{"id":13383,"date":"2022-09-12T13:33:50","date_gmt":"2022-09-12T13:33:50","guid":{"rendered":"http:\/\/lahora.mx\/?p=13383"},"modified":"2022-09-12T13:33:51","modified_gmt":"2022-09-12T13:33:51","slug":"cumple-a-medias-reforma-laboral-segun-sindicatos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lahora.mx\/index.php\/2022\/09\/12\/cumple-a-medias-reforma-laboral-segun-sindicatos\/","title":{"rendered":"Cumple a medias Reforma Laboral seg\u00fan sindicatos"},"content":{"rendered":"\n<p>El pasado octubre de 2021, entr\u00f3 en vigor la Nueva Reforma Laboral en el estado de Puebla, la cual trajo diversos cambios en el mundo laboral con el objetivo de erradicar las injusticias para los trabajadores; sin embargo, a 11 meses de su aplicaci\u00f3n, empresas, sindicatos y colaboradores contin\u00faan observando deficiencias en el sistema.<\/p>\n\n\n\n<p>Los problemas m\u00e1s comunes que se siguen presentando es la falta de recursos econ\u00f3micos para abatir el rezago de juicios laborales; poco personal capacitado que pueda aplicar de forma adecuada el nuevo modelo laboral, y las mediaciones de conflictos siguen siendo tardadas pese a que se estipul\u00f3 un plazo m\u00e1ximo de 45 d\u00edas para su resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se ha detectado que las autoridades laborales no son neutrales, ya que apoyan m\u00e1s los intereses de las empresas, dejando a un lado la justicia para el trabajador.<br>Estas deficiencias contradicen lo dado a conocer por las autoridades federales durante la implementaci\u00f3n de la Reforma Laboral, donde comentaron que su llegada ser\u00eda un parteaguas, para crear un nuevo sistema de justicia en el estado que privilegiar\u00eda los derechos de la poblaci\u00f3n econ\u00f3micamente activa.<br><\/p>\n\n\n\n<p>Tanto sindicatos, empresas y trabajadores, dan a conocer que lo \u00fanico que est\u00e1 funcionando de manera adecuada con la iniciativa, es la participaci\u00f3n de los colaboradores en la vida sindical, ya que ahora pueden elegir a sus representantes, as\u00ed como aprobar o rechazar las negociaciones de su contrato colectivo de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>Cambios que gener\u00f3 la Nueva Reforma Laboral<br>Con la llegada de la Nueva Reforma Laboral, Puebla atraves\u00f3 por un proceso de transformaci\u00f3n bajo un modelo que hizo \u201ccambios\u201d en la justicia, libertad y democracia sindical.<\/p>\n\n\n\n<p>En el tema de justicia laboral, las modificaciones fueron eliminar la Junta Local de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje (JLCA) y habilitar los nuevos Centros Federales de Conciliaci\u00f3n y Registro Laboral (CFCRL).<br><\/p>\n\n\n\n<p>Esto con el fin de que antes de iniciar un proceso de demanda judicial, es obligatorio intentar alcanzar un acuerdo entre patr\u00f3n y trabajador. Esas mesas de di\u00e1logos son mediadas por personal de la nueva instituci\u00f3n experta en resoluci\u00f3n de conflictos.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que en este paso no logren acuerdos, las partes pueden acudir a los Tribunales Laborales que est\u00e1n a cargo del Poder Judicial. All\u00ed se podr\u00e1n realizar juicios orales, en presencia de un juez.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley estipul\u00f3 que los conflictos individuales que se presenten ante los tribunales tendr\u00e1n un proceso de conciliaci\u00f3n que no deber\u00e1 exceder los 45 d\u00edas naturales. Con ello se busca agilizar las demandas de los trabajadores, que duraban entre 3 y 5 a\u00f1os en las juntas de conciliaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Sobre el segundo cambio que fue en la libertad y democracia sindical, ahora los trabajadores pueden participar, intervenir e involucrase en temas relacionados con los organismos sindicales de sus empresas.<\/p>\n\n\n\n<p>Por ejemplo, los empleados ya pueden decidir por medio de consultas, la elecci\u00f3n de su representante, as\u00ed como la aprobaci\u00f3n o rechazo de las negociaciones de los contratos colectivos de trabajo que tienen entre empresa y sindicato.<\/p>\n\n\n\n<p>El objetivo de esto, fue eliminar el antiguo m\u00e9todo de votaci\u00f3n a mano alzada a trav\u00e9s de los delegados sindicales, es decir, ellos tomaban la decisi\u00f3n de las mejoras salariales y contractuales, sin avisar a la base trabajadora.<br><\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de la conciliaci\u00f3n y democracia sindical, la Reforma Laboral incluye otras modificaciones relevantes a tomar en cuenta y que son indispensables conocer para la vida laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>El primer punto a considerar es que los empleados ahora tienen el derecho de designar en el Contrato Individual de Trabajo el nombre de sus beneficiarios, para que estas personas puedan recibir el pago de prestaciones en caso de fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro cambio es que se elimin\u00f3 la subcontrataci\u00f3n de personal en las empresas, permitiendo solo aquellos servicios especializados, es decir, actividades que la compa\u00f1\u00eda no pueda realizar.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se proh\u00edben una de las pr\u00e1cticas m\u00e1s comunes de evasi\u00f3n por parte de las empresas, que consiste en dar de alta al empleado ante el IMSS con un salario menor del que recibe, conocido como subcotizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto al reparto de utilidades, los colaboradores recibir\u00e1n como l\u00edmite m\u00e1ximo tres meses de su salario o el promedio de la participaci\u00f3n recibida en los \u00faltimos tres a\u00f1os; se aplica el monto que resulte m\u00e1s favorable al trabajador.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, se estipul\u00f3 que el colaborador puede manifestar por escrito su voluntad de que no se le aplique la cuota sindical, en este caso, el empleador no podr\u00e1 descontarla bajo ning\u00fan motivo.<br><\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de la conciliaci\u00f3n y democracia sindical, la Reforma Laboral incluye otras modificaciones relevantes a tomar en cuenta y que son indispensables conocer para la vida laboral.<\/p>\n\n\n\n<p>El primer punto a considerar es que los empleados ahora tienen el derecho de designar en el Contrato Individual de Trabajo el nombre de sus beneficiarios, para que estas personas puedan recibir el pago de prestaciones en caso de fallecimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro cambio es que se elimin\u00f3 la subcontrataci\u00f3n de personal en las empresas, permitiendo solo aquellos servicios especializados, es decir, actividades que la compa\u00f1\u00eda no pueda realizar.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se proh\u00edben una de las pr\u00e1cticas m\u00e1s comunes de evasi\u00f3n por parte de las empresas, que consiste en dar de alta al empleado ante el IMSS con un salario menor del que recibe, conocido como subcotizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto al reparto de utilidades, los colaboradores recibir\u00e1n como l\u00edmite m\u00e1ximo tres meses de su salario o el promedio de la participaci\u00f3n recibida en los \u00faltimos tres a\u00f1os; se aplica el monto que resulte m\u00e1s favorable al trabajador.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, se estipul\u00f3 que el colaborador puede manifestar por escrito su voluntad de que no se le aplique la cuota sindical, en este caso, el empleador no podr\u00e1 descontarla bajo ning\u00fan motivo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado octubre de 2021, entr\u00f3 en vigor la Nueva Reforma Laboral en el estado de Puebla, la cual trajo diversos cambios en el mundo laboral con el objetivo de erradicar las injusticias para los trabajadores; sin embargo, a 11 meses de su aplicaci\u00f3n, empresas, sindicatos y colaboradores contin\u00faan observando deficiencias en el sistema. 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