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Impone INE medidas cautelares a David Méndez por propaganda gubernamental

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El Consejo Local del INE en Puebla impuso medidas cautelares al titular de la Oficina de Representación del Instituto Nacional de Migración (INM), David Méndez Márquez, por difundir propaganda gubernamental en veda electoral, y ordenó retirar de sus redes sociales las publicaciones relacionadas con la promoción de revocación de mandato.

Las medidas fueron solicitadas por la ciudadana María Guadalupe Espinosa Aguilar, quien denunció que las publicaciones difunden logros, avances, acciones, éxitos y actividades gubernamentales de la dependencia federal, por lo que, desde una perspectiva preliminar, se concluyó que son propaganda gubernamental en periodo de veda electoral.

El INE ordenó a David Méndez que de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, contadas a partir de la legal notificación del acuerdo, elimine las publicaciones denunciadas que se encuentran en su cuenta de Twitter y Facebook, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio o administración.

Por otra parte, el Consejo General negó las medidas cautelares solicitadas por dos ciudadanos en contra del presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, y el diputado local de Morena, José Iván Herrera Villagómez, por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y uso indebido de recursos públicos.

Así lo determinó durante la sesión extraordinaria de este viernes, donde se informó sobre dos denuncias presentadas por el ciudadano Isaac Velásquez Rojas, en contra del alcalde panista por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido y promoción indebida, derivado de la publicación de mensajes en Twitter y Facebook.

En un análisis preliminar se estimó que las publicaciones no pueden considerarse propaganda gubernamental, toda vez que son realizadas por distintos medios de comunicación y se trata de notas periodísticas efectuadas en el ejercicio de su derecho a publicar y difundir información respecto de la cobertura de eventos de la administración municipal, por lo cual el INE declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas.

En el caso del diputado local Iván Herrera, a quien la ciudadana María Guadalupe Espinoza Aguilar denunció por las mismas razones, el INE negó las medidas cautelares al señalar que no pueden considerarse propaganda gubernamental las publicaciones en redes sociales, pues se trata de un ejercicio de su derecho a publicar y difundir información.

En ambos casos se declaró improcedente la adopción de medidas cautelares por el presunto uso indebido de recursos públicos, pues eso lo deberá analizar de fondo la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf).

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