y otras leyes deber\u00eda interpretarse de forma m\u00e1s favorable al Ejecutivo, pero la mayor\u00eda no estuvo de acuerdo.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"7\" class=\"wp-block-list\">\n<li>\u00bfY ahora qu\u00e9? Efectos pr\u00e1cticos de la sentencia<br>La decisi\u00f3n de la Corte tuvo efectos inmediatos:<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los aranceles impuestos bajo la autoridad de la IEEPA quedaron anulados.<br>Se abri\u00f3 la posibilidad de que importadores afectados soliciten devoluciones de aranceles cobrados, aunque esto depende de procedimientos administrativos y judiciales posteriores, y no es autom\u00e1tico.<br>El caso marca un precedente importante sobre la l\u00ednea roja entre poderes del Ejecutivo y del Congreso.<br>Esta sentencia no significa que los presidentes nunca puedan usar aranceles: significa que deben hacerlo bajo leyes en las cuales el Congreso haya dado una autorizaci\u00f3n clara y espec\u00edfica, como sucede con otros mecanismos legales de comercio.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"8\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Claves pedag\u00f3gicas: \u00bfqu\u00e9 nos ense\u00f1a este caso?<br>Este caso no es solo una disputa sobre comercio o econom\u00eda global. Es una lecci\u00f3n fundamental de Derecho Constitucional:<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n reparte competencias. No por capricho, sino para proteger la libertad y limitar el uso del poder.<br>No basta con una ley ambigua para otorgar poderes de gran impacto. Cuando est\u00e1 en juego algo tan sensible como impuestos, se requiere claridad.<br>Pesos y Contrapesos (Checks and balances) funcionan en la pr\u00e1ctica. El Judicial revis\u00f3 una acci\u00f3n del Ejecutivo, y lo fren\u00f3 por exceder la autoridad que la Constituci\u00f3n concede al Congreso.<br>No es confrontaci\u00f3n pol\u00edtica rutinaria. Es la arquitectura constitucional funcionando como fue dise\u00f1ada: equilibrar, revisar y frenar cuando es necesario.<\/p>\n\n\n\n<ol start=\"9\" class=\"wp-block-list\">\n<li>Reflexi\u00f3n<br>M\u00e1s all\u00e1 de \u201c\u00bfte gustan o no te gustan los aranceles?\u201d, la verdadera pregunta constitucional es:<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>\u00bfQui\u00e9n tiene la competencia para decidir sobre aranceles? \u00bfEl presidente? \u00bfEl Congreso? \u00bfAmbos? Y la respuesta, presentada con claridad por la Corte Suprema, es esta:<\/p>\n\n\n\n<p>El Congreso decide.<br>El Ejecutivo ejecuta.<br>El Judicial revisa.<br>M\u00e1s all\u00e1 de simpat\u00edas pol\u00edticas o preferencias econ\u00f3micas, este caso nos recuerda algo esencial: en una democracia constitucional no todo poder es poder leg\u00edtimo. La autoridad no nace de la urgencia ni de la conveniencia pol\u00edtica, sino de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando el Ejecutivo intenta avanzar m\u00e1s all\u00e1 de los l\u00edmites que le fueron trazados, el sistema est\u00e1 dise\u00f1ado para responder. Y en este caso, respondi\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Porque la Constituci\u00f3n no es un discurso: es el l\u00edmite del poder. Y cuando ese l\u00edmite se rebasa, el Estado de Derecho lo restablece.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si alguna vez pensaste que la teor\u00eda constitucional era \u00fatil solo para aprobar ex\u00e1menes, el caso Learning Resources, Inc. v. Trump es la mejor demostraci\u00f3n de que la Constituci\u00f3n no es un texto r\u00edgido, polvoriento o ret\u00f3rico: respira, se defiende y, a veces, frena. 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