{"id":64390,"date":"2025-07-01T17:16:46","date_gmt":"2025-07-01T17:16:46","guid":{"rendered":"https:\/\/lahora.mx\/?p=64390"},"modified":"2025-07-01T17:16:47","modified_gmt":"2025-07-01T17:16:47","slug":"aprueban-diputados-crear-curp-con-datos-biometricos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/2025\/07\/01\/aprueban-diputados-crear-curp-con-datos-biometricos\/","title":{"rendered":"Aprueban Diputados crear CURP con datos biom\u00e9tricos"},"content":{"rendered":"\n<p>La C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 en lo general, y en lo particular en sus t\u00e9rminos, la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de dos leyes generales, en materia de fortalecimiento de la legislaci\u00f3n sobre b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de personas desaparecidas.<br><br>Los cambios a la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas, fueron avalados en lo general con 438 votos a favor, 38 en contra y cero abstenciones. En lo particular y en sus t\u00e9rminos recibi\u00f3 417 votos en pro, 60 en contra y cero abstenciones.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, las reformas y adiciones a la Ley General de Poblaci\u00f3n, en lo general registraron 340 votos en pro, 104 en contra y 24 abstenciones. En lo particular y en t\u00e9rminos del proyecto de decreto se emitieron 345 votos a favor, 129 en contra y cero abstenciones.<\/p>\n\n\n\n<p>La minuta, producto de una iniciativa presentada por la presidenta de la Rep\u00fablica, Claudia Sheinbaum Pardo, fue considerada en votaci\u00f3n econ\u00f3mica de urgente resoluci\u00f3n y se someti\u00f3 a discusi\u00f3n y votaci\u00f3n de inmediato. Fue remitida al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas<\/p>\n\n\n\n<p>En la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas se establece la Alerta Nacional de B\u00fasqueda, Localizaci\u00f3n e Identificaci\u00f3n, ante la noticia, reporte o denuncia de persona desaparecida o no localizada, que deber\u00e1 activarse en todo el pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>Se crea la Base Nacional de Carpetas de Investigaci\u00f3n de Personas Desaparecidas y No Localizadas. La Comisi\u00f3n Nacional de B\u00fasqueda deber\u00e1 emitir el Protocolo para la activaci\u00f3n de la Alerta, el cual deber\u00e1 establecer, como elementos m\u00ednimos, el mecanismo para su activaci\u00f3n y operaci\u00f3n que asegure la coordinaci\u00f3n de las autoridades federales y locales, as\u00ed como las obligaciones espec\u00edficas de las instituciones competentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Define a las autoridades como las dependencias, sus \u00f3rganos administrativos desconcentrados, y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal, los poderes Legislativo y Judicial, sus respectivos hom\u00f3logos de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de M\u00e9xico, as\u00ed como los organismos con autonom\u00eda constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>Incorpora la Plataforma \u00danica de Identidad como la herramienta para la consulta, validaci\u00f3n y gesti\u00f3n de las Claves \u00danicas de Registro de Poblaci\u00f3n, a que se refiere la Ley General de Poblaci\u00f3n. Los Registros Administrativos ser\u00e1n las bases de datos de cualquier autoridad que integren datos biom\u00e9tricos o identificativos de las personas, con motivo de los tr\u00e1mites o servicios que brindan.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras que la Clave \u00danica de Registro de Poblaci\u00f3n ser\u00e1 la fuente \u00fanica de identidad de las personas, que permite asociar a una persona con cualquier registro en poder de autoridades y particulares de cualquier naturaleza, que servir\u00e1 como mecanismo para el cruce, alerta y consulta de la informaci\u00f3n de sus bases de datos, para el cumplimiento del objeto de la presente Ley General.<\/p>\n\n\n\n<p>A la Base Nacional de Carpetas de Investigaci\u00f3n se le entender\u00e1 como el registro que contiene los datos de las carpetas de investigaci\u00f3n o averiguaciones previas iniciadas por los delitos de desaparici\u00f3n forzada de personas y de desaparici\u00f3n cometida por particulares, la cual ser\u00e1 operada por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica y actualizada en tiempo real por las fiscal\u00edas especializadas.<\/p>\n\n\n\n<p>La Familia Social ser\u00e1 la persona o conjunto de personas cercanas a la persona desaparecida o no localizada que mantienen o mantuvieron v\u00ednculos significativos de afecto, cuidado, convivencia o acompa\u00f1amiento solidario, independientemente de la existencia de lazos consangu\u00edneos, legales o de parentesco formal, de conformidad con los protocolos vigentes.<\/p>\n\n\n\n<p>El Nombre Social ser\u00e1 el vocativo por el cual se reconoce, identifica y alude a la persona en sus relaciones personales dentro de los contextos espec\u00edficos y consiste en el nombre que una persona se autoasigna.<\/p>\n\n\n\n<p>Define a la Ficha de B\u00fasqueda como el documento oficial generado por la autoridad competente al momento de recibirse una noticia, reporte o denuncia de desaparici\u00f3n o no localizaci\u00f3n de una persona, que contiene los datos esenciales para su identificaci\u00f3n, b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n e investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Precisa que la Plataforma \u00danica de Identidad ser\u00e1 la fuente primaria de consulta permanente y en tiempo real, se interconectar\u00e1 con bases de datos o sistemas de informaci\u00f3n que permitan realizar b\u00fasquedas continuas entre los siguientes registros: el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, la Base Nacional de Carpetas de Investigaci\u00f3n, el Banco Nacional de Datos Forenses y los Registros Administrativos.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, cualquier registro, base o sistema de informaci\u00f3n de particulares que presten servicios financieros, de transporte, salud f\u00edsica y mental, telecomunicaciones, educaci\u00f3n, asistencia privada, paqueter\u00eda y servicios de entrega, registros patronales y de seguridad social, religiosos, los establecimientos residenciales de atenci\u00f3n a las adicciones, as\u00ed como toda instituci\u00f3n privada que administre registros o bases de datos de personas, cuya consulta sea necesaria para la investigaci\u00f3n, b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de personas desaparecidas o no localizadas.<\/p>\n\n\n\n<p>El uso de la Plataforma \u00danica est\u00e1 condicionado a la existencia previa del Folio \u00danico de B\u00fasqueda o del n\u00famero de carpeta de investigaci\u00f3n y se limitar\u00e1 exclusivamente a la consulta de los datos relacionados con la persona desaparecida.<\/p>\n\n\n\n<p>La Plataforma \u00danica contar\u00e1 con un dise\u00f1o descentralizado y apegado a los principios y obligaciones en materia de tratamiento de datos personales conforme a lo previsto en las Leyes y disposiciones jur\u00eddicas aplicables en materia de protecci\u00f3n de datos personales.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, permitir\u00e1 realizar el monitoreo continuo para el seguimiento de la Clave \u00danica de Registro de Poblaci\u00f3n de una persona desaparecida o no localizada, con el fin de identificar cualquier movimiento, registro o actualizaci\u00f3n que pudiera aportar informaci\u00f3n para la investigaci\u00f3n, b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n o identificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n, generar avisos en tiempo real a las autoridades competentes, cuando exista un uso de la Clave \u00danica de Registro de Poblaci\u00f3n de una persona desaparecida o no localizada en los registros de los sujetos obligados, realizar b\u00fasquedas continuas entre registros, y generar avisos cuando existan posibles coincidencias e indicios que lleven a la investigaci\u00f3n, b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n o identificaci\u00f3n de una Persona Desaparecida o No Localizada.<\/p>\n\n\n\n<p>La Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n, a trav\u00e9s del Registro Nacional de Poblaci\u00f3n, habilitar\u00e1 los accesos necesarios para que la Fiscal\u00eda, fiscal\u00edas locales, la Comisi\u00f3n Nacional y las comisiones locales de b\u00fasqueda, tengan acceso a la Plataforma \u00danica de Identidad para la consulta de informaci\u00f3n requerida para la investigaci\u00f3n, b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de Personas Desaparecidas o No Localizadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Se conservar\u00e1 registro de toda b\u00fasqueda o consulta de la Plataforma \u00danica de Identidad y se establecer\u00e1n mecanismos efectivos de notificaci\u00f3n y consulta. El acceso de la Fiscal\u00eda, las fiscal\u00edas locales, la Comisi\u00f3n Nacional y las comisiones locales de b\u00fasqueda a la Plataforma estar\u00e1 sujeto a las medidas de seguridad y niveles de acceso establecidos y protocolos de actuaci\u00f3n, y se limita exclusivamente a fines de b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de personas desaparecidas o no localizadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Toda autoridad y particular de cualquier naturaleza que tenga a su cargo datos biom\u00e9tricos o cualquier otro dato identificativo de personas, deber\u00e1 permitir a las fiscal\u00edas, las autoridades a las que se refiere el art\u00edculo 21 constitucional y actuando bajo la conducci\u00f3n y mando del Ministerio P\u00fablico, as\u00ed como la Comisi\u00f3n Nacional de B\u00fasqueda y las comisiones locales de b\u00fasqueda la consulta inmediata de la informaci\u00f3n sobre personas desaparecidas o no localizadas contenida en sus registros, bases de datos o sistemas de informaci\u00f3n, exclusivamente para su b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n, identificaci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Precisa que la autoridad competente que reciba una noticia, reporte o denuncia por la desaparici\u00f3n o no localizaci\u00f3n de una persona, la registrar\u00e1 sin dilaci\u00f3n alguna en el Registro Nacional y en la Base Nacional de Carpetas de Investigaci\u00f3n, y remitir\u00e1 por los medios disponibles a las fiscal\u00edas especializadas y comisiones locales de b\u00fasqueda una Ficha de B\u00fasqueda, conforme al protocolo de Alerta Nacional de B\u00fasqueda Localizaci\u00f3n, debiendo asegurarse de la recepci\u00f3n. En este \u00faltimo supuesto las fiscal\u00edas, de oficio y sin demora, deber\u00e1n completar el registro en la Base Nacional de Carpetas de Investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La Ficha de B\u00fasqueda deber\u00e1 difundirse de manera masiva por todos los medios disponibles entre las autoridades; se notificar\u00e1 al Registro Nacional de Poblaci\u00f3n, con la finalidad de que se activen en la Plataforma \u00danica de Identidad los alertamientos de usos de la Clave \u00danica de Registro de Poblaci\u00f3n de Persona Desaparecida o No Localizada, o la b\u00fasqueda de coincidencias con sus datos identificativos.<\/p>\n\n\n\n<p>Hace menci\u00f3n que a las personas participantes que no intervinieron directamente en la privaci\u00f3n de la libertad ni en la privaci\u00f3n de la vida de la v\u00edctima y proporcionen informaci\u00f3n efectiva que permita la localizaci\u00f3n con vida de la v\u00edctima o conduzca a la localizaci\u00f3n del cad\u00e1ver o los restos humanos de la Persona Desaparecida, se les impondr\u00e1 una pena de ocho a doce a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa de tres mil a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Se considerar\u00e1 grave el uso de la Plataforma \u00danica de Identidad, as\u00ed como el uso de la informaci\u00f3n generada por ella, con fines distintos a los se\u00f1alados en la Ley. El incumplimiento por parte de los particulares que posean bases de datos, registros o informaci\u00f3n y que de conformidad con esta Ley se encuentren obligados a permitir su acceso, proporcionar y actualizar informaci\u00f3n, ser\u00e1n sancionados con multas de 10,000 a 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n (UMA), lo cual ser\u00e1 verificado y sancionado por la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La Fiscal\u00eda y las fiscal\u00edas locales deber\u00e1n enviar de forma mensual al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica un informe que contenga el n\u00famero de Personas Desaparecidas y No Localizadas durante el periodo, el n\u00famero de carpetas de investigaci\u00f3n o averiguaciones previas por los delitos previstos en esta Ley, el estado procesal de las carpetas de investigaci\u00f3n o averiguaciones previas a que se refiere la fracci\u00f3n anterior; acciones emprendidas para su b\u00fasqueda e identificaci\u00f3n, y cualquier otra informaci\u00f3n que sea relevante para el seguimiento cumplimiento de los objetivos previstos en esta Ley.<\/p>\n\n\n\n<p>En el r\u00e9gimen transitorio se expone que las entidades federativas y municipios, en un plazo no mayor a 180 d\u00edas naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deber\u00e1n armonizar la normatividad que regulen panteones, cementerios, servicios funerarios, crematorios, fosas comunes y cualquier espacio destinado a la disposici\u00f3n final de cuerpos humanos, ya sean instituciones p\u00fablicas o privadas.<\/p>\n\n\n\n<p>Para establecer al menos la obligaci\u00f3n de llevar registros precisos, digitalizados y actualizados de los cuerpos inhumados, cremados o trasladados, indicando caracter\u00edsticas f\u00edsicas, ubicaci\u00f3n exacta, fecha y medio de disposici\u00f3n, vincular dichos registros al Sistema Nacional de B\u00fasqueda, conforme a los lineamientos t\u00e9cnicos emitidos por la Comisi\u00f3n Nacional de B\u00fasqueda, y las obligaciones que permitan el cumplimiento de la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de Personas, Desaparici\u00f3n Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de B\u00fasqueda de Personas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Diputados aprob\u00f3 en lo general, y en lo particular en sus t\u00e9rminos, la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de dos leyes generales, en materia de fortalecimiento de la legislaci\u00f3n sobre b\u00fasqueda, localizaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de personas desaparecidas. Los cambios a la Ley General en Materia de Desaparici\u00f3n Forzada de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":64391,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[175,176],"tags":[195],"class_list":["post-64390","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-local","category-nacional","tag-principal"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64390","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=64390"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64390\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":64392,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64390\/revisions\/64392"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/64391"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=64390"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=64390"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=64390"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}