{"id":47112,"date":"2024-05-23T17:35:10","date_gmt":"2024-05-23T17:35:10","guid":{"rendered":"http:\/\/lahora.mx\/?p=47112"},"modified":"2024-06-04T17:35:56","modified_gmt":"2024-06-04T17:35:56","slug":"impulsan-en-el-congreso-iniciativa-para-evitar-discriminacion-a-personas-con-enfermedades-infecciosas-o-cronico-degenerativas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/2024\/05\/23\/impulsan-en-el-congreso-iniciativa-para-evitar-discriminacion-a-personas-con-enfermedades-infecciosas-o-cronico-degenerativas\/","title":{"rendered":"Impulsan en el Congreso iniciativa para evitar discriminaci\u00f3n a personas con enfermedades infecciosas o cr\u00f3nico degenerativas"},"content":{"rendered":"\n<p>Durante la sesi\u00f3n ordinaria del Congreso del Estado se present\u00f3 una iniciativa para reformar la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminaci\u00f3n del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer que se considere como discriminaci\u00f3n, el estigmatizar y negar derechos a personas que viven con enfermedades infecciosas o de transmisi\u00f3n sexual, enfermedades cr\u00f3nico degenerativas, las que deriven de una emergencia sanitaria, as\u00ed como cualquier condici\u00f3n, secuela o antecedentes de salud f\u00edsica o mental.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa pretende evitar la discriminaci\u00f3n a este sector de la poblaci\u00f3n, la cual se presenta en diferentes formas, como son: el rechazo social, la p\u00e9rdida de empleo, la exclusi\u00f3n de los servicios de salud y la violencia verbal o f\u00edsica.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta legislativa, que propone reformar la fracci\u00f3n XXXIV del art\u00edculo 6 Bis de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminaci\u00f3n del Estado de Puebla, fue turnada a la Comisi\u00f3n de Grupos Vulnerables para su estudio y resoluci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se present\u00f3 una iniciativa para reformar la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector P\u00fablico Estatal y Municipal, con el prop\u00f3sito de dar preferencia a mujeres violentadas y personas ind\u00edgenas y afromexicanas, ante procesos de adjudicaci\u00f3n de adquisiciones, arrendamientos y servicios ante el Gobierno del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>Se pretende que las autoridades promuevan condiciones que contrasten la falta de oportunidades y las consecuencias que genera la violencia y la discriminaci\u00f3n a este sector de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta legislativa pretende reformar la fracci\u00f3n IX del art\u00edculo 20, el 30 y la fracci\u00f3n I del 127 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector P\u00fablico Estatal y Municipal.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa fue turnada a la Comisi\u00f3n de Hacienda y Patrimonio Municipal, para su an\u00e1lisis y dictaminaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, se present\u00f3 la iniciativa para reformar la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, con el objetivo de establecer que el \u201cPrograma Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres\u201d, tendr\u00e1 entre sus objetivos: fomentar y promover el conocimiento, la informaci\u00f3n y la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p>Educar y capacitar en materia de derechos humanos a las personas servidoras p\u00fablicas encargadas de las \u00e1reas de administraci\u00f3n y procuraci\u00f3n de justicia, seguridad p\u00fablica y dem\u00e1s que tengan a su cargo las pol\u00edticas de prevenci\u00f3n, atenci\u00f3n, sanci\u00f3n y eliminaci\u00f3n de la violencia contra las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta legislativa, que pretende reformar las fracciones I, III y VI del art\u00edculo 35 de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, fue dirigida a la Comisi\u00f3n de Igualdad de G\u00e9nero para su an\u00e1lisis correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, la Mesa Directiva dio cuenta de las siguientes iniciativas enviadas por diputadas y diputados de la LXI Legislatura:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Iniciativa para reformar y adicionar la Ley del Sistema Estatal de Protecci\u00f3n Civil, con el objetivo de establecer que las autoridades estatales y municipales fomenten la cultura en materia de protecci\u00f3n civil, con \u00e9nfasis en la prevenci\u00f3n de riesgos entre la poblaci\u00f3n mediante su participaci\u00f3n individual y colectiva, con perspectiva de g\u00e9nero e interculturalidad.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La propuesta legislativa propone reformar el primer p\u00e1rrafo y adicionar un cuarto p\u00e1rrafo al art\u00edculo 78 de la Ley del Sistema Estatal de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n\n\n\n<p>Para su an\u00e1lisis y dictaminaci\u00f3n, la iniciativa fue turnada a la Comisi\u00f3n de Protecci\u00f3n Civil.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Iniciativa para reformar y adicionar la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla, con la finalidad de que las autoridades promuevan espacios libres de acoso y hostigamiento laboral y sexual, a trav\u00e9s de capacitaciones y mecanismos encaminados a la erradicaci\u00f3n de la violencia contra las mujeres.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La iniciativa establece reformas a las fracciones XII del art\u00edculo 32, la V y VI del 36, y la VI y VII del 38; y adiciones a la fracci\u00f3n VII al art\u00edculo 36 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Puebla.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta legislativa fue dirigida a la Comisi\u00f3n de Igualdad de G\u00e9nero, para su estudio y resoluci\u00f3n procedente.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Iniciativa para reformar y adicionar la Ley de Seguridad P\u00fablica del Estado de Puebla, con la finalidad de se\u00f1alar como una de las funciones del Sistema de Seguridad P\u00fablica del Estado, elaborar acciones afirmativas y preventivas en contra de la violencia hacia la mujer, para la erradicaci\u00f3n de delitos cometidos en su perjuicio.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La iniciativa propone reformar las fracciones XII, XIII y adicionar la XIV al art\u00edculo 14 de la Ley de Seguridad P\u00fablica del Estado de Puebla.<\/p>\n\n\n\n<p>La propuesta legislativa fue turnada a la Comisi\u00f3n de Seguridad P\u00fablica, para su estudio y resoluci\u00f3n procedente.<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Iniciativa para adicionar la fracci\u00f3n VII Bis al art\u00edculo 6 Bis de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminaci\u00f3n del Estado de Puebla, con el objetivo de establecer como una forma de discriminaci\u00f3n negar o limitar la informaci\u00f3n, la atenci\u00f3n y el derecho al duelo en casos de muerte neonatal o perinatal.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La iniciativa fue turnada a la Comisi\u00f3n de Grupos Vulnerables para su an\u00e1lisis y dictaminaci\u00f3n correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>En asuntos generales, se present\u00f3 un punto de acuerdo para exhortar a \u201cAgua de Puebla Para Todos\u201d a presentar, ante esta Soberan\u00eda, un informe sobre la situaci\u00f3n actual y las medidas que est\u00e1n implementando para mejorar el servicio del vital l\u00edquido, en beneficio de las y los poblanos.<\/p>\n\n\n\n<p>El punto de acuerdo se turn\u00f3 a la Comisi\u00f3n de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Clim\u00e1tico, para su an\u00e1lisis correspondiente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Durante la sesi\u00f3n ordinaria del Congreso del Estado se present\u00f3 una iniciativa para reformar la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminaci\u00f3n del Estado de Puebla, con la finalidad de establecer que se considere como discriminaci\u00f3n, el estigmatizar y negar derechos a personas que viven con enfermedades infecciosas o de transmisi\u00f3n sexual, enfermedades cr\u00f3nico degenerativas, 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